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566515 NORMAS LEGALES Domingo 15 de noviembre de 2015 El Peruano / Artículo Segundo.- APRÚEBESE las incorporaciones al Cuadro de Infracciones Administrativas Municipales Anexo I de la Ordenanza Nº 193-MDS, Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) en los siguientes términos: CÓDIGO INFRACCIÓN TIPIFICADA TIPO DE INF. MULTA OTRAS SANCIONES Y MEDIDAS UIT I II GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA 07.0526 Estacionar vehículos en rutas destinadas a la ciclovía G 0.20 Internamiento Temporal de Vehículo 07.0527 Utilizar la vía Pública como circuito de prueba o de enseñanza de manejo de automóviles G 0.30 Internamiento Temporal de Vehículo 07.0528 Estacionar vehículos de carga o mudanza en áreas públicas en forma permanente y con fi nes comerciales G 0.30 Internamiento Temporal de Vehículo 07.0529 Utilizar áreas públicas como paradero inicial y/o fi nal de camionetas, autos, transporte público o similares. G 0.30 Internamiento Temporal de Vehículo 07.0530 Estacionar vehículos obstaculizando las salidas o ingreso a estacionamientos y/o salida de estacionamientos comerciales o instituciones públicas G 0.20 Internamiento Temporal de Vehículo 07.0531 Estacionar vehículos dentro de jardines, áreas verdes, parques veredas, zonas rígidas y/o similares G 0.20 Internamiento Temporal de Vehículo 07.0532 Usar vehículos motorizados de tres ruedas como transporte de pasajeros o transporte de carga dentro del distrito sin permiso municipal G 0.20 Internamiento Temporal de Vehículo 07.0533 Obstaculizar el estacionamiento con giba, tranquera y/u otros obstáculos sin permiso municipal G 0.20 Internamiento Temporal de Vehículo Retiro de obstáculos e internamiento temporal 07.0534 Generar ruidos por la inadecuada y/o nula modulación del volumen de las alarmas antirrobos de las casas o locales comerciales. G 0.10 0.20 07.0535 Por ocasionar ruidos molestos y constantes provenientes de alarma de vehículos. G 0.10 0.20 07.0536 Por estacionar vehículos en doble fi la obstaculizando el libre tránsito. G 0.20 Internamiento Temporal de Vehículo 07.0537 Utilizar un vehículo motorizado para la comercialización de bebidas alcohólicas en la vía pública. G 0.70 0.90 Internamiento Temporal de Vehículo 07.0538 Utilizar un vehículo motorizado para la comercialización de productos pirotécnicos sin autorización municipal. G 0.70 0.90 Internamiento Temporal de Vehículo Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO los Códigos Nº 07.0406 y 07.0513 contemplados en el Cuadro de Infracciones que forma parte de la Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) de la Municipalidad distrital de Surquillo, Ordenanza Nº 193-MDS. Artículo Cuarto.- MODIFICAR los Códigos Nº 07.0407, 07.0408, 07.0512 y 07.0514, contemplados en el Cuadro de Infracciones que forma parte de la Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) de la Municipalidad distrital de Surquillo, Ordenanza Nº 193-MDS, siendo la multa para dichos casos de 0.20 de la UIT vigente. Artículo Quinto.- CONFIRMAR en sus demás extremos la Ordenanza Nº 193-MDS, Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA). Artículo Sexto.- APROBAR en Anexo 1 los Formatos de Internamiento y de Retiro. Artículo Sétimo.- FACULTAR al señor Alcalde a fi n que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones que fueran necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Octavo.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Portal del Estado Peruano y en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Noveno.- Dentro del plazo de noventa (90) días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza, se realizarán campañas de sensibilización de la ciudadanía en general que vivan o transiten por el distrito, con la fi nalidad de que tenga conocimiento de la vigencia de la presente norma y que entrará en vigencia transcurrido este plazo. Artículo Décimo.- AUTORIZAR al señor Alcalde para que pueda suscribir acuerdos y/o convenios con diversas entidades públicas y privadas para la correcta implementación de la presente Ordenanza. Artículo Décimo Primero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZALES Alcalde 1311720-1 Ordenanza que establece el beneficio de regularización de edificaciones sin licencia de edificación y habilitaciones urbanas en el distrito ORDENANZA Nº 344-MDS Surquillo, 30 de octubre de 2015. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: POR CUANTO: El Concejo distrital de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha y visto el Memorando Nº 622-2015-GM-MDS de fecha 29 de setiembre de 2015 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 062-2015-GDU-MDS de fecha 28 de setiembre de 2015 emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; Informe Nº 369-2015-GAJ-MDS, de fecha 06 de octubre de 2015 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;