Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2016 (26/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Viernes 26 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

597659

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad, incorporando la función de vigilancia sanitaria de inocuidad agroalimentaria de alimentos primarios y piensos, en el transporte y comercialización
ORDENANZA Nº 346-2016-MDI Independencia, 16 de agosto del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA; VISTO: El Memorando Nº 231-2016-GDEL/MDI e Informe Nº 33-2016-GDEL/MDI de la Gerencia de Desarrollo Económico Local, los Informes Nºs 125 y 169-2016-GPPR/MDI de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, los Informes Legal Nºs 323 y 449-2016-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, Informe N.º 1347-2016-SGAVSA/GGA/MDI de la Sub. Gerencia de Áreas Verdes y Saneamiento Ambiental, Memorando N.º 900-2016-GFCM/MDI de la Gerencia de Fiscalización y Control Municipal Municipal y Memorando N.º 2311-2016-GM/MDI de la Gerencia Municipal, sobre solicitud de modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) incorporando la función de vigilancia sanitaria de la inocuidad agroalimentaria de alimentos primarios y piensos, en el transporte y comercialización a la Sub Gerencia de Área Verdes y Saneamiento Ambiental de la Gerencia de Gestión Ambiental, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades son órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27783 "Ley de Bases de la Descentralización", en su Artículo 42º, inciso c), indica como competencia municipal exclusiva el administrar y reglamentar los servicios públicos locales, destinados a satisfacer las necesidades colectivas de carácter local; Que, Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades", en su Artículo II del Título Preliminar, señala que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo el numeral 8) del Artículo 9º de dicha Ley establece que son atribuciones del concejo Municipal aprobar, modificar o derogar Ordenanzas; Que, el Artículo 81º de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades", señala como funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales el normar, regular el servicio público de transporte terrestre.... a nivel provincial, ejercer la función de supervisión del servicio público de transporte provincial de su competencia; Que, el Artículo 83º de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades" señala como funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, a nivel distrital, en concordancia con las normas provinciales; Que, el inciso 1.1 del Artículo II del Título Preliminar del Decreto Legislativo Nº 1062 que aprueba la "Ley de Inocuidad de los Alimentos", señala que las autoridades competentes, consumidores y agentes económicos involucrados en toda la cadena alimentaria tienen el deber general de actuar respetando y promoviendo el derecho a una alimentación saludable y segura, en concordancia con los principios generales de Higiene de Alimentos

del Codex Alimentarius. La inocuidad de los alimentos destinados al consumo humano es una función esencial de salud pública y, como tal, integra el contenido esencial del derecho constitucionalmente reconocido a la salud; Que, el Artículo 28º del Capítulo V del Decreto Supremo Nº 004-2011-AG "Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria", establece que la vigilancia sanitaria de los alimentos agropecuarios primarios y piensos se realizará a través de inspecciones, certificaciones, monitoreo, autorizaciones sanitarias, entre otras, llevadas a cabo por el SENASA, los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante la Ordenanza Nº 314-2015-MDI se aprobó el nuevo "Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF y Organigrama Estructural de la Municipalidad Distrital de Independencia", el cual considera a la Sub Gerencia de Áreas Verdes y Saneamiento Ambiental, dependiente de la Gerencia de Gestión Ambiental, instrumento de gestión que a la fecha se encuentra vigente; Que, mediante Ordenanza Nº 331-2015-MDI se aprobó el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Independencia, estableciendo la infracción y sanción con el Código 02.300 - Crianza de animales destinado al consumo humano; infracción que es ejecutada a cargo de la Gerencia de Fiscalización y Control Municipal; Que, del Oficio Nº 0164-2016-MINAGRI-SENASADIAIA, con registro de recepción Doc. Simple Nº 151692016, enviado por el Director General de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, señala que las diez (10) funciones de la vigilancia sanitaria de los alimentos agropecuarios primarios y piensos, desde el punto de vista técnico y orgánico deben estar ordenadas y ejecutadas desde una unidad técnica especializada (órgano de línea); y la función de sancionar, debe estar en la unidad orgánica que ejecuta las diez (10) funciones de manera estructural y orgánica, dado que es el área técnica especializada que verifica y tipifica la infracción sanitaria, elabora el acta de inspección sanitaria al comerciante, mercado de abasto o al transportista de alimentos y emite la sanción al incumplimiento de las regulaciones de inocuidad de los alimentos; Que, considerando que en la jurisdicción del distrito de Independencia, existen servicios de transporte y comercialización de alimentos agropecuarios primarios y piensos a cargo de personas naturales y jurídicas responsables de la administración, operación y mantenimiento, las mismas que requieren ser fortalecidas en el marco de la legislación vigente; Contando con la opinión favorable de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización con el Informe Nº 169-2016-GPPR/MDI, de la Gerencia de Asesoría Legal con el Informe Legal Nº 449-2016-GAL/ MDI, de la Gerencia de Fiscalización y Control Municipal con el Memorando Nº 900-2016-GFCM/MDI, de la Sub Gerencia de Áreas Verdes y Saneamiento Ambiental con el Informe Nº 1347-2016-SGAVSA/GGA/MDI y de la Gerencia Municipal con el Memorando Nº 2311-2016-GM/ MDI; y, Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA: "MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) INCORPORANDO LA FUNCIÓN DE VIGILANCIA SANITARIA DE LA INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DE ALIMENTOS PRIMARIOS Y PIENSOS, EN EL TRANSPORTE Y COMERCIALIZACIÓN A LA SUB GERENCIA DE ÁREAS VERDES Y SANEAMIENTO AMBIENTAL" Artículo Primero.- MODIFICAR el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Independencia, en los siguientes términos:

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