Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2015 (11/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Jueves 11 de junio de 2015

554781
Nº 1 Nombre del Proyecto de Inversion Publica (PIP) Codigo SNIP INVERSION

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican el Acuerdo de Consejo Regional N° 1136-2015/GRP-CR, que aprobo priorizacion de ejecucion de proyectos del Sector Educacion y Saneamiento
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 1144-2015/GRP-CR
MORDAZA, 4 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, el articulo 192° de la Constitucion Politica del Peru de 1993 y la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion Ley N° 27680, establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, red vial, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley; Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 29902, en el articulo 53° establece las funciones del Gobierno Regional en Materia Ambiental y Ordenamiento Territorial, entre otras el literal "a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales"; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 1136-2015/GRP-CR del 12 de MORDAZA de 2015, se aprobo la priorizacion de la Ejecucion de cinco (05) Proyectos del Sector Educacion y Saneamiento, registrados en el Banco de Proyectos, mediante Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversion publica regional y local con participacion del sector privado, segun lo solicitado en el Informe Nº 029-2015/GRP-410000, de fecha 04 de MORDAZA de 2015, e Informe Nº 032-2015/GRP-410000, de fecha 08 de MORDAZA de 2015, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Que, con Oficio N° 15-2015/PROINVERSION/DID/ CRN del 03 de junio de 2015 (HRyC N° 23203), el Coordinador Regional Norte de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada PROINVERSION, senala que de la revision efectuada al Acuerdo de Consejo Regional N° 1136-2015/GRP-CR, se ha observado que este no se adecua al formato estandarizado de PROINVERSION, solicitando al Gobernador Regional poner de conocimiento al Consejo Regional para adecuar dicho Acuerdo a dicho formato; y, mediante proveido inserto Secretaria General remite al Consejo Regional para atencion; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Extraordinaria Nº 16 - 2015, celebrada el dia 04 de junio de 2015, en la MORDAZA de MORDAZA, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; ACUERDA: Articulo Primero.- Modificar el Acuerdo de Consejo Regional N° 1136-2015/GRP-CR, aprobado el 12 de MORDAZA de 2015 y publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 20 de MORDAZA de 2015, el cual queda redactado en los siguientes terminos: "Articulo Primero.- PRIORIZAR el Listado de Proyectos del Sector Educacion y Saneamiento para ser ejecutados en el MORDAZA de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversion publica regional y local con participacion del sector privado, los mismos que se indican a continuacion:

"Mejoramiento y Ampliacion del Sistema 150404 S/. 15'641,913.00 de Agua Potable y Construccion del Quince millones Sistema de Alcantarillado en el Centro seiscientos Poblado Laynas, en el Distrito de La cuarenta y un Matanza, Provincia de Morropon, Distrito mil novecientos de La Matanza ­ Morropon ­ Piura" trece con 00/ 100 Nuevos Soles "Mejoramiento del Servicio Educativo de 301990 S/. 4'596,725.00 la Institucion Educativa San MORDAZA Cuatro millones ­ Distrito de Chalaco ­ Provincia de quinientos Morropon ­ Piura" noventa y seis mil setecientos veinticinco con 00/100 Nuevos Soles "Ampliacion y Mejoramiento de la 103338 S/. 5'722,220.00 Infraestructura y Equipamiento de la I.E. Cinco millones Nº 15187 MORDAZA Helguero MORDAZA setecientos en el Asentamiento Humano (A.H.) veintidos mil Los Algarrobos ­ Distrito, Provincia y doscientos veinte Departamento de Piura" con 00/100 Nuevos Soles "Instalacion del Servicio de Proteccion 284629 S/. 2'676,245 Solar en el Nivel Primario y MORDAZA Dos millones de la I.E. San MORDAZA Obrero Distrito seiscientos Sullana, Provincia Sullana, Departamento setenta y seis de Piura" mil doscientos cuarenta y cinco con 00/100 Nuevos Soles "Ampliacion y Mejoramiento del Servicio 142205 S/. 5'903,468.00 Educativo del Liceo MORDAZA Capitan de Cinco millones Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Paita ­ Piura." novecientos tres mil cuatrocientos sesenta y ocho con 00/ 100 Nuevos Soles S/. 34'540,571.00 Treinta y cuatro millones quinientos cuarenta mil quinientos setenta y uno con 00/100 Nuevos Soles

2

3

4

5

TOTAL

Articulo Segundo.- CONSTITUIR el Comite Especial bajo los alcances de la Ley N° 29230, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2014-EF y modificatorias, el cual se encargara de la organizacion y conduccion del MORDAZA de seleccion de la o las Empresas Privadas que financiaran y ejecutaran los proyectos viables y previamente priorizados. El Comite Especial estara conformado por tres (3) miembros; encargandose al senor Gobernador Regional la designacion de los mismos. Articulo Tercero.- CONSTITUIR el Comite Especial bajo los alcances de la Ley N° 29230, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2014-EF y modificatorias, el cual se encargara de la organizacion y conduccion del MORDAZA de seleccion de la o las Empresas Privadas Supervisoras que se contrataran para supervisar la ejecucion del o los proyectos previamente priorizados. El Comite Especial estara conformado por tres (3) miembros; encargandose al senor Gobernador Regional la designacion de los mismos. Articulo Cuarto.- SOLICITAR la Asistencia Tecnica, en la modalidad de asesoria sin financiamiento, a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, para el desarrollo de los procesos de seleccion de la o las Empresas privadas que financiaran y ejecutaran el o los proyectos priorizados y de la Entidad Privada Supervisora. Articulo Quinto.- FACULTAR al senor Gobernador Regional a suscribir el Convenio de Asistencia Tecnica con PROINVERSION y a firmar Convenios de Inversion Publica Regional y Local con las Empresas Privadas seleccionadas de conformidad con lo establecido en el articulo 4° de la Ley N° 29230 y las adendas que fuesen pertinentes; asi como realizar las acciones que competen al Gobierno Regional, necesarias para la emision del o los CIPRL.

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