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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (13/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 88

El Peruano Sábado 13 de junio de 2015 554958 • Los expedientes ya sentenciados, aun cuando dicha sentencia haya sido anulada por el superior, no se consideran en la presente redistribución. Artículo Quinto.- DISPONER que los expedientes a ser redistribuidos deberán ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de noti fi cación completos, debidamente cosidos, foliados en números y letras, y todos sus escritos proveídos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no serán objeto de redistribución, bajo responsabilidad del Juez a cargo del Juzgado y del secretario de la causa. Artículo Sexto.- CUMPLAN los Jueces comprendidos en la presente resolución, con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y a la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de Lima en plazo de 3 (tres) días hábiles de terminada la redistribución sobre el cumplimiento de lo ordenado. Artículo Séptimo.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante su Coordinación de Informática, vele por la adecuación del Sistema Informático Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolución, asegurando la operatividad de los módulos informáticos a utilizarse en la presente redistribución de expedientes, realizando un seguimiento y monitoreo del sistema, asimismo, informar de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten, a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Artículo Octavo.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante sus Coordinaciones de Logística y Personal facilite y provea de los servicios y personal necesarios para el cumplimiento de la presente resolución informando y coordinando con la Gerencia de Administración Distrital, remitiendo información para el monitoreo a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Artículo Noveno.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura – ODECMA Lima, Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, Unidad de Plani fi cación y Desarrollo. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1250711-1 Designan Juez Supernumeraria del 13º Juzgado Especializado de Familia de Lima y reasignan Juez Supernumeraria del 3º Juzgado Especializado en lo Penal de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 296-2015-P-CSJLI/PJ Lima, 12 de junio de 2015 VISTOS:Las Resoluciones del Consejo Nacional de la Magistratura N° 199-2015-CNM y 202-2015-CNM, y, CONSIDERANDO: Que, mediante las resoluciones administrativas de vistos se resolvió nombrar a Jueces y Fiscales en diversos Distritos Judiciales del país, entre ellos, nombró a los siguientes doctores: Katherine La Rosa Castillo, Juez Provisional del 13° Juzgado Especializado de Familia y Erasmo Rafael Benavides Corbetta, Juez Supernumerario del 3° Juzgado Especializado en lo Penal. Que, habiendo procedido el Consejo Nacional de la Magistratura, al Acto de Proclamación, Juramentación y Entrega de Títulos de Magistrados efectuada en la fecha, corresponde al Despacho de esta Presidencia proceder a la designación de los Jueces en el 13° Juzgado Especializado de Familia y 3° Juzgado Especializado en lo Penal con la fi nalidad de cautelar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora SILVIA PRISCILA ROMERO MENDOZA, como Juez Supernumeraria del 13° Juzgado Especializado de Familia de Lima, a partir del día 15 de junio del presente año y mientras dure la promoción de la doctora Donayre Mavila. Artículo Segundo.- REASIGNAR a la doctora MARIA ELVIRA ASUNCIÓN MALASQUEZ CUETO, como Juez Supernumeraria del 3° Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, a partir del día 15 de junio del presente año y mientras dure la promoción del doctor Carranza Paniagua. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la O fi cina de Control de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de esta Corte Superior, O fi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1250710-1 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionario a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 037-2015-BCRP-N Lima, 8 de junio de 2015CONSIDERANDO QUE:Se ha recibido una invitación del Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA), en colaboración con la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) y el Banco de España para participar en el “Curso sobre Estabilidad Financiera” que se realizará del 22 al 26 de junio de 2015, en la ciudad de Madrid, España; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con su fi nalidad y funciones; La Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera tiene entre sus objetivos coadyuvar a la consecución de la estabilidad monetaria mediante la ejecución de los instrumentos de política monetaria, la evaluación del sistema fi nanciero y la vigilancia del funcionamiento del sistema de pagos y proponer medidas que permitan mejorar su e fi ciencia. De conformidad con lo dispuesto en la Ley No. 27619, su Reglamento, el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 28 de mayo de 2015.