Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2015 (11/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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a ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertado; y que forman parte del sistema de planificacion. Que, mediante la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 171-2003-EF, se establecen disposiciones que aseguren la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de Programacion Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales. Que, el instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, contiene entre otras, orientaciones para el desarrollo del MORDAZA del presupuesto participativo y considera que un aspecto fundamental de dicho MORDAZA lo constituye los planes de desarrollo concertados como instrumento orientador para el cambio progresivo y continuo hacia mejores niveles en la calidad de MORDAZA de los habitantes de un territorio y de las capacidades para su desarrollo; permite fijar prioridades en el MORDAZA del presupuesto participativo y soluciones a los problemas fundamentales. Asimismo, el instructivo define responsabilidades para una participacion activa de los agentes participantes en la priorizacion de la inversion y en las soluciones a las necesidades fundamentales de la poblacion, evitando la dispersion y atomizacion de los recursos; y establece la priorizacion de problemas como tema central de los talleres. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9 y 40 de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal por mayoria aprobo la siguiente:

El Peruano Jueves 11 de junio de 2015

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL ANO FISCAL 2016 EN EL DISTRITO DE EL MORDAZA
Articulo 1º.- APROBAR el Reglamento del MORDAZA de Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2016 en el Distrito de El MORDAZA, el mismo que esta compuesto por tres (3) titulos, treinta y tres (33) articulos y cinco (5) disposiciones complementarias y finales; el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia de Participacion Vecinal y demas unidades organicas pertinentes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- PUBLICAR el presente dispositivo en el Diario Oficial El Peruano y el texto integro del reglamento aprobado en el MORDAZA institucional de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA (www.mdea.gob.pe) Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA FUERTE MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Ordenanza que establece beneficios e incentivos tributarios por actualizacion predial en el distrito
ORDENANZA Nº 217-2015/MDLV
La MORDAZA, 8 de junio de 2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 08 de Junio del 2015, el Dictamen Nº 0004-2015-CPRDE/ MDLV de la Comision Permanente de Rentas y Desarrollo Economico, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el

articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, la autonomia MORDAZA indicada y las funciones de gobierno de las Municipalidades son ejercidas por los Concejos Municipales a traves de la aprobacion de Ordenanzas y Acuerdos, de conformidad a lo estipulado en el articulo 39º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; lo cual guarda correspondencia con lo establecido en el articulo 200º numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru, que otorga el rango de Ley a las Ordenanza Municipales; Que, el articulo 40º, MORDAZA parrafo, de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley; Que, los articulos 74º y 195º numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado ­ TUO ­ del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modificatoria, conforme al numeral 9) del articulo 9 de la Ley Nº 27972, otorga a los gobiernos locales potestad para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, asi como exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que excepcionalmente, los gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario establece en sus articulos 59º y siguientes, las facultades de fiscalizacion que posee la Administracion, senalando que por el acto de la determinacion tributaria el deudor tributario verifica la realizacion del hecho generador de la obligacion tributaria, senala la base imponible y la cuantia del tributo; asimismo, la Administracion Tributaria verifica la realizacion del hecho generador de la obligacion tributaria, identifica al deudor tributario, senala la base imponible y la cuantia del tributo; Que, el articulo 69º Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que la determinacion de las tasas de servicios publicos o arbitrios deberan sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado, basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, asi como el beneficio individual prestado de manera real y/o potencial. Asimismo, senala que para la distribucion del costo de las tasas MORDAZA referidas, se debera utilizar de manera vinculada y dependiendo del servicio involucrado, entre otros criterios que resulten validos para su distribucion: el uso, tamano y ubicacion del predio del contribuyente; Que, en virtud de las normas MORDAZA glosadas y en merito a las metas de recaudacion establecidas por el Plan de Incentivos de la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal para el presente ano, la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria ha propuesto el otorgamiento de incentivos tributarios para los contribuyentes de La MORDAZA, a fin de proseguir con la actualizacion del registro de los mismos, promoviendo de esta manera que los titulares de predios omisos y/o subvaluadores regularicen sus declaraciones, lo cual incrementaria la base tributaria e influiria positivamente en la recaudacion del Impuesto Predial; Que, mediante Informe Nº 098-2015-GSAT/ MDLV, la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria, presenta el Proyecto: "Ordenanza que Establece Beneficios e Incentivos Tributarios por Actualizacion Predial en el Distrito de La Victoria", argumentando que conforme a las facultades otorgadas a las municipalidades en materia tributaria, se observa que se encuentra dentro de las competencias del corporativo el otorgamiento de beneficios que regula la presente Ordenanza, a fin de coadyuvar a promover el cumplimiento de las obligaciones tributarias y por ende obtener una mayor recaudacion que permita financiar los servicios publicos locales; Que, mediante Informe Nº 107-2015-GPP/MDLV, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto opina favorablemente por la aprobacion de la referida Ordenanza, senalando que no generara deficit presupuestario, por

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