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564198 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de octubre de 2015 / El Peruano Dra. Elicea Inés Zúñiga Herrera de Legua Presidenta Dr. Christian Arturo Hernández Alarcón MiembroDr. Juan Rolando Hurtado Poma MiembroJefe de la O fi cina de Administración Distrital Miembro Encargado del Área de Estadística Miembro Artículo Segundo.- RECONFORMAR la Comisión Distrital de Implementación del Sistema Integrado Judicial (SIJ) de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, según se detalla a continuación: Dra. Elicea Inés Zúñiga Herrera de Legua Presidenta Dr. Flaviano Ciro Llanos Laurente Miembro Dra. Rosaura Cristina Romero Posadas Miembro Dr. Carlos Roger Rodríguez Rosales Miembro Encargada del Área de Informática Miembro Artículo Tercero.- RECONFORMAR la Comisión de Planeamiento Operativo de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, según se detalla a continuación: Dra. Elicea Inés Zúñiga Herrera de Legua Presidenta Mg. Juan Rolando Hurtado Poma Miembro Dr. Christian Arturo Hernández Alarcón Miembro Jefe de la O fi cina de Administración Distrital Miembro Encargada del Área de Informática Miembro Artículo Cuarto.- RECONFORMAR la Comisión de Deporte, Arte y Cultura de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, según se detalla a continuación: Dr. Alfredo Miraval Flores Presidente Dra. Olga Lidia Inga Michue Miembro Jefe de la O fi cina de Administración Distrital Miembro Asistente de la O fi cina de Bienestar Social Miembro Artículo Quinto.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial, O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, O fi cina de Administración Distrital, O fi cina de Personal de esta Corte Superior de Justicia y de los miembros integrantes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA Presidenta 1300762-1 ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de Rector y de Director de la Oficina de Cooperación Técnica Internacional de la Universidad Nacional de San Martín - Tarapoto a diversas universidades de Europa, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN - TARAPOTO RESOLUCIÓN Nº 448-2015-UNSM/CU-R/NLU Tarapoto, 12 de octubre del 2015Visto, el Proveído Nº 115-A-2015/SG que contiene el Memorando Nº 217-2015-UNSM/R, sobre aprobación de viaje al exterior de Funcionarios de la UNSM-T. CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional de San Martín – Tarapoto es una institución descentralizada, autónoma con personería jurídica de derecho público interno; creada por Ley Nº 22803 y rati fi cada por Ley Nº 23261; se rige por la Constitución Política del Estado, la Ley Universitaria, su Estatuto y Reglamento General; dedicada al estudio, investigación, extensión y proyección social, tiene como fi n formar profesionales humanistas, cientí fi cos y con excelencia académica competitiva; Que, en Sesión Extraordinaria de Consejo Universitario de fecha 30 de setiembre del 2015 (continuada del 24-09-2015) se aprobó la autorización de viaje al extranjero del Dr. Aníbal Quinteros García, Rector de la UNSM-T y Dr. Carlos Rengifo Saavedra, Director de la O fi cina de Cooperación Técnica Internacional de la UNSM-T: Primero.- Que, en mérito al “Programa de Visita Bilateral a Universidad de Mendel - Brno República Checa y Universidades de Europa” y con la fi nalidad de a fi anzar los lazos de cooperación académica de la UNSM-T así elevar el nivel de calidad del proceso de formación profesional a nivel internacional de nuestros estudiantes y docentes, tiene programado la visita a la Universidad de Valencia, Universidad Politécnica de Valencia – España, Universidad de Montpellier de Francia, Universidad de Viena – Austria y la Universidad de Mendel - Brno República Checa, se autoriza el viaje de los funcionarios antes mencionados a partir del 31 de octubre al 09 de noviembre del 2015; Segundo.- Que, se debe otorgar al Dr. Aníbal Quinteros García y Dr. Carlos Rengifo Saavedra, pasajes aéreos en la ruta Tarapoto – Lima – Praga (República Checa) – Madrid (España) – Valencia - Lima – Tarapoto a partir del 31 de octubre al 09 de noviembre del 2015, así como también la asignación de tres (03) días de viáticos nacionales y siete (07) días de viáticos internacionales (Memorando Nº 150-A-2015-UNSM/R); y Tercero.- Que, se encarga al Dr. Oscar Wilfredo Mendieta Taboada - Vicerrector Académico de la UNSM-T el Despacho Rectoral de la Universidad Nacional de San Martín – Tarapoto, a partir del 31 de octubre del 2015 y mientras dure la ausencia del titular (Memorando Nº 150-A-2015-UNSM/R); Que, los viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos se encuentran regulados por la Ley Nº 27619, aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi cado por el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, en la cual se regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público, en donde la resolución de autorización deberá sustentarse en el interés institucional, bajo responsabilidad, en la cual las mencionadas resoluciones deberán de publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que de acuerdo al numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley de Presupuesto del Sector Público de año Fiscal 2015 - Ley Nº 30281 prescribe: “Prohíbanse los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los siguientes casos: inciso c) Los titulares de los organismos constitucionalmente autónomos, los altos funcionarios y autoridades del Estado. (…) Y que el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a lo señalado en el inciso c) (…) En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad; (…) En todos los casos, la resolución o acuerdo es publicado en el diario o fi cial El Peruano. Los viajes que se autoricen en el marco de la presente disposición deben realizarse en categoría económica”; Estando al D.S. Nº 005-90-PCM Ley 28927, Ley 27619. D.S. 047-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, acuerdo adoptado en Sesión Ordinaria de Consejo Universitario de fecha 30 de setiembre del 2015 (continuada del 24-09-2015) y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, el Estatuto vigente de la UNSM-T;