Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2016 (21/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Jueves 21 de abril de 2016 /

El Peruano

Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Supremo Nº 004-2016-VIVIVIENDA, que modifica las Normas Reglamentarias para la implementación de lo dispuesto en la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, aprobadas por Decreto Supremo Nº 015-2014-VIVIENDA, y modificadas por el Decreto Supremo Nº 004-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar los numerales I, III, IV, y V de la Directiva General Nº 006-2015-VIVIENDA/SG "Normas y Procedimientos para el desarrollo de proyectos que se ejecutan a través de Núcleos Ejecutores por los Programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento", aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 007-2015-VIVIENDA-SG, modificada por las Resoluciones de Secretaría General Nºs. 041 y 048-2015-VIVIENDA-SG, los cuales quedan redactados en los siguientes términos: "I. OBJETIVO Establecer los procedimientos técnicos, administrativos y normativos necesarios para el desarrollo de los proyectos de mejoramiento de vivienda rural, saneamiento rural, construcción y mejoramiento de infraestructura del Tambo, infraestructura productiva, e infraestructura de Huaros, a través de los núcleos ejecutores por los Programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ MVCS". "III. ALCANCE La presente Directiva comprende a los órganos y programas del MVCS que intervengan en el desarrollo de proyectos de mejoramiento de vivienda rural, saneamiento rural, construcción y mejoramiento de infraestructura del Tambo, infraestructura productiva, e infraestructura de Huaros, que se ejecuten a través de Núcleos Ejecutores, en los centros poblados de las zonas rural y rural dispersa, de condición pobre y extremadamente pobre; así como a los representantes de los Núcleos Ejecutores y a los miembros de los Núcleos Ejecutores Centrales". "IV. BASE LEGAL 4.1 Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. 4.2 Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. 4.3 Decreto Supremo N° 004-2015-VIVIENDA, Decreto Supremo que modifica las Normas Reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo N° 015-2014-VIVIENDA, para la implementación de lo dispuesto en la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014. 4.4 Decreto Supremo Nº 015-2014-VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba las Normas Reglamentarias para la implementación de la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, modificadas por los Decretos Supremos Nºs. 004-2015-VIVIENDA y 004-2016-VIVIENDA. 4.5 Decreto Supremo N° 066-2009-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal. 4.6 Resolución Ministerial Nº 048-2015-VIVIENDA, que delega facultades en diversos órganos, programas y proyectos del Ministerio y modificatorias. 4.7 Resolución de Superintendencia N° 007-99-SUNAT, que aprueba el Reglamento de Comprobantes de Pago. 4.8 Resolución Directoral N° 002-2007-EF/77.15, que aprueba la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15 y modificatorias.

4.9 Resolución de Secretaría General N° 034-2014-VIVIENDA-SG, que aprueba la Directiva General N° 001-2014-VIVIENDA-SG "Lineamientos para la formulación, aprobación y modificación de Directivas en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento". "V. GLOSARIO DE ABREVIATURAS Y TÉRMINOS Para efectos de la presente Directiva, entiéndase como: (...) - Programas del MVCS: Son los Programas a cargo del MVCS dirigidos a la población pobre y extremadamente pobre asentada en las zonas rural y rural dispersa que ejecutan proyectos de mejoramiento de vivienda rural, saneamiento rural, construcción y mejoramiento de infraestructura del Tambo, infraestructura productiva, e infraestructura de Huaros. Comprende al Programa Nacional de Saneamiento Rural, al Programa Nacional Tambos, al Programa Nacional de Vivienda Rural, al Programa Nacional de Saneamiento Urbano y al Programa Nuestras Ciudades, estos últimos en el marco de las intervenciones autorizadas". (...) - PNC: Programa Nuestras Ciudades - Infraestructura del Huaro: Sistema de movilidad por cable, conocido como "Huaro" u "Oroya", que se utiliza para el desplazamiento de personas de una margen del río a otra; así como, para el transporte de sus productos agrícolas; comprende las obras civiles (Cámaras de anclaje, plataforma de embarque, escaleras, entre otros) y la fabricación e implementación de las obras metal mecánicas, relacionadas con el transporte por cable". Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA DOMINGUEZ DEL AGUILA Secretaria General 1370465-1

ORGANISMOS EJECUTORES

ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Conforman Comisión de Programación y Formulación del COFOPRI, encargada de la presentación de la Propuesta del Presupuesto Institucional Anual 2017
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 041-2016-COFOPRI/DE Lima, 19 de abril de 2016 VISTO: El Informe Nº 023-2016-COFOPRI/OPP del 15 de abril de 2016, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 249-2016-COFOPRI/OAJ del 18 de abril de 2016, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica del Organismo de Formalización de la Propiedad InformaI ­ COFOPRI; y,

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