Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2016 (30/04/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Sábado 30 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

585971

de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de conformidad con el Artículo 9º numeral 11) de la Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal luego del debate de los señores regidores sobre la importancia de este evento y escuchar la exposición del señor Alcalde con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje en representación del Concejo Municipal de la Regidora señora LEYDITH INDIRA HORTENCIA VALVERDE MONTALVA a las ciudades de Roma y Milán - Italia, desde el 08 al 14 de mayo del 2016, para participar en el evento denominado "Misión Técnica Internacional de Capacitación sobre Gestión Eficiente del Transporte Público y Movilidad Urbana, Medio Ambiente, Turismo Sostenible y Planificación de Ciudades: conociendo en la práctica los modelos de desarrollo de las ciudades de Roma y Milán - Italia", organizado por la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe ­ Fundación ONWARD Bolivia y la Asociación Punto Italia, debiendo presentar un informe documentado de la participación del evento. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente acuerdo, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional, debiendo rendir cuenta documentada respecto al concepto de viáticos de acuerdo a ley, conforme al siguiente detalle: LEYDITH INDIRA HORTENCIA VALVERDE MONTALVA Pasajes Viáticos a Europa Inscripción Total S/. S/. 6,800.00 12,285.00 9,100.00 28,185.00

Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Subgerencia de Logística y Patrimonio, el cumplimiento del presente Acuerdo. POR TANTO Mando se registre, comunique, publique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1374047-1

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Aprueban la modificación y mejora de la sección vial de las calles Cuatro, Siete y Ocho, urbanización Parque Industrial del Cono Sur, distrito de Villa El Salvador
ORDENANZA Nº 343-MVES Villa El Salvador, 27 de abril de 2016 EL ALCALDE DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en sesión extraordinaria de la fecha; VISTOS, el dictamen Nº 006-2016-CDU/MVES emitido por la Comisión de Desarrollo Urbano, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica

y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con los artículos II y IX del título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establecen que aquella radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, y a su vez, se legitima a través del proceso de planeación local que es uno integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos, aplicando las políticas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específicas, exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, el artículo 161º numeral 7.2 cardinal 7) de la acotada ley, precisa que es competencia y función metropolitana especial, la planificación, regulación y gestión del tránsito urbano tanto de peatones cuanto de vehículos, por ello mediante ordenanza Nº 341 se actualiza el sistema vial metropolitano que define la estructura vial del área metropolitana de Lima y Callao, la clasificación de vías, los intercambios viales y láminas que contienen las secciones viales normativas, y a su vez, categoriza las vías de Lima Metropolitana, en expresas, metropolitanas, arteriales y colectoras a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y en el caso de la vías locales, según el artículo 5º de la misma norma, a cargo de las municipalidades distritales es decir, corresponde a estas, la definición y aprobación de las secciones viales y normativas y los derechos de vía de las vías locales de su circunscripción; Que, mediante informe de vistos la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano propone la mejora de la sección vial de la calle Cuatro, calle Siete (calle Solidaridad) y calle Ocho (calle Los Artesanos), clasificadas como vías locales en el tramo correspondiente al frontis colindante al predio ubicado en la parcela II del Parque Industrial del Cono Sur de Lima, manzana K3, lote 1, equipamiento Nº 2, distrito de Villa el Salvador, provincia de Lima, departamento de Lima, tramo que califica como Otros Usos según ordenanza Nº 1398-MML, por lo que está permitido el desarrollo de actividades complementarias, tales como actividades comerciales que se integren entre ellas; Que, la modificación propuesta no incrementa ni reduce la sección vial normativa para cada calle sino los módulos interiores, adecuándolos a los existentes, es así que las calles Cuatro, Siete y Ocho varían el ancho normativo de la vereda de 1.80 a 2.40 metros lineales y reducen el estacionamiento por jardín de 3.00 a 2.40 metros lineales, generando el incremento de área verde, subsistiendo invariable todo lo demás, según las láminas adjuntas que forman parte de la propuesta de modificación que se persigue; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano informa que tratándose de una vía local, su función se circunscribe a proveer de acceso a los predios o lotes adyacentes por lo que su aprobación y definición corresponde al gobierno local distrital, por otra parte, las variaciones a los módulos no solo genera mejora del ornato del parque industrial de Villa El Salvador, sino que evita la ocupación indebida del espacio público por el comercio informal, la Oficina de Asesoría Jurídica comparte ese parecer y opina por la procedencia de la propuesta conforme a las opiniones técnicas vertidas; Estando a lo expuesto, en atención al dictamen Nº 0062016-CDU/MVES emitido por la Comisión de Desarrollo Urbano, y en uso de las facultades conferidas por los numerales 8) y 9) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN Y MEJORA DE LA SECCIÓN VIAL DE LAS CALLES CUATRO, SIETE Y OCHO, URBANIZACIÓN PARQUE INDUSTRIAL DEL CONO SUR, DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR Artículo Primero.- APROBAR la modificación y mejora de la sección vial de la calle Cuatro, calle Siete (Solidaridad) y calle Ocho (Los Artesanos), urbanización Parque Industrial del Cono Sur, frontis manzana K3, lote 1, distrito de Villa El Salvador, variando el ancho normativo de la vereda de 1.80 a 2.40 metros lineales y reduciendo el estacionamiento por jardín de 3.00 a 2.40

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.