Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (11/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 63

El Peruano Jueves 11 de junio de 2015 554793 EjercicioDescuentos Insoluto Intereses 2014 20% 100%2013 40% 2012 70% 2011 y anteriores 90% La aplicación del descuento al insoluto de los Arbitrios se aplicará por anexo. Artículo 3º.- Precisiones para la aplicación y acceso a los bene fi cios Para todos los casos, cuando se refiere a la cancelación del Impuesto Predial se entiende incluido dentro de este concepto el pago de los derechos de emisión y distribución respectivos. No podrán acceder a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza quienes no hayan cancelado los derechos de emisión correspondientes. Las deudas que se encuentren comprendidas dentro de un convenio de fraccionamiento no se encuentran al alcance de los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, sin embargo los contribuyentes podrán solicitar el quiebre del fraccionamiento y las deudas pendientes de pago resultantes podrán acogerse a estos beneficios. Los contribuyentes que no deseen realizar el quiebre del fraccionamiento podrán pagar las cuotas del mismo sin intereses durante la vigencia de la presente Ordenanza, lo mismo es aplicable a quienes cuenten con pérdida de fraccionamiento. En caso el contribuyente tenga un proceso de Ejecución Coactiva, deberán cancelar previamente los gastos y costas relacionados con el expediente involucrado. No se levantarán las medidas cautelares trabadas en tanto no se acredite la cancelación total de la deuda vinculada a dicha medida cautelar y se continuará con las acciones de cobranza hasta su cancelación total. Los montos pagados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza no generaran derecho a devolución y/o compensación alguna. El acogimiento al presente beneficio implica el reconocimiento tácito y voluntario de la deuda tributaria; surtiendo los efectos legales que las normas vigentes le confieren. En el caso de reclamos, apelaciones a la deuda pagada con los beneficios conferidos por la presente Ordenanza, se tendrán por desistidos aun cuando no se presenten escritos de desistimiento al respecto. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Vigencia La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y mantiene su vigencia hasta el 30 de junio del 2015. Segunda.- Cumplimiento Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y a la Gerencia de Administración Documentaria e Informática de acuerdo a sus competencias y atribuciones; y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Tercera.- Delegación de facultades Facúltese al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar las fechas de vencimiento en caso que la gestión operativa de la recaudación de los tributos así lo amerite; y dictar las disposiciones complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para su adecuación y correcta aplicación. . POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1248799-2Modifican el artículo primero de la R.A. N° 322-2015-ALC/MLV , con respecto al funcionario responsable de brindar información que se solicite a la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 380-2015-ALC/MDLV La Victoria, 4 de junio de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTO; el Informe Nº 0322-2015-GII-MDLV de la Gerencia de Imagen Institucional; el Proveído Nº 240-2015-MDLV/A del Despacho de Alcaldía; el Proveído Nº 1551-2015-GM/MDLV de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 070-2015- ALC/MLV de fecha 12 de enero del 2015, se designó al señor Gustavo Henry Gonzales Gonzales, Gerente de Imagen Institucional como el funcionario responsable de brindar la información que se solicite por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, asimismo, se designó al señor Eduardo Reyes López, Sub Gerente de Tecnología de la Información como el funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 322-2015- ALC/MDLV, de fecha 11 de mayo del 2015, en su artículo 1º se resuelve, modi fi car el artículo primero de la Resolución de Alcaldía N° 070-2015-ALC/MLV de fecha 12 de enero del 2015, quedando establecido el texto siguiente: “Artículo 1º.- DESIGNAR; a partir de la fecha, al señor MARTIN ACHA FIORANI, Gerente de Imagen Institucional de la Municipalidad Distrital de La Victoria, como el funcionario responsable de brindar la información que se solicite en virtud de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM; en mérito a los considerandos antes expuestos.”; Que, mediante Informe Nº 0322-2015-GII-MDLV, la Gerencia de Imagen Institucional solicita la modi fi cación de la Resolución N° 322-2015-ALC/MLV de fecha 11 de mayo del 2015, a fi n de que se encargue a la Secretaría General las funciones como responsable de brindar la información que se solicite en virtud de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM; Que, mediante Proveído Nº 240-2015-MDLV/A, el Despacho de Alcaldía dispone que la Secretaría General asuma las funciones como responsable de brindar información en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica solicitada a la Municipalidad Distrital de La Victoria; Que, mediante Proveído Nº 1551-2015-GM/MLV, la Gerencia Municipal indica se proyecte la Resolución correspondiente modi fi cando la Resolución N° 322-2015- ALC/MLV de fecha 11 de mayo del 2015; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 6) DEL ARTICULO 20° DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES N° 27972. SE RESUELVE:Artículo 1°.- MODIFICAR; a partir de la fecha el artículo primero de la Resolución de Alcaldía N° 322-2015-ALC/MLV de fecha 11 de mayo del 2015, solamente con respecto al Funcionario responsable de brindar información que se