Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2016 (08/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Viernes 8 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:

S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1365341-2 Artículo Primero.- Disponer, a partir del 1 de mayo de 2016, que el 3° Juzgado Penal Unipersonal permanente de la provincia de Tambopata, Distrito Judicial de Madre de Dios, actuará en adición a sus funciones como Juzgado Penal Liquidador; con competencia territorial en la provincia de Tambopata, para ambas actuaciones en mención; del mismo Distrito Judicial. Artículo Segundo.- La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios adoptará las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la redistribución de la carga pendiente en liquidación de los expedientes tramitados con el Código de Procedimientos Penales del Juzgado Mixto de Tambopata al Tercer Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Tambopata. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio Público, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1365341-3

Disponen que el 3° Juzgado Penal Unipersonal permanente de la provincia de Tambopata, Distrito Judicial de Madre de Dios, actuará en adición a sus funciones como Juzgado Penal Liquidador
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 071-2016-CE-PJ Lima, 23 de marzo de 2016 VISTOS: El Oficio N° 053-2016-ETI-CPP/PJ, cursado por el Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; Informe N° 008-2016-MYE-ST-ETI-CPP/PJ, del Componente Monitoreo y Evaluación de la Secretaría Técnica del citado equipo técnico; y el Oficio N° 93-2015-JMT-CSJMD-PJ/ lfbc, remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios pone a consideración del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial propuesta para que la carga procesal de los casos penales tramitados por el Juzgado Mixto de Tambopata, sean tramitados en adición a sus funciones por los jueces penales encargados del Nuevo Código Procesal Penal. Segundo. Que, al respecto, el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, de conformidad con el análisis desarrollado en el Informe N° 008-2016-MYE-ST-ETICPP/PJ, del Componente Monitoreo y Evaluación de la Secretaría Técnica del citado equipo técnico; en aras de coadyuvar con el acceso a la justicia y de manera excepcional, recomienda considerar viable que los casos penales sean tramitados en adición a sus funciones por los jueces penales encargados del Nuevo Código Procesal Penal. Tercero. Que teniendo en cuenta el informe del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal y, considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para este propósito. Cuarto. Que el artículo 82° inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 248-2016 de la décimo primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez, y Álvarez Díaz;

Disponen que el 4° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de flagrancia del Distrito Judicial del Callao, convertido por Res. Adm. N° 347-2015-CE-PJ, continúe en el conocimiento de los procesos de tránsito y seguridad vial
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 072-2016-CE-PJ Lima, 23 de marzo de 2016 VISTOS: El Oficio N° 088-2016-ETI-CPP/PJ, cursado por el Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; Informe N° 011-2016-NOR-ST-ETI-CPP/PJ, del Componente Monitoreo y Evaluación de la Secretaría Técnica del citado equipo técnico; y Oficio N° 216 y 518-2016-P-CSJCL/PJ, remitido por la Presidenta (e) de la Corte Superior de Justicia de Callao. CONSIDERANDO: Primero. Que la Presidenta (e) de la Corte Superior de Justicia del Callao pone a consideración del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial propuesta para la redistribución de expedientes en materia de tránsito y seguridad vial; que venía conociendo el 8° Juzgado Especializado Penal del Callao en cumplimiento a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 412-2014-CE-PJ, a la fecha convertido en 4° Juzgado de Investigación Preparatoria permanente de flagrancia mediante Resolución Administrativa N° 347-2015-CE-PJ.

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