Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2016 (21/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Jueves 21 de abril de 2016

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

583863

Visto el Expediente STDUNI: Nº 2016-15349 presentado por el señor WILMER DÍAZ CONTRERAS, quien solicita duplicado de sus diplomas de Grado Académico de Bachiller y del Título Profesional de Ingeniero, otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería; CONSIDERANDO: Que, el señor WILMER DÍAZ CONTRERAS, identificado con DNI Nº 10511161 egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de sus diplomas de Grado Académico de Bachiller y del Título Profesional, por pérdida del diploma, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modificada por Resolución Rectoral Nº 1685 de fecha 08 de noviembre del 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe Nº 263-UNI/SG/GyT de fecha 18.02.2016, precisa que los diplomas del señor WILMER DÍAZ CONTRERAS de Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Civil, se encuentran registrados en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 08, página 114, con el número de registro 23571-B, así como también del Título Profesional de Ingeniero Civil se encuentra registrado en el Libro de Título Profesionales Nº 16, página 352, con el número de registro 21663-G; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario, en su Sesión Nº 07-2016, realizada el 14 de marzo 2016, previa revisión y verificación de los expedientes, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación de los duplicados de diplomas del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil y del Título Profesional de Ingeniero Civil, al señor WILMER DÍAZ CONTRERAS; Que, estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria Nº 04 de fecha 16 de marzo del 2016, de conformidad con las atribuciones conferidas en el Art. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar, la expedición de duplicado de los diplomas: de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil (otorgado el 06 de junio del 2003); y del Título Profesional de Ingeniero Civil (otorgado el 10 de enero del 2007), ambos del señor WILMER DÍAZ CONTRERAS, anulándose los diplomas otorgados anteriormente. Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELIAS ALVA HURTADO Rector 1369619-1

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria del 18 de abril del 2016. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el Artículo 191º, señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones; Que, la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el Artículo 32º establece que la gestión de Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente; Que, la Ley Nº 28056 ­ Ley Marco del Presupuesto Participativo y modificada mediante la Ley Nº 29298, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 142­2009­EF y modificado mediante Decreto Supremo Nº 131­2010­EF, definen y establecen las disposiciones, alcances y objetivos del Proceso del Presupuesto Participativo; Que, la Ley Nº 28056 ­ Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modificatoria la Ley Nº 29298 y el Reglamento de la Ley Marco, aprobado por Decreto Supremo Nº 142­2009­EF, su modificatoria mediante Decreto Supremo Nº 131­2010­EF, indican que el Proceso del Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado ­ Sociedad Civil, y que para ello los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como, en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos, y que, mediante ordenanza, dispondrán las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identificación y acreditación de los Agentes Participantes en el Proceso del Presupuesto Participativo, particularmente de aquellos representantes de la sociedad civil; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007 ­ 2010 ­ EF / 76.01 se aprobó el Instructivo Nº 001 ­ 2010 ­ EF / 76.01 ­ "Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados", con la finalidad de orientar y fortalecer los procesos de planeamiento concertado y Presupuesto Participativo; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial mediante Memorando Nº 1069­2016­GRC/GRPPAT recomienda aprobar el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 077-2016-GRC/GAJ/LMMA, cuyas conclusiones asume el Gerente de Asesoría Jurídica según Informe Nº 741-2016-GRC/GAJ, considera que resulta procedente la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el Reglamento del Proceso Participativo Basado en Resultados 2017 del Gobierno Regional del Callao, el cual consta de Trece Capítulos, Treinta y Cuatro Artículos y Cuatro Disposiciones Finales, procediendo a su visación; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS 2017 DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Artículo 1º.- Apruébese el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2017 del Gobierno Regional del Callao, el cual consta

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Ordenanza Regional que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2017 del Gobierno Regional del Callao
ORDENANZA REGIONAL Nº 000003 Callao, 18 de abril del 2016 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

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