Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2016 (05/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Viernes 5 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES ORGANOS AUTONOMOS

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de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, mediante Resolución Nº 616-2015/SBNDGPE-SDAPE de fecha 24 de julio de 2015, se resolvió disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 6 725 671,00 m² ubicado entre los cerros Terrones y Redondo, a 4 kilómetros Suroeste del kilómetro 46 de la carretera PE-34D (Torata-Omate) y a 9.8 kilómetros Noroeste del Centro Poblado de Otara, entre los distritos de Torata y Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; Que, es preciso señalar que por error material se consignó en el considerando sexto de la citada Resolución, "tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 5 463 278,88 m²", siendo lo correcto consignar que "corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 6 725 671,00 m² (...)"; Que, el numeral 2.1.1 del artículo 201º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", establece que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efectos retroactivos, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, por los fundamentos expuestos, corresponde rectificar el considerando sexto de la Resolución Nº 6162015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 24 de julio de 2015, situación que no altera el sentido de la misma; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a emitir resoluciones en materia de su competencia; Que, de conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos y al Informe Técnico Legal Nº 0963-2016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 01 de agosto de 2016; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el sexto considerando de la Resolución Nº 616-2015/SBN-DGPE-SDAPE, el cual quedará redactado en el siguiente término: "Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 6 725 671,00 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio a favor del Estado; Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XIII ­ Oficina Registral de Moquegua de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, inscribirá la primera inscripción de dominio conforme se señala en el artículo precedente. Regístrese y publíquese.CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1411989-7

CONTRALORIA GENERAL
Aprueban Planes Anuales de Control 2016 de Órganos de Control Institucional de seis entidades
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 390-2016-CG Lima, 3 de agosto de 2016 VISTO, la Hoja Informativa Nº 00032-2016-CG/PLAN de la Gerencia Central de Planeamiento, mediante la cual propone la aprobación de los Planes Anuales de Control 2016 de seis (06) Órganos de Control Institucional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 22° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución de este Organismo Superior de Control aprobar los planes anuales de control de las entidades; Que, el literal b) del artículo 32° de la Ley N° 27785, establece como facultades del Contralor General de la República, planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General y de los órganos del Sistema; asimismo, el literal c) lo faculta a dictar las normas y las disposiciones especializadas que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en función de los principios de especialización y flexibilidad; Que, por Resolución de Contraloría N° 189-2016CG de 28 de junio de 2016, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, el cual establece en el numeral 5 del artículo 58° que la Gerencia Central de Planeamiento propone la aprobación de los Planes Anuales de Control (PAC); Que, mediante Resolución de Contraloría N° 3612015-CG de 11 de diciembre de 2015 se aprobaron, entre otros, los "Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control ­ año 2016" y la Directiva N° 016-2015-CG/ PEC "Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Anual de Control 2016 de los Órganos de Control Institucional", la cual regula el proceso de programación, monitoreo y evaluación del Plan Anual de Control a cargo de los Órganos de Control Institucional (OCI) de las entidades bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control; Que, la mencionada Directiva establece en el numeral 6.2.1 que los OCI, contando con la conformidad de las unidades orgánicas de las cuales dependen, registrarán sus proyectos de PAC en el Sistema de Control Gubernamental Web (SCG Web) y los remitirán a las unidades orgánicas de las cuales dependen, para su conformidad y posterior envío por el SCG Web a la Gerencia Central de Planeamiento, a fin de que, considerando lo señalado en el numeral 6.2.2, se consoliden los proyectos de PAC, y se elaboren los documentos necesarios para efectuar el trámite de aprobación correspondiente; Que, mediante las Resoluciones de Contraloría Nºs .067-2016-CG, 092-2016-CG, 150-2016-CG y 169-2016CG de 15 de febrero, 23 de marzo, 13 de mayo y 15 de junio de 2016, respectivamente, se aprobaron los Planes Anuales de Control 2016 de setecientos cincuenta y tres (753) Órganos de Control Institucional; Que, a través de la Resolución de Contraloría Nº 141-2016-CG, de 11 de mayo de 2016, se aprobó el Plan Nacional de Control 2016, que incluye los servicios de control programados para el año 2016, a ser efectuados por los Órganos del Sistema Nacional de Control, el mismo que fue modificado por las Resoluciones de Contraloría Nos 150-2016-CG y 169-2016-CG; Que, conforme al documento de visto, la Gerencia Central de Planeamiento recomienda la aprobación de

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