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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (13/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 89

El Peruano Sábado 13 de junio de 2015 554959 SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Marcos Cerón Molina, Supervisor de Línea de Análisis del Mercado de Capitales y Regulación del Sistema Financiero, a la ciudad de Madrid, España, del 22 al 26 de junio de 2015, y al pago de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a fi n de que intervenga en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje y T.U.U.A. US$ 1394,89Viáticos US$ 390,00 -----------TOTAL US$ 1784,89 Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese.JULIO VELARDE Presidente 1249889-1 Autorizan viaje de funcionario a Inglaterra, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 038-2015-BCRP-N Lima, 9 de junio de 2015CONSIDERANDO QUE:Se ha recibido invitación de Morgan Stanley para participar en el Morgan Stanley Of fi cial Institutions Conference 2015 que se llevará a cabo en la ciudad de Londres, Inglaterra del 21 al 25 de junio del año en curso; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales para el cumplimiento de sus funciones; La Gerencia de Operaciones Internacionales tiene entre sus objetivos administrar e fi cientemente las reservas internacionales y velar por el fi el cumplimiento de las obligaciones externas del Banco; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 28 de mayo de 2015; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la misión en el exterior del señor Luis Gonzalo Chávez Montoya, Especialista en Gestión de Portafolios Líquidos de la Gerencia de Operaciones Internacionales en la ciudad de Londres, Inglaterra, del 21 al 25 de junio de 2015 y el pago de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a fi n de que intervenga en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes: US$ 1 713,28 Viáticos: US$ 230,00 -------------------TOTAL US$ 1 943,28 Artículo 3.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1249890-1CONTRALORIA GENERAL Aprueban Planes Anuales de Control 2015 de Órganos de Control Institucional de diversas entidades RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 222-2015-CG Lima, 12 de junio de 2015 VISTO, la Hoja Informativa Nº 00011-2015-CG/PEC de la Gerencia Central de Planeamiento Estratégico, mediante la cual propone la aprobación de los Planes Anuales de Control 2015 de ocho (08) Órganos de Control Institucional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 22° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución de este Organismo Superior de Control aprobar los planes anuales de control de las entidades; Que, el literal b) del artículo 32° de la Ley N° 27785, establece como facultades del Contralor General de la República, planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General y de los órganos del Sistema; asimismo, el literal c) lo faculta a dictar las normas y las disposiciones especializadas que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en función de los principios de especialización y fl exibilidad; Que, por Resolución de Contraloría N° 022-2015-CG de 03 de febrero de 2015, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, el cual establece en el numeral 1 del artículo 22° que el Departamento de Control de Gestión propone la aprobación de los Planes Anuales de Control. Asimismo, en el numeral 3 del artículo 19° señala que la Gerencia Central de Planeamiento Estratégico revisa y eleva para su aprobación los Planes Anuales de Control; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 546- 2014-CG de 12 de noviembre de 2014 se aprobaron los “Lineamientos de Política para el control gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control – año 2015” y la Directiva N° 009-2014-CG/PEC “Programación, Ejecución y Evaluación del Plan Anual de Control 2015 de los Órganos de Control Institucional”, la cual regula el proceso de programación, ejecución y evaluación del Plan Anual de Control a cargo de los Órganos de Control Institucional (OCI) de las entidades bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control; Que, la mencionada directiva establece en el numeral 6.1.7 que los OCI registrarán su proyecto de Plan Anual de Control (PAC) en el Sistema de Control Gubernamental Web (SCG Web), los cuales serán revisados y validados por las unidades orgánicas de línea, para posteriormente enviar la propuesta de aprobación al Departamento de Control de Gestión, quien efectúa la revisión selectiva y la consolidación de los proyectos de PAC de los OCI en el SCG Web y elabora los documentos correspondientes para su aprobación; Que, mediante las Resoluciones de Contraloría Nºs. 598-2014-CG, 605-2014-CG, 095-2015-CG, 142- 2015-CG y 187-2015-CG, de fechas 23 y 31 de diciembre de 2014 y 12 de febrero, 27 de marzo y 13 de mayo de 2015, se aprobaron los Planes Anuales de Control 2015 de seiscientos veinticuatro (624), sesenta (60), cincuenta y seis (56), seis (06) y once (11) Órganos de Control Institucional, respectivamente; Que, conforme al documento de visto, la Gerencia Central de Planeamiento Estratégico recomienda la aprobación de los Planes Anuales de Control 2015 de ocho (08) Órganos de Control Institucional, los cuales han sido revisados y cuentan con la conformidad de las unidades orgánicas de línea competentes, correspondiendo proceder a la aprobación respectiva; En uso de las facultades conferidas por el literal h) del artículo 22° y los literales b) y c) del artículo 32° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;