Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2016 (09/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Sábado 9 de abril de 2016

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

582767

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO
Autorizan viajes de Especialista en Gestión de Políticas Públicas a Nivel Regional o Local y Presidente (e) del Consejo Directivo del CEPLAN a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 018-2016-CEPLAN/PCD Lima, 7 de abril de 2016 VISTOS: El Informe 023-2016-CEPLAN/OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Informe N° 067-2016-CEPLAN/OGA-RRHH, de la Especialista en Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; el Informe N° 24-2016-CEPLAN/DNSE, del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación; y, CONSIDERANDO: Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, es el organismo técnico especializado, adscrito a la Presidencia de Consejo de Ministros, que ejerce la función de órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, con fecha 8 de diciembre de 2014, se suscribió el Acuerdo entre la República del Perú y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE, cuyo propósito es establecer las condiciones para una cooperación mutuamente benéfica entre las partes a través del mecanismo denominado "Programa País", que está orientado a promover la adhesión de los países a los instrumentos de la referida Organización; Que, mediante Carta GOV/RDP (27/2016), la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE, ha invitado al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico -CEPLAN, a participar en la 35° reunión del Comité de Políticas de Desarrollo Regional y en las reuniones del Grupo de Trabajo sobre Política Urbana, a realizarse del 20 al 22 de abril de 2016, en la ciudad de París, Francia; Que, la participación del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, en las actividades mencionadas permitirá continuar con el conjunto de reuniones que se han venido llevando a cabo en el marco del acuerdo suscrito; Que, por convenir al servicio, resulta necesario autorizar el viaje de la señora Elizabeth del Pilar Vargas Machuca Guerrero, Especialista en Gestión de Políticas Públicas a Nivel Regional o Local, para que participen en las mencionadas actividades; Que, se cuenta con las correspondientes Certificaciones de Crédito Presupuestario Notas N° 0000000046 y N° 0000000048, para sufragar los gastos de viáticos y pasajes respectivamente; Que, el literal e) del artículo 10° de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que los viajes al extranjero que se efectúen en el marco de cumplimiento de la actividades relacionadas con la participación u acceso a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico ­ OCDE, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; De conformidad con la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico y el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM;

Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje, en comisión de servicios, de la señora Elizabeth del Pilar VARGAS MACHUCA GUERRERO, Especialista en Gestión de Políticas Públicas a Nivel Regional o Local, a la ciudad de París, Francia, del 18 al 23 de abril de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- DISPONER que los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución sean cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, conforme al siguiente detalle:
Pasajes en tarifa FEE de emisión Viáticos ($ 540.00 x económica: 3 días de comisión y 2 día de instalación y traslado) $ 2,304.30 $ 30.00 $ 2,700 Total $ 5,034.30

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza por la presente resolución, deberá presentar al Titular del Sector, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR A. VARGAS ESPEJO Presidente (e) Consejo Directivo 1365228-1 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 019-2016-CEPLAN/PCD Lima, 7 de abril de 2016 VISTOS: El Informe 023-2016-CEPLAN/OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Informe N° 065-2016-CEPLAN/OGA-RRHH, de la Especialista en Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; el Informe N° 007-2016/CEPLAN/PCD/ HPCG, del Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo; y, CONSIDERANDO: Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, es el organismo técnico especializado, adscrito a la Presidencia de Consejo de Ministros, que ejerce la función de órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, con fecha 8 de diciembre de 2014, se suscribió el Acuerdo entre la República del Perú y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE, cuyo propósito es establecer las condiciones para una cooperación mutuamente benéfica entre las partes a través del mecanismo denominado "Programa País", que está orientado a promover la adhesión de los países a los instrumentos de la referida Organización; Que, mediante Carta GOV/RDP (27/2016), la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE, ha invitado al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico -CEPLAN, a participar en la 35° reunión del Comité de Políticas de Desarrollo Regional y en las reuniones del Grupo de Trabajo sobre Política Urbana, a realizarse del 20 al 22 de abril de 2016, en la ciudad de París, Francia; Que, la participación del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, en las actividades mencionadas permitirá continuar con el conjunto de reuniones que se han venido llevando a cabo en el marco del acuerdo suscrito;

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