Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2015 (24/10/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Sábado 24 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

564551

Nº 2954-2015-SG/JNE, Nº 2955-2015-SG/JNE, Nº 29562015-SG/JNE, Nº 2957-2015-SG/JNE, Nº 2958-2015-SG/ JNE, Nº 2959-2015-SG/JNE, Nº 2960-2015-SG/JNE, Nº 2961-2015-SG/JNE, Nº 2962-2015-SG/JNE, Nº 29632015-SG/JNE, Nº 2964-2015-SG/JNE, Nº 2965-2015-SG/ JNE, Nº 2966-2015-SG/JNE, Nº 2967-2015-SG/JNE, Nº 2968-2015-SG/JNE, Nº 2969-2015-SG/JNE, Nº 29702015-SG/JNE, Nº 2971-2015-SG/JNE, Nº 2972-2015-SG/ JNE, Nº 2973-2015-SG/JNE y Nº 2974-2015-SG/JNE. Para la recepción de aportes y observaciones se habilitó una cuenta de correo electrónico, con el propósito de facilitar una vía de comunicación con las personas interesadas en hacer llegar sus opiniones sobre el texto publicado. 7. Así, luego de la prepublicación del proyecto de reglamento se recibieron los aportes, observaciones y sugerencias de la Asociación Civil Transparencia, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del despacho del magistrado Jorge Armando Rodríguez Vélez, de la Dirección Central de Gestión Institucional, de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales, así como de diversos ciudadanos. Estos aportes, formulados durante el periodo de prepublicación, fueron analizados y procesados para la elaboración de un texto final de reglamento que optimice su aplicación y, por ende, garantice el adecuado desarrollo de los procesos electorales. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia del magistrado Baldomero Elías Ayvar Carrasco, por ausencia de su Presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral que consta de 52 artículos, tres disposiciones finales y dos disposiciones transitorias. Artículo Segundo.- APROBAR el formato de solicitud de autorización de publicidad estatal en razón de necesidad y utilidad públicas en periodo electoral y el formato de reporte de publicidad estatal en razón de necesidad y utilidad pública en periodo electoral; los cuales se encuentran en los anexos 1 y 2, como parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO las resoluciones detalladas a continuación, así como todas las que se opongan al presente reglamento. a. Resolución Nº 136-2010-JNE, que aprobó el Reglamento de Propaganda Electoral, y sus modificatorias, las Resoluciones Nº 140-2010-JNE y Nº 023-2011-JNE. b. Resolución Nº 004-2011-JNE, que aprobó el Reglamento de Publicidad en Periodo Electoral. c. Resolución Nº 014-2011-JNE. Artículo Cuarto.- DISPONER la implementación del Registro de Procedimientos de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en periodo electoral, a cargo de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, el cual contendrá información relativa a estas materias, desde la denuncia o informe del fiscalizador de la DNFPE hasta la conclusión de su trámite, con la finalidad de conocer la información estadísticas de estos procedimientos y el estado de su trámite o ejecución. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución, el reglamento y sus anexos, en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. AYVAR CARRASCO FERNÁNDEZ ALARCÓN CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General

REGLAMENTO SOBRE PROPAGANDA ELECTORAL, PUBLICIDAD ESTATAL Y NEUTRALIDAD EN PERIODO ELECTORAL TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I MARCO LEGAL Artículo 1.- Objetivo Establecer las disposiciones reglamentarias destinadas al control y sanción de la difusión de propaganda electoral y publicidad estatal, así como a la regulación de las actividades relativas al deber de neutralidad, durante el periodo electoral. Artículo 2.- Alcances Las normas establecidas en el presente reglamento son de cumplimiento obligatorio para los Jurados Electorales Especiales, las organizaciones políticas, personeros, candidatos, militantes; así como para las entidades públicas de los niveles de gobierno nacional, regional, local, organismos constitucionales autónomos (incluidos sus órganos descentralizados o desconcentrados, programas y proyectos), empresas del Estado, medios de comunicación social, instituciones privadas y ciudadanía en general. El presente reglamento es de aplicación a los procesos de Elecciones Generales, Elecciones Regionales, Elecciones Municipales, Elecciones Municipales Complementarias y procesos de consulta popular de referéndum y revocatoria. Artículo 3.- Base legal 3.1 Constitución Política del Perú 3.2 Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones 3.3 Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones 3.4 Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades 3.5 Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional del Control y de la Contraloría General de la República 3.6 Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales 3.7 Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales 3.8 Ley N.º 27734, Ley que modifica diversos artículos de la Ley N.º 26864, Ley de Elecciones Municipales 3.9 Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión 3.10 Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal 3.11 Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación 3.12 Ley Nº 26300, Ley de participación y control ciudadano 3.13 Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública 3.14 Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública. CAPÍTULO II DEFINICIONES Y ABREVIATURAS Artículo 4.- Definiciones Para el presente reglamento se utilizarán las siguientes definiciones: 4.1 Determinación de la infracción Es la etapa del procedimiento sancionador que tiene por objeto que el JEE competente verifique el acaecimiento de una circunstancia contemplada como un supuesto de infracción. En caso de que se determine la infracción, se ordenará al infractor que adopte las medidas correctivas pertinentes, bajo apercibimiento de imponer una sanción. 4.2 Determinación de la sanción Es la etapa del procedimiento sancionador que tiene por objeto imponer la sanción como consecuencia del incumplimiento de lo ordenado por el JEE competente en la etapa de determinación de la infracción. Se rige por los principios de razonabilidad y proporcionalidad. 4.3 Dirección Central de Gestión Institucional (DCGI)

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.