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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (11/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 53

El Peruano Jueves 11 de junio de 2015 554783 atribución del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada en el Auditorio de la Gerencia Territorial Bajo Mayo - Tarapoto, llevada a cabo el día martes 21 de abril del presente año, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la Modi fi cación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP del Proyecto Especial Alto Mayo – PEAM, con la fi nalidad de incorporar como plaza prevista: con el Nº de orden 08 Asistente Técnico en Informática, nº de orden 42 Asistente Administrativo en Archivo, Nº de orden 51 Auxiliar en Guardianía y Nº de orden 64 Especialista en Medicina Veterinaria. MODIFICACION DEL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL PROVISIONAL - PEAM Nº DE ORDENCARGO ESTRUC- TURALTOTALSITUACION DEL CARGO OBSERVACIONES OCU- PADOPRE- VISTA 08Asistente Técnico en Informática11Sentencia con Expediente Nº 00184-2013-0-2201-JM-CI-01 a favor de Ericka Pichis Mendoza 42Asistente Administrativo en Archivo11Sentencia con Expediente Nº 0035-2014-0-2201-JM-CI-01 a favor de Edinson Gómez Hernández 51Auxiliar en Guardianía11Sentencia con Expediente Nº 000024-2014-0-2201-JM-CI-01 a favor de Belizario Portocarrero Peña 64Especialista en medicina veterinaria11Sentencia con Expediente Nº 00115-2013-0-2201-JM-CI-01 a favor de Jhony A. Gonzales Malca Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR la presente Ordenanza Regional para lo que estime pertinente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, realice los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Región de San Martín y en el Diario O fi cial El Peruano, previa promulgación del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al señor Gobernador Regional de San Martín para su promulgación ALDER RENGIFO TORRES Presidente del Consejo Regional de San Martín Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los treinta días del mes de abril del año dos mil quince POR TANTO:Mando se publique y se cumpla.VICTOR M. NORIEGA REATEGUI Presidente RegionalGobernador Regional de San Martín 1248399-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Modifican la Ordenanza Nº 341- MDA, que norma procedimiento de otorgamiento de reconocimiento de planos de trazado y lotización de asentamientos humanos ORDENANZA Nº 375-MDA Ate, 27 de Mayo de 2015 POR CUANTO:El Concejo Municipal del distrito de Ate en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de Mayo de 2015, visto el Dictamen Nº 003-2015-MDA/CDUIP de la Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura Pública; y, CONSIDERANDO:Que, conforme lo señala, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, “Las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular con autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia”, consiguientemente están facultados a ejercer actos de gobierno y actos administrativos con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, mediante Ordenanza Nº 341-MDA de fecha 30 de abril de 2014 y, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 10 de mayo de 2014, se aprobó el Procedimiento de Otorgamiento de Reconocimiento de Planos de Trazado y Lotización de Asentamientos Humanos; Que, se ha visto por conveniente que los alcances de dicha Ordenanza sea aplicable también para pobladores de Urbanizaciones Populares (Asociaciones de Vivienda, Asociaciones pro Vivienda, Asociaciones de Propietarios, Programas de Vivienda, Agrupaciones de Vivienda, Cooperativas de Vivienda), que por diversos motivos no cuentan con los servicios básicos y, puedan acceder a ellos para mejorar sus condiciones de vida y la de sus familias; Que, el numeral 8º del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Que, mediante Dictamen Nº 0003-2015-MDA/CDUIP, la Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura Pública recomienda al Concejo Municipal, aprobar la presente Ordenanza, que modi fi ca la Ordenanza Nº 341- MDA que Norma el Procedimiento de Otorgamiento de Reconocimiento de Planos de Trazado y Lotización de Asentamientos Humanos; solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobación correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 8) DEL ARTÍCULO 9º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, CONTANDO CON EL VOTO POR MAYORIA DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA, Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 341-MDA QUE NORMA EL PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE PLANOS DE TRAZADO Y LOTIZACION EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Artículo Primero.-Modi fi car los artículos Primero, Segundo y Quinto de la Ordenanza Nº 341-MDA, cuyo texto quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo Primero.- OBJETO