Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2015 (27/03/2015)
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TEXTO DE LA PÁGINA 30
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sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, y los dispositivos legales que se encuentren vigentes. Articulo Cuarto.- La empresa denominada ESCUELA DE ESCUELA DE CONDUCTORES LIDER CAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - LIDER CAR S.A.C., debera colocar en un lugar visible dentro de su local una MORDAZA de la presente Resolucion directoral. Articulo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Sexto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - Sutran, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Setimo.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Octavo.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES LIDER CAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - LIDER CAR S.A.C., los gastos que origine su publicacion.
El Peruano Viernes 27 de marzo de 2015
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 1207759-1
Autorizan a CITV Automotriz Nacional S.A.C. como Centro de inspeccion Tecnica Vehicular para operar en el departamento de Ica
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1038-2015-MTC/15 MORDAZA, 10 de marzo de 2015 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 224471, 001006, 010830 y 023986, presentados por la empresa denominada CITV AUTOMOTRIZ NACIONAL S.A.C., a traves del cual solicita autorizacion para operar un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV, con una (01) Linea de Inspeccion Tecnica Vehicular de MORDAZA Mixta, en la Av. MORDAZA R. MORDAZA Nº 2163, Altura del Km.192 Panamericana Sur del Centro Poblado San MORDAZA Pilpa, distrito de Sunampe, provincia de Chincha, departamento de Ica; y,
REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION