Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2015 (11/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Miércoles 11 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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información y a las Personas Naturales o Personas Jurídicas a quienes les corresponde recibirlas. La IAFAS pública deberá establecer un mecanismo para garantizar la veracidad y exactitud de la información proporcionada. 10.2. Estados Financieros Los Estados Financieros de la IAFAS pública reflejarán con precisión la situación económico-financiera en sus aspectos más relevantes, de forma que, por un lado, la máxima autoridad ejecutiva u órgano máximo de administración, según su modalidad, de acuerdo a lo estipulado en su norma de creación, estén en condiciones de tomar decisiones informadas y sustentadas. Los afiliados, supervisores y demás interesados, deben estar en posición de obtener transparentemente y conforme a normas aplicables a la materia, incluyendo las reservas de confidencialidad que correspondan, un adecuado y oportuno conocimiento sobre el desempeño de la entidad. En consecuencia el informe de los Estados Financieros o su equivalente deberán contener la siguiente información: a) Estado de situación financiera. b) Estado de Resultados. c) Estados de cambios en el patrimonio. d) Estados de flujos de efectivo. e) Notas de los estados financieros. f) Dictamen del Auditor externo designado por la Contraloría General de la República, en lo que resulte aplicable conforme a normas. El Gerente General o quien haga sus veces en representación de la Alta Gerencia de la IAFAS pública, y el Gerente Financiero o quien haga sus veces deberán presentar los Estados Financieros auditados ante la Máxima autoridad de gobierno de la IAFAS pública, la Presidencia Ejecutiva, Consejo Directivo, Junta de Administración, Jefatura u órgano que haga sus veces con base a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) u norma internacional de contabilidad para el sector público NIC-SP. Cualquier salvedad aclaración o similitud formulada por un auditor externo deberá ser debidamente informada a la Presidencia Ejecutiva, Consejo Directivo, Junta de Administración, Jefatura u órgano que haga sus veces. En caso de discrepancias con la opinión del Auditor externo, la Gerencia General conjuntamente con la Gerencia Financiera deberán sustentar su posición ante la Máxima autoridad de gobierno de la IAFAS pública, Presidencia Ejecutiva, Consejo Directivo, Junta de Administración, Jefatura u órgano que haga sus veces. Todas las operaciones vinculadas, incluidas las operaciones entre entidades del grupo (operaciones intragrupo), que sean significativas, deben ser incluidas con detalle en la información financiera de la entidad. 10.3. Información a los afiliados y terceros En el marco de la política de entrega de información, el Comité de Riesgos, Control Interno y Auditoría de las IAFAS públicas, adoptará las medidas necesarias para garantizar que se transmita toda la información, tanto financiera como no financiera, conforme a la legislación y régimen especial, además de toda aquélla que se considere relevante para SUSALUD y los afiliados. Las páginas web de las entidades deberán elaborarse bajo el criterio de facilitar el acceso a la información. Para ello, la implementación del BGC incluye cinco (5) títulos cuyo contenido mínimo incluye la siguiente información: a) Acerca de la entidad: historia, principales datos, misión, visión y valores, modelo de negocio, etc.; b) La máxima autoridad de gobierno de la IAFAS pública, Presidencia Ejecutiva, Consejo Directivo, Junta de Administración, Jefatura u órgano que haga sus veces: capital, hechos relevantes comunicados, información financiera (memoria anual, informe de gestión, presentación resultados intermedios), agenda de la Presidencia Ejecutiva, Consejo Directivo, Junta de Administración, Jefatura u órgano que haga sus veces, contactos, preguntas frecuentes. c) Relaciones con inversores: resultados, presentaciones (de resultados, de operaciones, conferencias, eventos), informes financieros (memoria anual, informe de gestión, informes trimestrales, informe de la gestión de riesgos, información a entes supervisores,

noticias significativas, información pública periódica), emisiones de deuda, ratings, etc. d) Gobierno Corporativo: Estatutos, funciones de Presidencia Ejecutiva, Consejo Directivo, Junta de Administración, Jefatura u órgano que haga sus veces y su Reglamento, Comités de la Presidencia Ejecutiva, Consejo Directivo, Junta de Administración, Jefatura u órgano que haga sus veces, Informe de Gobierno Corporativo, Informes de los Comités, derechos de información, acuerdos de la Presidencia Ejecutiva, Consejo Directivo o Junta de Administración, Código de conducta, Código de ética. e) Sostenibilidad: Políticas de BGC, grupos de interés, comunidad, medio ambiente. 10.3.1. Soportes de comunicación La información se comunicará a los usuarios a través de formato PDF o PPT, con posibilidad de imprimir, descargar y compartir. En el caso de una publicación de la Memoria Anual, esta deberá contar con una versión física y una versión electrónica. Las prácticas de BGC estructuran la información en este orden: a) Estados Financieros aprobados por la Máxima autoridad de gobierno de la IAFAS pública, Presidencia Ejecutiva, Consejo Directivo, Junta de Administración, Jefatura u órgano que haga de sus veces. b) Informe de Auditoría de Cuentas emitido por el Auditor externo con sus notas correspondientes. c) Informe de Gestión del Gerente General. d) Informe de Gobierno Corporativo Anual. e) Informe explicativo sobre la organización, métodos y procedimientos de la arquitectura de control implementada por la entidad, con el objetivo de obtener información financiera y no financiera correcta y segura, salvaguardar los activos de la entidad y la eficiencia y seguridad de las operaciones. La información sobre la arquitectura de control, deberá complementarse con un informe de gestión del riesgo, en el marco de lo dispuesto en el Reglamento de la Gestión Integral de Riesgos en las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud aprobado por la Resolución Nº 044-2014-Superintendencia Nacional de Salud/S y el Reglamento para la Gestión del Riesgo Operacional en las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud aprobado por la Resolución Nº 010-2014-Superintendencia Nacional de Salud/S. Los Estatutos o Reglamentos internos deben señalar que la información que se transmita sea correcta, veraz y contrastable, transmitida de forma objetiva y con celeridad. 10.4. Informe Anual de Gobierno Corporativo La adopción de los Lineamientos y su evaluación a cargo de la IAFAS pública generará la obligación de preparar un Informe sobre Gobierno Corporativo, cuyo contenido será de responsabilidad de la Máxima autoridad de gobierno de la IAFAS pública, Presidencia Ejecutiva, Consejo Directivo, Junta de Administración, Jefatura u órgano que haga sus veces previo informe del Comité de Riesgos, Control Interno y Auditoría de BGC, el cual será presentado a SUSALUD, el último día hábil del mes de febrero de cada año. El Informe Anual de Gobierno Corporativo es un documento de carácter explicativo por el cual la entidad aporta, información objetiva y datos precisos que indiquen el grado de cumplimiento de las distintas normas o prácticas de Gobierno Corporativo que afectan a la entidad. El Informe Anual de Gobierno Corporativo deberá incluir puntos referidos al cumplimiento de las medidas recogidas en los Lineamientos, y en particular a lo siguiente: a) Estructura de la administración de la entidad. b) Operaciones vinculadas entre IAFAS. c) Sistemas de gestión de riesgos. d) Sistema de Control Interno. e) Grado de seguimiento de las recomendaciones de BGC. f) Otra información de interés. Artículo 11. Verificación de Informe Anual de Gobierno Corporativo SUSALUD podrá disponer la actuación de visitas

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