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566126 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de noviembre de 2015 / El Peruano Provincia / Distrito Ubicación Órgano Juris- diccional 11 Marañón / Huacra- chuco Distrito de Huacrachuco Juzgado de Paz Letrado 12 Mariscal Luzuriaga / Piscobamba Distrito de Pisco- bamba Juzgado de Paz Letrado 13 Ocros / Ocros Distrito de Ocros Juzgado de Paz Letrado 14 Pomabamba / Poma- bamba Distrito de Poma- bamba Juzgado de Paz Letrado 15 Recuay / Recuay Distrito de Recuay Juzgado de Paz Letrado 16 Sihuas / Sihuas Distrito de Sihuas Juzgado de Paz Letrado 17 Yungay / Yungay Distrito de Yungay Juzgado de Paz Letrado • Los Juzgados Mixtos y Civiles que conocen procesos laborales se encargarán, en adición a sus funciones, del trámite de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, del trámite de los Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales; y de la liquidación de los procesos laborales iniciados antes de la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, manteniendo sus competencias territoriales. Además, en la provincia de Huacaybamba, el Juzgado Mixto continuará tramitando la Nueva Ley Procesal del Trabajo, en adición a sus funciones: Provincia / Distrito Ubicación Órgano Juris- diccional 1 Aija / Aija Distrito de Aija Juzgado Mixto 2 Antonio Raymondi / Llamellin Distrito de Llamellin Juzgado Mixto 3 Asuncion / Chacas Distrito de Chacas Juzgado Mixto 4 Bolognesi / Chiquián Distrito de Chiquián Juzgado Mixto 5 Carhuaz / Carhuaz Distrito de Carhuaz Juzgado Mixto 6 Carlos Fermin Fitzcarrald / San Luis Distrito de San Luis Juzgado Mixto 7 Huari / Huari Distrito de Huari Juzgado Civil 8 Huaylas / Caraz Distrito de Caraz Juzgado Mixto 9 Huacaybamba / Huacay- bamba Distrito de Hua- caybamba Juzgado Mixto 10 Marañón / Huacrachuco Distrito de Huacrachuco Juzgado Mixto 11 Mariscal Luzuriaga / Piscobamba Distrito de Pisco- bamba Juzgado Mixto 12 Ocros / Ocros Distrito de Ocros Juzgado Mixto 13 Pomabamba / Poma- bamba Distrito de Poma- bamba Juzgado Mixto • La Sala Mixta Transitoria Descentralizada de la provincia de Huari se encargará, en adición a sus funciones, del trámite de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, del trámite de los Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales; y de la liquidación de los procesos laborales iniciados antes de la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, manteniendo sus competencias territoriales. Artículo Sétimo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial elabore el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Corte Superior de Justicia de Ancash, en el cual se adicionará las plazas administrativas de la Nueva Ley Procesal del Trabajo que se requiera; y, posteriormente, a través de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial, se elabore el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la misma Corte Superior. Artículo Octavo.- Facultar al señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash para adoptar las medidas administrativas tendientes al adecuado cumplimiento de la presente resolución, en cuanto sea de su competencia y en coordinación con el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Artículo Noveno.- El Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo llevará a cabo acciones de seguimiento, evaluación y monitoreo en el Distrito Judicial de Ancash con la fi nalidad de verifi car el desarrollo del proceso de implementación de la citada Ley. La Gerencia General del Poder Judicial y la Corte Superior de Justicia de Ancash, deberán brindar el apoyo requerido para la ejecución de las citadas acciones. Artículo Décimo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial ejecute las medidas correspondientes para la efectiva implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de Ancash, así como la realización de las interconexiones de las sedes que corresponda; la instalación, confi guración y capacitación de los sistemas informáticos del Poder Judicial; y la dotación de los recursos conforme a las previsiones establecidas para tal efecto, con cargo a los recursos presupuestales del Poder Judicial. Artículo Décimo Primero.- Transcribir la presente resolución al señor Presidente del Poder Judicial, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash, Gerencia General del Poder Judicial; y al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1310428-4 Conforman el Comité de Implantación del Sistema de Peritos Contables para el desarrollo del Sistema de Peritos Contables de la Nueva Ley Procesal del Trabajo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 337-2015-CE-PJ Lima, 21 de octubre de 2015 VISTOS: El Ofi cio N° 760-2015-RDVC-CE/PJ cursado por el señor Ramiro De Valdivia Cano, Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 141-2015-CE-PJ, de fecha 15 de abril de 2015, se aprobó la Conformación del Comité de Implantación del Sistema de Peritos Contables para el desarrollo del Sistema de Peritos Contables de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; asimismo, se delegó al Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, para que realice la propuesta correspondiente respecto a su conformación. Segundo. Que los integrantes del Comité de Implantación del Sistema de Peritos Contables para el desarrollo del Sistema de Peritos Contables de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, se encargarán del asesoramiento en cuanto al fl ujo de actividades y procedimientos que realizan los Peritos Contables en los órganos jurisdiccionales que aplican la Nueva Ley de Trabajo. Tercero. Que, en ese sentido, mediante Ofi cios Nros. 312 y 315-PP0099-PJ, cursados por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación