Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2015 (24/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

Jurado Nacional de Elecciones
El Peruano / Sábado 24 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES
ANEXO 2

564559

FORMATO DE REPORTE DE PUBLICIDAD ESTATAL EN RAZÓN DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICAS EN PERIODO ELECTORAL TIPO DE PUBLICIDAD:
1. NOMBRE DE LA ENTIDAD

2. NOMBRE DEL TITULAR DEL PLIEGO

3. DOMICILIO DE LA ENTIDAD

4. DOMICILIO PROCESAL

5. MES

6. SEMANA

AL

7. PUBLICIDAD 7.1. CUADRO

DATOS ESPECÍFICOS DE LA PUBLICIDAD EMPRESA QUE DIFUNDIÓ LA PUBLICIDAD ESTATAL UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD
INVERSIÓN

(S/.)

SUB TOTAL FUNDAMENTO DE IMPOSTERGABLE NECESIDAD O UTILIDAD PÚBLICA

TITULAR DEL PLIEGO

1302857-2

Convocan a ciudadanos para que asuman provisionalmente cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima
RESOLUCIÓN Nº 0306-2015-JNE Expediente Nº J-2015-00056-A01 PARAMONGA - BARRANCA - LIMA RECURSO DE APELACIÓN Lima, veintidós de octubre de dos mil quince VISTOS en audiencia pública de la fecha los recursos de apelación interpuestos por Alicia Lidia Flores Rojas y Rafael Serafín Abán Durán en contra del Acuerdo de Concejo Nº 031-2015-CM/MDP, del 9 de junio de 2015, que declaró improcedente la solicitud de suspensión de Fernando Floriano Alvarado Moreno del cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima, por la causal establecida en el artículo 25, numeral 5, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista los Expedientes Nº J-2015-00056-T01, Nº J-2015-00051-T01, Nº J-2015-00051-A01 y Nº J-2015-00056-Q01, y oídos los informes orales. ANTECEDENTES Expediente Nº J-2015-00056-T01 Sobre el pedido de suspensión formulado por Alicia Lidia Flores Rojas

Con escrito del 5 de marzo de 2015 (fojas 1 a 5 del Expediente Nº J-2015-00056-T01), Alicia Lidia Flores Rojas presentó ante el Jurado Nacional de Elecciones una solicitud de traslado de suspensión contra Fernando Floriano Alvarado Moreno, alcalde de la Municipalidad Distrital de Paramonga, Provincia de Barranca, departamento de Lima, por la causal establecida en el artículo 25, numeral 5, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), toda vez que dicha autoridad cuenta con una sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por un delito doloso con pena privativa de libertad. Debido a ello, mediante Auto Nº 1, del 10 de marzo de 2015 (fojas 24 y 25 del Expediente Nº J-2015-00056-T01), este órgano colegiado trasladó la referida solicitud al Concejo Distrital de Paramonga para continuar con el trámite respectivo. Expedientes Nº J-2015-00051-T01 y Nº J-201500051-A01 Respecto al pedido de vacancia formulado por Pablo Rolando Ramírez Saldívar Mediante escrito del 23 de enero de 2015 (fojas 105 a 110 del Expediente Nº J-2015-00056-T01), Pablo Rolando Ramírez Saldívar solicitó al Concejo Distrital de Paramonga la vacancia del alcalde Fernando Floriano Alvarado Moreno pues consideraba que había incurrido en la causal establecida en el artículo 22, numeral 6, de la LOM. Al respecto, argumentó que este había sido condenado a cuatro años de pena privativa de la libertad,

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