Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2015 (13/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano Sabado 13 de junio de 2015

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022201417, en linea recta de un tramo: tramo 1-5 con 11,491.45 m.l. SUR: Colinda con terrenos eriazos propiedad de la Comunidad Campesina de Lagunas, en linea quebrada de dos tramos: tramo 2-3 con 4,314.08 m.l. y tramo 3-4 con 7,134.02 m.l., con una longitud total de 11,448.10 m.l. ESTE: Colinda con terreno eriazo de la Comunidad Campesina de Lagunas, en linea recta de un tramo: tramo 4-5 con 167.39 m.l. OESTE: Colinda con el MORDAZA MORDAZA, en linea recta de un tramo: tramo 1-2 con 560.42 m.l. Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº II Sede CHICLAYO de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado conforme a lo previsto en el articulo primero de la presente resolucion en el Registro de Predios de CHICLAYO. Registrese, comuniquese y cumplase. YOSIP MORDAZA MORDAZA Jefe Oficina Regional de Administracion Sede Regional 1249671-2

transferencia de competencias para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la jurisdiccion de este Gobierno Regional, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal, en cumplimiento del inc.j) del art. 35º de la Ley 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, art. 10º y 62º de la Ley Nº 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 9 de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales-Ley Nº 29151, establece que los Gobiernos Regionales, respecto de los bienes de propiedad del Estado bajo su administracion, en cumplimiento de la transferencia de competencias, ejecutaran los actos previstos en el art. 35 inc. j) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion y el art. 62 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el art. 18 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA, que regula la competencia exclusiva de los gobiernos regionales, para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado dentro de su jurisdiccion, incluyendo aquellos que cuenten con edificaciones; Que, segun inspeccion ocular del 05 de setiembre del 2014, los integrantes de la Division de Administracion de Terrenos y Patrimonio Fiscal de la Oficina Regional de Administracion, Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Jefe), Ings. MORDAZA MORDAZA Ugaz y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se verifico la existencia de terrenos eriazos en el distrito de Lagunas, con medanos de mediana proporcion, no existiendo posesion alguna; Que, la Division de Administracion de Terrenos y Patrimonio Fiscal de la Oficina Regional de Administracion de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, ha elaborado el plano de ubicacion-perimetrico de fecha 04 de febrero del 2015 y memoria descriptiva de febrero del 2015, elaborado por el Tecnico en Ingenieria, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, correspondiente a la inscripcion en primera de dominio del "Predio Eriazo Lagunas", ubicado en el distrito del mismo nombre, provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, el mismo que no se encuentra inscrito, por lo que es de aplicacion el art. 23 de la Ley Nº 29151Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y lo previsto por los articulos 38º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº001-2002-SBN, aprobada por Resolucion Nº011-2002-SBN, modificada por la Directiva Nº003-2004-SBN, que regulan el tramite de inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Estando al Informe Nº 028- 2015-GR.LAMB/ORADDIATPF del Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Division de Administracion de Terrenos y Patrimonio Fiscal, con el visado correspondiente y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 35º inc. j) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion, el art. 62º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, Resolucion Ministerial Nº 429-2006-EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA del 2006, Resolucion de Gerencia General Regional Nº 094-2005-GR.LAMB/GGR, modificada por Resolucion Gerencial General Regional Nº 096-2005-GR.LAMB/GGR y Resolucion Presidencial Nº 255-2008-GR.LAMB/PR de fecha 08 de MORDAZA del 2008, Ordenanza Regional Nº 009-2011-GR.LAMB/CR de fecha 29 de MORDAZA del 2011, que aprueba la actualizacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ R.O.F. del Gobierno Regional MORDAZA y Decreto Regional Nº 015-2012-GR.LAMB/PR de fecha 27 de MORDAZA del 2012, que modifica el Manual de organizacion y Funciones del Gobierno Regional Lambayeque; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la Inmatriculacion en Primera de Dominio a favor del Estado, representado por el Gobierno Regional MORDAZA, del "Predio Eriazo Lagunas" con 275.779 Has. ubicado en el distrito de Lagunas, Provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, conforme al Plano de Ubicacion - Perimetrico fecha 04 de febrero del 2015 y Memoria Descriptiva de de febrero del 2015 respectivamente, que son parte integrante de la presente resolucion, teniendo las siguientes medidas perimetricas y colindancias, conforme se detalla a continuacion: NORTE: Colinda terrenos eriazos de propiedad de la Fuerza Aerea del Peru (F.A.P.) con Partida Registral Nº

Disponen la primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en Sector denominado MORDAZA MORDAZA - El Cerrillo del distrito y provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL REGIONAL N° 149-2015-GR.LAMB/ORAD Chiclayo, 16 de MORDAZA de 2015 VISTO: La solicitud de venta directa de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA de fecha 06 de Agosto de 2013 (Registro Doc. N°984851) y Certificado de Busqueda Catastral N°2013-135409 de fecha 12 de setiembre de 2013; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley 29151-Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°007-2008-Vivienda; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA es competente para inmatricular, administrar y adjudicar terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion con excepcion de los terrenos de propiedad municipal conforme lo establece el Inc. j) del Art. 35° de la Ley 27783 Ley de Bases de Descentralizacion y el Art. 62° de la Ley N°27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y Art. 18° del Reglamento de la Ley N°29151 aprobado por D.S N°007-2008-VIVIENDA; Que, mediante Resolucion Ministerial N°429-2006EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA de 2006, se comunico que el 06 de marzo de 2006 el Ministerio de Economia y Finanzas y el Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA suscribieron el Acta de Entrega y Recepcion mediante el cual se formalizo la transferencia de competencias para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la jurisdiccion de este Gobierno Regional, con excepcion de los terrenos de propiedad

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