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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2015 (28/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 67

El Peruano Sábado 28 de marzo de 2015 549681 Que, el literal b) del artículo 32° de la Ley N° 27785, establece como facultades del Contralor General de la República, planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General y de los órganos del Sistema; asimismo, el literal c) lo faculta a dictar las normas y las disposiciones especializadas que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en función de los principios de especialización y fl exibilidad; Que, por Resolución de Contraloría N° 022-2015- CG del 03 de febrero 2015, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, el cual establece en el numeral 1 del artículo 22° que el Departamento de Control de Gestión propone la aprobación de los Planes Anuales de Control. Asimismo, en el numeral 3 del artículo 18° señala que la Gerencia Central de Planeamiento Estratégico revisa y eleva para su aprobación los Planes Anuales de Control; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 546- 2014-CG del 12 de noviembre 2014 se aprobaron los “Lineamientos de Política para el control gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control – año 2015” y la Directiva N° 009-2014-CG/PEC “Programación, Ejecución y Evaluación del Plan Anual de Control 2015 de los Órganos de Control Institucional”, la cual regula el proceso de programación, ejecución y evaluación del Plan Anual de Control a cargo de los Órganos de Control Institucional (OCI) de las entidades bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control; Que, la mencionada directiva establece en el numeral 6.1.7 que los OCI registrarán su proyecto de Plan Anual de Control (PAC) en el Sistema de Control Gubernamental Web (SCG Web), los cuales serán revisados y validados por las unidades orgánicas de línea, para posteriormente enviar la propuesta de aprobación al Departamento de Control de Gestión, quién efectúa la revisión selectiva y la consolidación de los proyectos de PAC de los OCI en el SCG Web y elabora los documentos correspondientes para su aprobación; Que, mediante las Resoluciones de Contraloría N°s. 598-2014-CG, 605-2014-CG y 095-2015-CG de 23 y 31 de diciembre de 2014 y 12 de febrero de 2015, se aprobaron los Planes Anuales de Control 2015 de seiscientos veinticuatro (624), sesenta (60) y cincuenta y seis (56) Órganos de Control Institucional, respectivamente; Que, conforme al documento de visto, la Gerencia Central de Planeamiento Estratégico recomienda la aprobación de los Planes Anuales de Control 2015 de seis (06) Órganos de Control Institucional, los cuales han sido revisados y cuentan con la conformidad de las unidades orgánicas de línea competentes, correspondiendo proceder a la aprobación respectiva; En uso de las facultades conferidas por el literal h) del artículo 22° y los literales b) y c) del artículo 32° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y la Resolución de Contraloría N° 130-2015-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los Planes Anuales de Control 2015 de seis (06) Órganos de Control Institucional de las entidades que se detallan en anexo adjunto, las mismas que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control. Artículo Segundo.- Las unidades orgánicas de línea de la Contraloría General de la República, bajo cuyo ámbito de control se encuentran los Órganos de Control Institucional anteriormente señalados, se encargarán de supervisar la ejecución de los Planes Anuales de Control 2015 aprobados. Artículo Tercero.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el Portal de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR ALARCÓN TEJADA Vicecontralor General Contralor General de la República ( e ) ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 142-2015-CG Item COD. ENTIDAD 1 0633 GERENCIA REGIONAL DE SALUD II LAMBAYEQUE 2 2232 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYÁN 3 2682 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARCOS 4 4234 HOSPITAL SAN JOSÉ - CALLAO 5 4405 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL CHINCHEROS - UGEL CHINCHEROS 6 5456 DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN LIMA PROVINCIAS 1218130-1 MINISTERIO PUBLICO Crean Despachos Fiscales en los Distritos Fiscales en Apurímac y Huancavelica RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 027-2015-MP-FN-JFS Lima, 27 de marzo de 2015 VISTOS y CONSIDERANDO: El Informe Nº 09-2015-MP-FN-ETI-NCPP/ST, de fecha 26 de febrero del 2015, cursado por el Equipo Técnico del Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, mediante el cual remite la propuesta de los Diseños Organizacionales de los Despachos Fiscales y Órganos de Apoyo para los Distritos Fiscales de Apurímac y Huancavelica, que aplicarán el Nuevo Código Procesal Penal, para el 01 de abril de 2015; Que mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-JUS, se aprobó el Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal y el Reglamento de la Comisión Especial de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, disponiéndose en su Artículo 3º.- El Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal que modifi ca el Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal (...), quedando de la siguiente manera: Año 2015: Primera Fase: Apurímac y Huancavelica (...); por lo que se hace necesario convertir, crear, fortalecer y delimitar las competencias de los Despachos Fiscales; La Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo Nº 3753, aprobó por unanimidad en sesión ordinaria de fecha 12 de febrero de 2015, la propuesta de los Diseños Organizacionales de los Despachos Fiscales y Órganos de Apoyo para los Distritos Fiscales de Apurímac y Huancavelica, que aplicarán el Nuevo Código Procesal Penal, el 01 de abril de 2015; Que, estando a la necesidad de creación de nuevos despachos y plazas fi scales, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y en cumplimiento al Acuerdo Nº 3753, adoptado por unanimidad en sesión ordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 12 de febrero de 2015; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear en el Distrito Fiscal de Apurímac, los Despachos Fiscales que a continuación se detallan: PROVINCIA DE ABANCAY: • Segunda Fiscalía Superior Penal de Abancay. • Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Abancay con competencia en la Provincia de Abancay, excepto el distrito de Curahuasi. • Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Apurímac.