Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2015 (11/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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VISTO: El Dictamen N° 001-CAFYP-MDCH, de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas del Concejo Municipal de Chaclacayo; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion del Peru, establece que las municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, su articulo 197° establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local; Que, mediante la Ley N° 27783, se aprobo la Ley de Bases de la Descentralizacion estableciendo en el numeral 1 de su articulo 17°, que los gobiernos locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuesto y en la gestion publica.El literal g) del articulo 42° de la acotada MORDAZA expresa que es competencia exclusiva de las municipalidades, aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participacion, concertacion y fiscalizacion de la comunidad en la gestion municipal; Que, el articulo 53° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972 - establece que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion; Que, la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo - Ley N° 28056 - modificada por la Ley N° 29298 y su reglamento, establecen disposiciones orientadas a lograr la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de programacion del presupuesto participativo, que se desarrolla en MORDAZA con los planes de desarrollo concertados. Concordante con ello la Primera Disposicion Final de su reglamento aprobado por D.S. N° 142-2009-EF, prescribe que los gobiernos locales emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en dicha MORDAZA y a las directivas que emita la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; Estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades establecidas por el articulo 9° Inc. 8° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, con el MORDAZA por unanimidad y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se aprobo la:

El Peruano Jueves 11 de junio de 2015

a la construccion de una ciudadania plena, dentro de un MORDAZA de participacion y concertacion local para el logro del desarrollo integral del distrito. Articulo 2°.- Finalidad: 2.1 El presente Reglamento tiene como finalidad promover y generar las condiciones necesarias para la participacion de los diferentes actores sociales del distrito en la programacion, formulacion, aprobacion, gestion, evaluacion y vigilancia del Presupuesto Participativo Municipal que permita planificar, identificar y priorizar los proyectos de inversion publica a ser incorporados en el Presupuesto Institucional de cada ano Fiscal y asi alcanzar los objetivos de desarrollo para el distrito de Chaclacayo de acuerdo al Plan de Desarrollo Distrital Concertado. 2.2. Declarar de interes y de necesidad publica el fomento de acciones de participacion, concertacion y desarrollo planificado para el logro de los objetivos comunes de la poblacion a traves del presupuesto Participativo Municipal. Articulo 3°.- MORDAZA Legal: 3.1. Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley de Reforma Constitucional N° 27680. 3.2. Ley N° 27658 Ley MORDAZA de Modernizacion del Estado. 3.3. Ley N° 27783 Ley Base de Descentralizacion y sus Modificatorias. 3.4. Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades y sus Modificatorias. 3.5. Ley N° 28056 Ley MORDAZA de Presupuesto Participativo y su modificatoria Ley N° 29298. 3.6. Ley N° 26300 Ley de los Derechos de participacion y Control Ciudadano y sus Modificatorias. 3.7. Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus Modificatorias. 3.8. Ley N° 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica y sus Modificatorias. 3.9. Decreto Supremo N° 142-2009-EF Reglamento de la Ley MORDAZA de Presupuesto Participativo y su modificatoria Decreto Supremo N° 131-2010-EF. 3.10. Decreto Supremo N° 097-2009-EF, precisan los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecucion para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital. 3.11. Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 para el MORDAZA del presupuesto Participativo basado en resultados.

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento que regula el MORDAZA del Presupuesto Participativo 2016 en el Distrito de Chaclacayo, cuyo texto integro forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.-Derogar la Ordenanza N° 298MDCH, de fecha 31 de Octubre del 2013 y todas aquellos dispositivos que se opongan a la presente ordenanza. Articulo Tercero.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

TITULO II DESARROLLO DEL MORDAZA PARTICIPATIVO CAPITULO 1 FASES
Articulo 4°.- El MORDAZA del Presupuesto Participativo se ejecutara por fases conforme al siguiente esquema de trabajo: - Preparacion. - Concertacion - Coordinacion entre niveles de gobierno. - Formalizacion

REGLAMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO TITULO I ASPECTOS GENERALES
Articulo 1°.- Objetivo: El presente Reglamento tiene por objetivo: 1.1. Normar, regular y establecer los procedimientos para la programacion, formulacion, aprobacion y vigilancia del MORDAZA de Presupuesto Participativo en el Distrito de Chaclacayo, en el MORDAZA y principios que rigen la participacion ciudadana regulada por los dispositivos emitidos por la Municipalidad y demas normas vigentes al respecto. 1.2. Institucionalizar el Presupuesto Participativo como instrumento de gestion municipal que contribuye

CAPITULO 2 PREPARACION
Articulo 5°.- La Municipalidad a traves de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en coordinacion con el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Chaclacayo y la Gerencia de Desarrollo Social, a traves de la Division de Participacion Vecinal, definira MORDAZA del inicio del MORDAZA las actividades a realizar para el optimo desarrollo del mismo. Articulo 6°.- Previo al inicio del MORDAZA, la municipalidad mediante Resolucion de Alcaldia constituira un Equipo Tecnico que sera el encargado de brindar el apoyo especializado, definir el cronograma de actividades, preparar la informacion necesaria, capacitacion, direccion de los talleres, evaluacion tecnica y consolidacion de los resultados del MORDAZA del Presupuesto Participativo.

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