Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2015 (11/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Miércoles 11 de noviembre de 2015 /

El Peruano

condenatoria, emitida en segunda instancia, por delito doloso con pena privativa de libertad en contra del alcalde o regidor. 2. Ahora bien, de autos se aprecia que, el 22 de setiembre de 2015, la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa confirmó la sentencia condenatoria dictada contra la alcaldesa Amelia Victoria Espinoza García, por medio de la cual se le impuso siete años de pena privativa de la libertad efectiva e inhabilitación de tres años para ejercer cargo público, por la comisión del delito de enriquecimiento ilícito. 3. En ese contexto, corresponde suspender a Amelia Victoria Espinoza García, alcaldesa titular provincial del Santa, a raíz de que incurrió en la causal de suspensión prevista en el numeral 5 del artículo 25 de la LOM, referida a tener una sentencia condenatoria de segunda instancia. Como consecuencia de ello, en el marco del artículo 24 de la LOM, el burgomaestre es reemplazado por el teniente alcalde, quien es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Por esta razón, se debe convocar a Julio Artemio Cortez Rojas, identificado con DNI N° 06106863, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial del Santa, mientras se resuelve la situación jurídica de Amelia Victoria Espinoza García. Asimismo, para completar el número de regidores, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, corresponde convocar a la candidata no proclamada, Jeisy Matilde Rodríguez Araujo, con DNI N° 46589556, a fin de que asuma transitoriamente el cargo de regidora del Concejo Provincial del Santa. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR el Acuerdo de Concejo N° 0057-2015-MPS, a través del cual se declaró la suspensión de Amelia Victoria Espinoza García, alcaldesa de la Municipalidad Provincial del Santa, departamento de Áncash, por la causal prevista en el numeral 5 del artículo 25 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente, la credencial otorgada a Amelia Victoria Espinoza García, alcaldesa de la Municipalidad Provincial del Santa, departamento de Áncash. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Julio Artemio Cortez Rojas, identificado con DNI N° 06106863, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial del Santa, departamento de Áncash, mientras se resuelve la situación jurídica de Amelia Victoria Espinoza García, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Jeisy Matilde Rodríguez Araujo, identificada con DNI N° 46589556, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Provincial del Santa, departamento de Áncash, mientras se resuelve la situación jurídica de Amelia Victoria Espinoza García, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA FERNÁNDEZ ALARCÓN AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1310377-2

MINISTERIO PUBLICO
Disponen que la Primera, Segunda y Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pasco, ejerzan competencia en la provincia de Pasco, con excepción del distrito de Tinyahuarco, y amplían competencia de la Fiscalía Provincial Mixta de Huayllay - Pasco
RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 175-2015-MP-FN-JFS Lima, 10 de noviembre de 2015 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 062-2012-MP-FN-PJFS, de fecha 17 de mayo de 2012, en el marco del Nuevo Código Procesal Penal se crearon Despachos Fiscales en los Distritos Fiscales de Ancash, Santa, Huánuco y Pasco, en este último, se crearon, entre otros, la Segunda y Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pasco con competencia en la provincia de Pasco y la Fiscalía Provincial Mixta de Huayllay ­ Pasco, con sede en el distrito de Vicco, provincia de Pasco, con competencia en el distrito de Huayllay, Vicco y Ninacaca; Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1200-2012-MP-FN, de fecha 17 de mayo de 2012 se dispuso la conversión y delimitación de las competencias de los Despachos Fiscales a la nueva estructura organizacional del Distrito Fiscal de Pasco; Asimismo el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Pasco, mediante Oficio N° 944-2015-MP-PJFS-DF-PASCO, propone la modificación de la competencia de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas de Pasco, que comprende, entre otros, el distrito de Tinyahuarco, para que este sea incluido a la competencia de la Fiscalía Provincial Mixta de Huallay, ello en razón a la proximidad entre ambos, lo que permitirá garantizar un adecuado servicio fiscal a los ciudadanos del mencionado distrito; Que, mediante Informe N° 77-2015-MP-FN-ETINCPP/ST, el Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del nuevo Código Procesal Penal, emitió opinión favorable a la propuesta planteada por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Pasco; Que, por Acuerdo N° 4018, de fecha 01 de octubre de 2015, la Junta de Fiscales Supremos en Sesión Ordinaria, acordó por unanimidad disponer que a partir de la fecha la Primera, Segunda y Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pasco, ejerzan competencia en la Provincia de Pasco, con excepción del distrito de Tinyahuarco y ampliar la competencia de la Fiscalía Provincial Mixta de Huayllay ­ Pasco, la que comprenderá adicionalmente el distrito de Tinyahuarco; En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; y estando a lo dispuesto en el Acuerdo Nº 4018, adoptado por la Junta de Fiscales Supremos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que a partir de la fecha la Primera, Segunda y Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pasco, ejerzan competencia en la Provincia de Pasco, con excepción del distrito de Tinyahuarco. Artículo Segundo.- AMPLIAR la competencia de la Fiscalía Provincial Mixta de Huayllay ­ Pasco, la que comprenderá adicionalmente el distrito de Tinyahuarco. Artículo Tercero.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Pasco, conforme a lo establecido en el artículo 77º, literal g) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MP-FN, de fecha 23 de enero de 2009, disponga las medidas destinadas al cumplimiento de la presente resolución.

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