Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2016 (21/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Jueves 21 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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Comercio Global (SAFE), para participar en las sesiones presenciales para el desarrollo de la Guía de Validación del OEA, a llevarse a cabo los días 9 y 10 de mayo de 2016; Que de otra parte, mediante Carta s/n de fecha 11 de marzo de 2016, el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID cursa invitación a la SUNAT para participar en la jornada de trabajo de carácter regional, a realizarse el día 10 de mayo de 2016 y que tiene como objetivo poner en común los avances realizados en el marco del programa OEA, identificar las sinergias entre los mismos y revisar el desarrollo y el impacto de los instrumentos de fortalecimiento del programa que el BID brinda a la región; Que los citados eventos se llevarán a cabo en la ciudad de Cancún, Estado de Quintana Roo, Estados Unidos Mexicanos, en las fechas señaladas; Que la participación de la SUNAT en los referidos eventos se enmarca dentro del objetivo estratégico institucional de garantizar la seguridad de la cadena logística, procurando armonizar el control aduanero y la facilitación del comercio exterior, en un marco de modernización del rol de las Aduanas, que busca proteger a la comunidad del comercio ilegal e incrementar la competitividad de la economía; Que adicionalmente a ello, la concurrencia de la SUNAT, implica cumplir con el compromiso asumido dentro del Grupo de Trabajo SAFE de la OMA; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme a los Informes N°s. 34-2016-SUNAT/390000 y 38-2016-SUNAT/390000 de fechas 22 y 30 de marzo de 2016 respectivamente, resulta necesario autorizar la participación en los citados eventos de la trabajadora Blanca Luisa Barandiarán Asparrín, Gerente de Operadores (e) de la Intendencia de Gestión y Control Aduanero; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario autorizar el viaje de la trabajadora Blanca Luisa Barandiarán Asparrín, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de viáticos, siendo que los pasajes aéreos, que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y el alojamiento serán cubiertos por el BID; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la trabajadora Blanca Luisa Barandiarán Asparrín, Gerente de Operadores (e) de la Intendencia de Gestión y Control Aduanero del 8 al 13 de mayo de 2016, para participar en el taller "Guía

de Validación del OEA de la OMA", en las sesiones presenciales para el desarrollo de la Guía de Validación del OEA y en la jornada de trabajo de carácter regional, eventos que se llevarán a cabo en la ciudad de Cancún, Estado de Quintana Roo, Estados Unidos Mexicanos, el 9, 10 y 12 de mayo de 2016. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2016 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Blanca Luisa Barandiarán Asparrín Viáticos US $ 704,00

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada trabajadora deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la trabajadora cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR MARTÍN RAMOS CHÁVEZ Superintendente Nacional 1369899-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL
Constituyen Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gestión de la SUCAMEC, encargado de la elaboración del Informe para la Transferencia de Gestión por el periodo 2011 - 2016
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 328-2016-SUCAMEC Lima, 18 de abril de 2016 CONSIDERANDO: 1. Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1127, publicado en el diario oficial El Peruano el 07 de diciembre de 2012, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones; 2. Que, mediante el Decreto Supremo Nº 080-2015PCM se convocó a Elecciones Generales a realizarse el día domingo 10 de abril de 2016, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, Congresistas de la República y los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, para el período 2016-2021, de cuya consecuencia se realizará un cambio de gobierno y, por ende, de gestión, en el Poder Ejecutivo; 3. Que, mediante la Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG se aprobó la Directiva Nº 0032016-CG/GPROD "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del

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