Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2016 (09/04/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Sábado 9 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

582765

de la Red de Reguladores Económicos (Network of Economic Regulators), 14° Reunión del Comité de Política Regulatoria (Regulatory Policy Committee) y reunión asociada, a realizarse del 11 al 14 de abril de 2016, en la ciudad de París, República Francesa; CONSIDERANDO: Que, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es un foro de cooperación internacional conformado por 34 países, cuya misión es promover políticas que mejoren el bienestar de las personas alrededor del mundo, donde los gobiernos trabajan conjuntamente para intercambiar experiencias y buscar soluciones a problemas comunes en los ámbitos económico, social y ambiental; Que, con fecha 8 de diciembre de 2014, en la ciudad de Veracruz, Estados Unidos Mexicanos, se suscribió el Acuerdo entre la República del Perú y la OCDE, con el objetivo de establecer las condiciones para una cooperación mutuamente benéfica entre las partes, en un Programa País, orientado a promover la adhesión a los instrumentos de la OCDE y la efectiva implementación de sus estándares y mejores prácticas. El citado acuerdo fue ratificado mediante Decreto Supremo N° 004-2015-RE, de fecha 10 de febrero de 2015; Que, la Red de Reguladores Económicos (NER, por sus siglas en inglés) forma parte del Comité de Política Regulatoria (RPC, por sus siglas en inglés) de la OCDE y agrupa a las entidades regulatorias provenientes de sectores tales como energía, telecomunicaciones, transporte y agua, con la finalidad de promover el diálogo y plantear soluciones innovadoras a los desafíos afines a su gestión; Que, la 6° Reunión del NER tendrá lugar el 11 de abril de 2016, y en dicho marco se discutirán asuntos relacionados con el rol de los reguladores en la gobernanza de la infraestructura, así como la evaluación de su desempeño, independencia y salvaguarda. Adicionalmente, los participantes revisarán el programa de trabajo previsto para el siguiente periodo; Que, por su parte, el Comité de Política Regulatoria tiene por finalidad asistir a las economías miembros y no miembros en la elaboración y el fortalecimiento de sus reformas regulatorias; constituyendo una plataforma para ayudar a los países a adaptar políticas, herramientas e instituciones regulatorias, a través del aprendizaje de otras experiencias; Que, los trabajos de este Comité buscan promover la formulación de políticas públicas estratégicas y el diseño de marcos regulatorios efectivos y eficientes para el desarrollo de los mercados de servicios. En ese sentido, el OSIPTEL conjuntamente con otros Organismos Reguladores, ha venido participando en las reuniones del RPC, como parte de las actividades relacionadas con la implementación del Programa País suscrito con la OCDE; Que, los días 13 y 14 de abril del presente año, se realizará la 14° Reunión del referido Comité, que tendrá como finalidad la revisión de las mejores prácticas en cuestiones de política regulatoria; en particular, los temas afines a la cooperación regulatoria internacional, evaluación del desempeño de los reguladores y su rol en el desarrollo y despliegue de la infraestructura en cada sector, entre otros; Que, como actividad asociada a las reuniones antes referidas, el Club de Reguladores Francés, foro independiente que agrupa a las autoridades regulatorias de dicho país con el objetivo de proponer acciones coherentes y promover la cooperación a nivel nacional y de Europa, ha previsto la realización del Taller "The cost of capital: a cross-country and cross-industry perspective", el cual tendrá lugar el día 12 de abril en la sede de la Universidad Paris-Dauphine; Que, el referido Taller tendrá como principal objetivo la comparación de metodologías como un factor clave para la regulación de precios, la adopción de políticas de competencia y la toma de decisiones de inversión. Para ello, se discutirán casos de países en los que se

aplica la regulación multisectorial de servicios, así como la experiencia de gestión de los Reguladores del Reino Unido y de la República Francesa; Que, entre las funciones del OSIPTEL se encuentran la regulación y emisión de normas en el ámbito de su competencia respecto al desenvolvimiento del mercado de servicios públicos de telecomunicaciones, lo cual otorga relevancia a la participación institucional en las reuniones antes descritas, a fin de intercambiar experiencias junto a otros Organismos Reguladores a nivel internacional; Que, en tal sentido, se considera relevante la participación en las citadas reuniones de la señorita Claudia Roxana Barriga Choy, Subgerente de Evaluación y Políticas de Competencia de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, para dar seguimiento a la agenda antes descrita; Que, los gastos de pasajes aéreos en tarifa económica y viáticos serán cubiertos por el OSIPTEL, con cargo a su presupuesto institucional; Que, conforme al literal e) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los viajes que se efectúen en el marco del cumplimiento de las actividades relacionadas con la participación y acceso a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; De conformidad con la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias; Con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal y de la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señorita Claudia Roxana Barriga Choy, Subgerente de Evaluación y Políticas de Competencia de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL, a la ciudad de París, República Francesa, del 09 al 15 de abril de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Aéreos (Incluye TUUA) : Viáticos (2 + 4 días x US$ 540.00 por día) : TOTAL : US$ 2,662.00 US$ 3,240.00 US$ 5,902.00

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria antes mencionada deberá presentar a la institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho de exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 10° de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO MARTIN RUIZ DIAZ (FAU 20216072155) 1365335-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.