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564302 NORMAS LEGALES Jueves 22 de octubre de 2015 / El Peruano Artículo 7°.- DE LAS UNIDADES ORGÁNICAS INTERVINIENTES: Para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, las siguientes unidades orgánicas serán responsables: 1. LA SUBGERENCIA DE LICENCIAS Y HABILITACIÓN a. Comunicar a la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, la información de todas las licencias de edi fi cación y los respectivos Cronogramas de Obra debidamente visados, que se expidan bajo la modalidad de aprobación B, C y D, exceptuando las de uso unifamiliar. b. Comunicar a las personas naturales y/o jurídicas que tramitan la obtención de la Licencia de Edi fi cación y la obligatoriedad del cumplimiento de la información del personal que labora en Obra y de la instalación de los sistemas de Video Vigilancia luego del otorgamiento de la Licencia. 2. LA SUBGERENCIA DE FISCALIZACIÓN y COACTIVA ADMINISTRATIVA a. Crear y mantener un registro del personal y de todas las Obras que se ejecutan en el Distrito. b. Coordinar con la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Defensa Civil, la ejecución de visitas inopinadas de verifi cación, respecto de la información presentada por los propietarios y/o responsables de las Obras. c. Iniciar el procedimiento sancionador correspondiente ante el incumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza. 3. LA GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA, TRÁNSITO Y DEFENSA CIVIL a). Brindar el apoyo pertinente a la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa para la ejecución de visitas de veri fi cación de datos del personal de las obras y de la instalación del sistema de video vigilancia en obras, contando de ser necesario, con el apoyo de la Policía Nacional del Perú. b). Remitir a la Policía Nacional del Perú para los fi nes correspondientes, la información proporcionada, relacionada al personal y vehículos vinculados a la obra de edi fi cación. Artículo 8°.- DE LAS SANCIONES:La inobservancia total o parcial de lo dispuesto en la presente ordenanza, fi jará el inicio del procedimiento sancionador correspondiente, con sus respectivas medidas de sanción, las mismas que se incorporarán en la Ordenanza No 334-MSS, que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones y Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Santiago de Surco, estas son: CÓDIGO DESCRIPCIÓNMONTO DE MULTA % UITMEDIDA COMPLE- MENTARIA 010.02.63Por no comunicar oportuna- mente la relación de la totalidad de personas que laboran en la obra de edi fi cación.1 UITParalización de Obra. 010.02.64Por contar con trabajadores no acreditados.50% UITParalización de Obra. 010.02.65Por no instalar el sistema de video vigilancia en la obra de edifi cación.100% UITParalización de Obra. 010.02.06Por no mantener operativo el sistema de video vigilancia de acuerdo a las exigencias mu-nicipales.50 % UITParalización de Obra. 010.02.07Por no mantener copias de las imágenes captadas por el lap-so de 30 días. 50 % UITParalización de Obra. Artículo 9°.- DE LOS FORMATOS: Apruébese el Formato de Registro de Datos que obra en el Anexo N° 01, de la presente disposición.DISPOSICIONES FINALES Primera.- LA PRESENTE Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Segunda.- SE ENCUENTRA comprendido dentro de los alcances de la presente Ordenanza los proyectos de edifi cación cuyas licencias de edi fi cación bajo la Modalidad B, C y D, con excepción de la edi fi cación con uso de la vivienda unifamiliar; y estas sean otorgadas dentro de la vigencia de la presente Ordenanza. Se tiene un plazo de 15 días calendarios para cumplir con la implementación del sistema de video vigilancia. Tercera.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, pueda dictar las disposiciones complementarias para la mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Cuarta: ENCÁRGUESE a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión de la presente Ordenanza. Quinta: ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Defensa Civil, a la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, y a la Subgerencia de Licencias y Habilitación. Sexta: ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional www.munisurco.gob.pe, en el Portal del Estado Peruano, www.peru.gob.pe y en el portal de Servicio al Ciudadano www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde ANEXO N° 01 FORMATO DE REGISTRO DE DATOS DATOS DEL PERSONAL DE OBRA Apellidos y NombresDNIFecha de NacimientoDomicilio Labor o Cargo que Desempeña en la Obra Fotografía Actualizada Copia del Seguro Complementar- io de Trabajo de Riesgo (SCTR) VEHÍCULOS VINCULADOS A LA OBRA Tipo de Vehículo Marca/ModeloNúmero de PlacaSOATDatos del Chofer y Ayudante Santiago de Surco, ........ de ........................ del 2015 _____________________________ Firma del Propietario y/o ejecutante de la Edi fi cación. 1302202-2