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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015 (22/10/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 57

564291 NORMAS LEGALES Jueves 22 de octubre de 2015 El Peruano / El auspicio puede comprender la adquisición y entrega de bienes directamente a los vecinos, o el fi nanciamiento y contrataciones de servicios que asume el interesado, que contribuyan al cumplimiento de los fi nes de la actividad o evento. CAPÍTULO II DEL FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE RESPONSABILIDAD SOCIAL Artículo Tercero.- DE LA RESPONSABILIDADEl Comité de Responsabilidad Social será el responsable de evaluar la propuesta presentada por la persona natural o jurídica y autorizará la emisión del certifi cado correspondiente y estará conformado por: Presidente : Gerencia Municipal.Secretario : Secretaría General. Miembros : Ofi cina de Planeamiento Urbano. Gerencia de Desarrollo Distrital. Gerencia de Desarrollo Humano. O fi cina de Cultura. Gerencia de Administración y Finanzas. Gerencia de Sostenibilidad. CAPÍTULO III DEL PROCEDIMIENTO Artículo Cuarto.- DE LAS ACTIVIDADES PROGRAMADAS La Municipalidad de San Isidro publicará en su portal institucional las actividades programadas así como obras públicas que sean pasibles de aportes en el marco de responsabilidad social. Artículo Quinto.- DE LA SOLICITUDLas personas interesadas en participar presentarán una solicitud conteniendo su propuesta en la participación en actividades programadas y una Declaración Jurada que certi fi que que no cuenta con un proceso judicial, administrativo o de otra índole contra la municipalidad, a través de Mesa de Partes, dicha solicitud tienen calidad de petición de gracia prevista en el artículo 112° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. La solicitud y sus documentos adjuntos tendrán la condición de declaración jurada y deberán presentarse con la debida anticipación previo a la actividad en el caso de auspicios a eventos. Asimismo, se podrán proponer actividades u obras que no se encuentren programadas pero que puedan generar impacto y/o resultar bene fi ciosas para el desarrollo del distrito. Artículo Sexto.- DE LA EVALUACIONLa solicitud será remitida a la Secretaría del Comité de Responsabilidad Social quien evaluará el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la Ordenanza N° 389-MSI y la derivará a las áreas técnicas competentes para su opinión, debiendo veri fi car, previo a ello, que el solicitante no cuente con un proceso judicial, administrativo o de otra índole contra la municipalidad. De no cumplir algún requisito, noti fi cará por única vez afi n de que subsane los mismos en un plazo máximo de diez (10) días, caso contrario se desestimará la solicitud. Las áreas técnicas competentes evaluarán la solicitud dentro del plazo perentorio de tres (03) días hábiles y lo elevarán a la Secretaría del Comité. Artículo Sétimo.- DE LA APROBACIONEn caso de contar con informe técnico favorable de las áreas competentes, la Secretaría convocará al Comité de Responsabilidad Social para la evaluación y decisión correspondiente, debiendo programarse fecha y hora para la revisión y evaluación de la propuesta, no debiendo exceder cinco (5) días útiles de presentada la misma por el solicitante. Establecida la fecha y hora para la sesión del Comité, la Secretaría del Comité o las áreas técnicas competentes deberán sustentar la viabilidad de la propuesta, así como el bene fi cio social e impacto positivo para el distrito de San Isidro. El Comité revisará los actuados y de estar conforme, suscribirán un Acta de Aprobación, la misma que deberá tener la fi rma de todos sus miembros, decisión que se comunicará al interesado. De contar con opinión negativa de las áreas competentes se comunicará tal decisión al solicitante, no siendo pasible dicha decisión impugnada en la vía administrativa ni judicial, de acuerdo a su calidad de petición de gracia, prevista en el artículo 112° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo Octavo.- DEL ACTA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL Aprobada la propuesta de responsabilidad social, la gerencia respectiva se encargará de efectuar las coordinaciones respectivas con el solicitante a fi n de defi nir los términos y condiciones de la participación, los cuales serán detallados en el Acta de Responsabilidad Social. La persona natural o jurídica deberá presentar a la Unidad Orgánica Responsable, previo a la fi rma del Acta de Responsabilidad Social, la siguiente documentación: • Copia del Documento Nacional de Identidad - DNI (de ser persona jurídica, del Representante Legal) o el que haga sus veces. • Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa, cuando corresponda. • Copia de la constitución de la persona jurídica y sus modi fi catorias debidamente actualizadas, cuando corresponda. • Copia del RUC de la empresa, cuando corresponda. La unidad orgánica responsable deberá elaborar un expediente que contenga, la solicitud, los Informes Técnicos, el Acta de aprobación del Comité, el Acta de Responsabilidad Social y demás documentos que tengan relevancia y lo remitirá a la Secretaría del Comité de Responsabilidad Social, quien quedará en custodia de todo el expediente. En el caso de participación a través de la ejecución de obras o mantenimiento, la Gerencia de Desarrollo Distrital, luego de la aprobación, será el área encargada de coordinar con el interesado la suscripción del Acta de Responsabilidad Social de acuerdo a lo señalado en el presente artículo. Artículo Noveno.- CONTENIDO DEL ACTA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL El acta de responsabilidad social a suscribir con el interesado, deberá contener como mínimo lo siguiente: Introducción: Se señala el lugar, fecha, hora de la emisión del acta, partes intervinientes y se especi fi ca la actividad a realizarse, así como el interés de participación del interesado. Exposición:Se detallará el proyecto de intervención, la descripción de la obra, los bienes y/o servicios que comprende el auspicio de acuerdo al caso. Compromisos: • Objeto del compromiso. • Obligaciones de las partes.• Unidad orgánica responsable de la supervisión.• Características técnicas.• Descripción de la obra.• Vigencia del Compromiso. Parte fi nal • Número de ejemplares. • Lugar y fecha de suscripción del Acta.• Firma de los representantes de las partes intervinientes. Artículo Décimo.- DE SUPERVISIÓN DE LOS COMPROMISOS La unidad orgánica responsable, será la encargada de velar por el cumplimiento de los compromisos contenidos en el Acta de Responsabilidad Social y de informar al Comité de Responsabilidad Social en caso de incumplimiento de los mismos para el inicio de las acciones que correspondan.