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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (11/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 54

El Peruano Jueves 11 de junio de 2015 554784 Implementar un procedimiento administrativo para el Reconocimiento de Planos de Trazado y Lotización a los Asentamientos Humanos y Urbanizaciones Populares (Asociaciones de Vivienda, Asociaciones pro Vivienda, Asociaciones de Propietarios, Programas de Vivienda, Agrupaciones de Vivienda, Cooperativas de Vivienda), que lo requieran para acceder a los servicios básicos. El procedimiento no signi fi cará reconocimiento u otorgamiento de habilitación urbana, toda vez que para ello los interesados deberán efectuar sus trámites de acuerdo a la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi fi caciones y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo. Nº 008-2013- VIVIENDA”. “Artículo Segundo.- REQUISITOS El reconocimiento del Plano de Trazado y Lotización, se otorgará a los Asentamientos Humanos y Urbanizaciones Populares (Asociaciones de Vivienda, Asociaciones pro Vivienda, Asociaciones de Propietarios, Programas de Vivienda, Agrupaciones de Vivienda, Cooperativas de Vivienda), que estén incorporados en un esquema de atención de servicios básicos y/o cuenten con la factibilidad correspondiente. Para ser bene fi ciario de este procedimiento las organizaciones señaladas deberán tener reconocimiento municipal. Los interesados deberán presentar en Trámite Documentario de la Municipalidad los siguientes documentos: a) Solicitud simple indicando el nombre de la organización, nombre de su representante, dirección legal y número de DNI del representante. b) Planos de ubicación y perimétrico del predio fi rmado por Arquitecto y/o Ingeniero Civil colegiado y habilitado y, por el representante de la organización. c) Plano de lotización a escala adecuada, que permita la lectura del plano, indicando cuadro de datos técnicos, perímetro del terreno, ángulos internos, curvas de nivel, coordenadas UTM, secciones viales, norte magnético, cuadro de aportes reglamentarios y Memoria Descriptiva. d) Recibo de pago de S/. 109.00 nuevos soles, por derecho de trámite. e) Declaración Jurada del profesional de encontrarse habilitado. f) Número y fecha de la resolución de Reconocimiento Municipal de la Junta Directiva vigente. g) Informe de Seguridad de la Sub Gerencia de Defensa Civil. h) Declaración Jurada de no poseer ningún proceso judicial sobre el uso del terreno. i) Documento de la Entidad Prestadora de servicios, comunicando la incorporación al esquema o factibilidad”. “Artículo Quinto.- DE LAS CONSTANCIAS Se otorgará Constancias de Posesión, a cada poblador que realice vivencia efectiva y que esté comprendido en los planos de Trazado y Lotización, reconocidos mediante Resolución de la Sub Gerencia de Plani fi cación Urbana y Catastro. La vigencia de las Constancias de Posesión será hasta obtener la instalación de los servicios básicos. Los interesados deberán presentar en mesa de partes los siguientes documentos: a) Solicitud simple indicando nombre, dirección legal y número de DNI. b) Planos de ubicación y perimétrico del predio fi rmado por Arquitecto y/o Ingeniero Civil Colegiado y habilitado y, por el posesionario. c) Memoria descriptiva.d) Recibo de pago de S/ 28.00 Nuevos Soles.e) Declaración jurada del profesional, de encontrarse habilitado. f) Declaración Jurada de no poseer ningún proceso Judicial sobre derecho de propiedad del inmueble”. Artículo Segundo.- Incluir el Artículo Quinto A en la Ordenanza Nº 341- MDA: “Artículo Quinto A.- CONDICIONES para acceder a las Constancias de Posesión: a) Los solicitantes deberán estar posesionados de manera continua y pací fi ca.b) Los lotes no deberán estar en zonas de Riesgo. Deberán demostrar acciones de seguridad ya desarrolladas con avances del 50%, de ser el caso. c) No estar ocupando terrenos destinados a parques, áreas verdes, áreas de recreación pública, áreas de equipamientos y otros fi nes, así como zonas monumentales o arqueológicas. d) Cumplir con lo normado en los Planos de Planeamiento integral. e) Demostrar la posesión efectiva hasta antes del 31 de diciembre del 2013. f) Los planos presentados solo gra fi carán predios con posesión efectiva. Cualquier cambio en la realidad será motivo de nulidad de los planos”. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primero.- FACULTAR; al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe el Texto Único Ordenado de la Ordenanza Nº 341-MDA, y se incorpore las disposiciones aprobadas en la presente norma, que modi fi ca la Ordenanza antes señalada. Segundo.- La presente Ordenanza tendrá una vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2015, sólo para el caso de Urbanizaciones Populares (Asociaciones de Vivienda, Asociaciones pro Vivienda, Asociaciones de Propietarios, Programas de Vivienda, Agrupaciones de Vivienda, Cooperativas de Vivienda). Tercero.- DISPONER; que la Gerencia de Desarrollo Económico a través de la Sub-Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones, adopte las acciones administrativas pertinentes para verificar el cumplimento de las disposiciones de la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA. Asimismo, disponer que una vez concluida la vigencia de la presente Ordenanza, se informe al Concejo Municipal respecto a las acciones administrativas de fiscalización ejecutadas. Cuarto.- RATIFICAR; en todo lo demás el contenido de la Ordenanza Nº 341-MDA. Quinto.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Sexto.- ENCARGAR; la difusión de la presente Ordenanza a la Secretaria de Imagen Institucional y Comunicaciones conjuntamente con la Sub-Gerencia de Plani fi cación Urbana y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Sub-Gerencia de Participación Ciudadana de la Gerencia de Desarrollo Social. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1248975-1 Aprueban el Programa de Segregación y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en la Fuente en el distrito de Ate para el año 2015 DECRETO DE ALCALDÍA N° 009-2015/MDA Ate, 29 de Mayo de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Informe N° 173-2015 y N° 218-2015-MDA/ GSAC/SGLPO de la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Ornato; el Informe N° 423-2015-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 1557-2015-MDA/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 195° de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo, la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en