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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015 (22/10/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 24

564258 NORMAS LEGALES Jueves 22 de octubre de 2015 / El Peruano estrategias y acciones destinadas a mejorar y asegurar el acceso equitativo de la población a los productos biotecnológicos, por lo que propone conformar un grupo de trabajo que se encargue de elaborar el proyecto de política nacional de acceso a productos biotecnológicos; Que, el numeral 1 del artículo 36 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones Sectoriales, son de naturaleza temporal, creadas con fi nes específi cos para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos. Se crean formalmente por resolución ministerial del titular a cuyo ámbito de competencia corresponden; Que, en virtud de ello, resulta necesario constituir una Comisión Sectorial que se encargue de elaborar el proyecto de política nacional de acceso a productos biotecnológicos; Que, mediante el Informe N° 1314-2015-OGAJ/ MINSA, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión favorable; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; Con las visaciones del Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Constituir la Comisión Sectorial encargada de elaborar el proyecto de política nacional de acceso a productos biotecnológicos. Artículo 2.- La Comisión Sectorial a que se hace referencia en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial está conformada por: - Un representante de la Alta Dirección del Ministerio de Salud, quien la presidirá; - Un representante de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; - Un representante de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud; - Un representante de la Dirección General de Salud de las Personas; - Un representante del Instituto Nacional de Salud; - Un representante del Seguro Integral de Salud;- Un representante del Fondo Intangible Solidario de Salud del Seguro Integral de Salud; - Un representante de la Superintendencia Nacional de Salud; - Un representante del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; - Un representante del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas; - Un representante del Seguro Social de Salud; - Un representante de la Sanidad de las Fuerzas Armadas; - Un representante de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú. Artículo 3.- La instalación de la Comisión Sectorial se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de publicada la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- La Comisión Sectorial deberá presentar al Despacho Ministerial, en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles contados a partir de su instalación, el proyecto de política nacional de acceso a productos biotecnológicos. Artículo 5.- Disponer que el representante de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, actúe como Secretario Técnico de la Comisión Sectorial, a fi n de brindar el apoyo técnico y administrativo que requiera dicha Comisión para el cumplimiento del encargo efectuado.Artículo 6.- La Comisión Sectorial podrá solicitar el apoyo de entidades externas, instituciones académicas, Organizaciones No Gubernamentales y otras instancias, en caso resulte necesario para el cumplimiento del encargo efectuado. Artículo 7.- La instalación y el desarrollo de las actividades de la Comisión Sectorial no irrogarán gastos al Presupuesto del Ministerio de Salud ni al Tesoro Público. Artículo 8.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/index.asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese ANIBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1302408-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Aceptan la renuncia de representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Directorio de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Cañete S.A. - EMAPA CAÑETE S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 275-2015-VIVIENDA Lima, 15 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 412-2014-VIVIENDA, se designó al señor Luis Miguel Silva Velarde Álvarez, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Directorio de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Cañete S.A. - EMAPA CAÑETE S.A., cargo al cual ha formulado renuncia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, modi fi cada por la Ley Nº 30327 y Decreto Legislativo Nº 1240, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2013-VIVIENDA; Decreto Supremo Nº 011-2014-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 016-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Luis Miguel Silva Velarde Álvarez, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Directorio de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Cañete S.A. - EMAPA CAÑETE S.A., dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1301405-1