Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2015 (11/11/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

566120

NORMAS LEGALES

Miércoles 11 de noviembre de 2015 /

El Peruano

de inspecciones programadas e inopinadas, con el fin de verificar la implementación de los lineamientos que documentalmente dieron lugar a la certificación, pudiendo, proceder a la suspensión o cancelación de la respectiva certificación, conforme al procedimiento de verificación de certificación que se apruebe. CAPÍTULO III DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Gobierno Corporativo para SIS y FISSAL Para las IAFAS SIS y FISSAL, únicamente serán aplicables las disposiciones del artículo 8.4 en adelante, considerando para la conformación de los comités: 1. El Sub Jefe Institucional del SIS. 2. El Jefe de FISSAL, y 3. El Gerente o funcionario encargado de la conformación del comité. También son de aplicación las disposiciones referidas a los artículos 9, 10 y 11 de la presente norma. Todos aquellos requisitos referidos a la aprobación por parte de la Presidencia Ejecutiva, Consejo Directivo, Junta de Administración, Jefatura u órgano que haga sus veces se entienden referidas al Jefe Institucional del SIS, Jefe de FISSAL y el Gerente funcionario encargado de la conformación del comité. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Proceso de implementación Los lineamientos de Buen Gobierno Corporativo implementados o en proceso de implementación a la fecha de vigencia de la presente norma, deberán adecuarse a los presentes lineamientos, a efectos de la aplicación de los incentivos contemplados en su numeral 5.2) del artículo 5. Para tales fines, dentro de los noventa (90) días hábiles del inicio de la vigencia de la presente norma, las IAFAS deberán informar a SUSALUD su decisión de adecuación, remitiendo los siguientes documentos, como anexos a su solicitud: a) Plan de adecuación, con indicación de los temas que serán objeto de revisión. b) Cronograma de implementación c) Instrumentos de Gobierno Corporativo preexistentes. SUSALUD, evaluará el cumplimiento de tales planes y cronogramas y efectuará el seguimiento de su implementación, a fin de determinar la pertinencia de emitir la certificación de Buen Gobierno Corporativo correspondiente. El procedimiento de certificación se aprobará en el TUPA de la entidad mediante decreto supremo. 1309689-1

Designan responsable titular de entregar la información de acceso público de SUSALUD
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 165-2015-SUSALUD/S Lima, 10 de noviembre de 2015 VISTOS: La Carta de renuncia presentada por la Asesora de Secretaría General, de fecha 21 de octubre de 2015 y el Memorándum N°900-2015-SUSALUD/OGPER, de fecha 09 de noviembre de 2015, del Director General de la Oficina General de Gestión de las Personas; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 9°, 11° y 13° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, en armonía con el Decreto Legislativo N° 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en

Salud ­ SUNASA, se crea la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS UGIPRESS, en el ámbito de su competencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM se aprueba el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con la finalidad de promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 3º del TUO de la Ley Nº 27806, antes citado, establece que por el Principio de Publicidad, toda información que posea el Estado se presume pública, salvo las excepciones expresamente previstas por ley; asimismo, en concordancia con el artículo 8° del citado TUO, dispone que las entidades públicas designen al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, el artículo 3º del Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y modificado por Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, en concordancia con su artículo 4°, establece que es obligación de la máxima autoridad de la entidad, designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público, mediante Resolución que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, y colocada en un lugar visible en cada una de las sedes administrativas de la entidad; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 126-2015-SUSALUD/S de fecha 01 de setiembre de 2015, se designó a la señorita abogada Adriana Cárdenas Rivera, como Responsable Titular de Entregar la Información de Acceso Público de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, con fecha 21 de octubre de 2015, la señorita abogada Adriana Cárdenas Rivera, presenta su renuncia al cargo de Asesora de la Secretaría General, la misma que cuenta con aceptación el Secretario General según Proveído de Entrada- Registro N° 17090 de fecha 21 de Octubre, con eficacia a partir del 14 de noviembre de 2015; que, asimismo, mediante Hoja de Trámite ­ Registro 17090 de fecha 09 de noviembre del 2015, el Secretario General propone la designación del señor abogado JAIME YVAN ZEGARRA DÍAZ, como Responsable Titular de Entregar la Información de Acceso Público, en reemplazo de la abogada renunciante, a partir del 11 de noviembre de 2015; Que, estando al Memorándum N° 00900-2015-SUSALUD/OGPER, del Director de la Oficina General de Gestión de las Personas ­ OGPER, de Vistos, de fecha 09 de noviembre de 2015, corresponde, se curse el trámite de aceptación de renuncia de la antes mencionada servidora, dándose por concluida la relación laboral con eficacia a partir del 14 de noviembre del 2015 y asimismo se designe al profesional propuesto como Responsable Titular de Entregar la Información de Acceso Público, conforme al perfil informado en el citado Memor+ Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.