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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015 (05/11/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 60

565766 NORMAS LEGALES Jueves 5 de noviembre de 2015 / El Peruano entidad www.munihuacho.gob.pe y en el portal web del Estado www.peru.gob.pe POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla.JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde 1307861-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN Delegan a la Gerente Municipal la facultad de formalizar y/o aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego, a través de resoluciones de Gerencia RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 307-2015-MPSR-J-A Juliaca, 9 de octubre del año 2015 VISTO:La Carta Nº 080-2015-MPSRJ/GEMU, Informe Legal Nº 005-2015.MPSR.AL.GEMU; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú en Concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de Gobiernos, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con los artículos 29º y 27º de la Ley Nº 27972, la Administración Municipal adopta una estructura Gerencia sustentándose en los principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control recurrente y posterior, estando bajo dirección y responsabilidad del Gerente Municipal, funcionario de confi anza, designado por el alcalde. En ese sentido, el Alcalde puede delegar sus atribuciones administrativas en el Gerente Municipal quien ejercerá dichas funciones con arreglo a la constitución Política del Perú, la Ley orgánica de Municipalidades y la Ley del Procedimiento Administrativo General, de acuerdo con los dispuesto en el Inciso 20) del artículo 20º del mismo cuerpo legal; Que, el Numeral 72.1 del artículo 72º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece: “Los titulares de los órganos administrativos pueden delegar mediante comunicación escrita la fi rma de actos y decisiones de su competencia en sus inmediatos subalternos, o a los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan, salvo en caso de resoluciones de procedimientos sancionadores, o aquellas que agoten la vía administrativa”; Que, en materia presupuestal, el Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que el Titular de una entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva, que puede delegar sus funciones en materia presupuestal, cuando lo establezca expresamente la Ley General, las leyes de Presupuesto del Sector Publico o la norma de creación de la Entidad. Observando las formalidades que impone el mencionado cuerpo Legal. En ese sentido, de acuerdo con el numeral 40.2 del artículo 40º del mencionado TUO, el Titular puede delegar la facultad de aprobación las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial el Peruano; Que, mediante Carta Nº 080-2015-MPSRJ/GEMU emitida por la Gerente Municipal de la MPSR-J, solicita se efectué Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, ello a efectos de otorgar crédito presupuestario y la consiguiente certi fi cación que permitan la ejecución de Proyectos de Inversión Publica, salvo que delegue dicha facultad mediante disposición expresa; Que, estando recargada la labor de Gestión y Dirección del Titular de la Entidad, corresponde delegar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático del pliego correspondiente al ejercicio fi scal 2015 a la Gerencia Municipal; Que, en uso de sus facultades conferidas por la constitución Política del Perú, lo normado en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y estando a los dispuesto en el artículo 20º numeral 6 del mismo cuerpo Legal; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DELEGAR, en la Gerente Municipal Ing. ENITH LUISA MONTREUIL GARCIA, la facultad administrativa en materia presupuestal, de formalizar y/o aprobar las Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego, a través de resoluciones de Gerencia, conforme a la sujeción normativa correspondiente. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, el fi el cumplimiento de la presente resolución, y la remisión oportuna de copias de las Resoluciones emitidas al Despacho de Alcaldía, Secretaria General, Órgano de Control Institucional y a las o fi cinas correspondiente. Artículo Tercero.- PUBLICAR, la Presente Resolución de Alcaldía en el Portal de la Municipalidad Provincial de San Román Juliaca, y en el Diario O fi cial el Peruano, Regístrese, comuníquese, cúmplase. OSWALDO EDWIN MARIN QUIRO Alcalde 1307653-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MACHUPICCHU Autorizan viaje de Alcalde a México, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 094-2015-MDM-CM Machupicchu, 9 de setiembre del 2015 EL HONORABLE CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MACHUPICCHU VISTO: En la XVII Sesión Ordinaria del Concejo Municipal del Distrito de Machupicchu, presidiendo el Señor Alcalde Delman David Gayoso García, con la participación de los Regidores Sra. Nataly Imasumac Palomino Carrasco, Srta. Sharmely Brenda Huamán Ccorimanya, Sr. Rubén Darío Carpio Delgado, Sr. Joseph Tito Zanes; conforme la agenda programada, orden del día y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dicha autonomía conforme el artículo 8º de la ley Nº 27783, se sustenta en a fi anzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones en concordancia