Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2016 (26/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Viernes 26 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES GOBIERNOS REGIONALES

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del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, por la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Banco Ripley Perú S.A. la apertura de una agencia dentro de la Tienda Makro ubicada en Av, Prolongación José Carlos Mariategui S/N, Sub Lote 1, Urb. Incho, distrito de El Tambo, provincia de Huancayo y departamento de Junín. Artículo Segundo.- Autorizar al Banco Ripley Perú S.A. el cierre de dos agencias ubicadas en las siguientes direcciones: - Panamericana Sur Km 97.5, Urb. La Querencia, Centro Comercial Asia del Sur, distrito de Asia, provincia de Cañete y Departamento de Lima - Av. Trinidad Moran H-19, Urb. León XIII, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS' Intendente General de Banca 1419990-1

GOBIERNO REGIONAL DE LORETO
Autorizan viaje de Gobernador Regional a México, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 13-2016-SE-GRL-CR: 16/08 /2016 VISTO.En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, de fecha 16 de agosto del año 2016, a mérito del Oficio Nº 567-2016-GRL-P, mediante el cual el Gobernador Regional solicita autorización para viaje a Guadalajara, Jalisco, México al Sr. Edinson Guerrero Sánchez, Consejero Delegado del Consejo Regional de Loreto, quien remite dicho oficio a la Secretaria de Consejo; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191º de la Constitución Política del Estado y el artículo 2º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público interno, gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica ante glosada, precisa que "los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, interés ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional"; Que, el inciso 24) del artículo 2º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto (RIC), aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 031-2008-GRL-CR, modificada por Ordenanza Regional Nº 016-2011 GRLCR, de fecha 07 de marzo de 2012, establece como una de las atribuciones del Consejo Regional, autorizar al Gobernador Regional, Vicepresidente y Consejeros, realizar viajes al exterior en misión oficial; Que, en uso de sus atribuciones, el Consejo Regional de esta entidad, establecidos en los artículos 15º, literal k); 16º literal a) y 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias ­ Ley Nº 27867; artículos 2º numeral 1) y 12º literal b) del Reglamento Interno del Consejo, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 031-2008-GRL-CR, de fecha 15/12/2008, modificado por Ordenanza Regional Nº 016-2011-GRL-CR, de fecha 16/12/11, en su artículo 2º, numeral 24), establece que es atribución del Consejo Regional " Las demás que se señalan de acuerdo a Ley" , y lo señalado en el Literal " G" segundo párrafo del Artículo 10º de la Ley de Presupuesto al año fiscal 2016 "Ley de Presupuesto" por el cual establece el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior ( ...) en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, se autoriza mediante Acuerdo del Consejo Regional (...) y demás normas pertinentes, en Sesión Extraordinaria, de fecha lunes 15 de agosto de 2016; con dispensa previa del trámite de lectura y aprobación del acta anterior, el pleno del Consejo Regional de Loreto ACORDÓ por UNAMIDAD el siguiente acuerdo de Consejo Regional: Artículo Primero.- AUTORIZAR EL VIAJE A LA CIUDAD DE GUADALAJARA, CAPITAL DEL ESTADO DE JALISCO, MEXICO, PARA PARTICIPAR EN LA REUNION ANUAL 2016 DEL GRUPO DE TRABAJO DE GOBERNADORES POR EL CLIMA Y EL BOSQUE (GCF) DEL 28 DE AGOSTO AL 03 DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO DEL SR. GOBERNADOR REGIONAL DE LORETO LIC. ADM. FERNANDO MELENDEZ CELIS. VIAJE, QUE NO IRROGARÁ GASTO ALGUNO AL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO.

Ascienden a funcionario al cargo de dirección de Secretario General de la Secretaría General
RESOLUCIÓN SBS N° 4532-2016 Lima, 24 de agosto de 2016 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, acorde con la política institucional y por convenir al servicio, se ha previsto la ejecución de determinadas acciones de personal en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; Que, asimismo, la Institución cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para atender las acciones de personal que demanden sus unidades orgánicas; y, En uso de las atribuciones contenidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y sus modificatorias; RESUELVE: Artículo Primero.- Ascender, a partir del 25 de agosto de 2016, a don CARLOS ENRIQUE MELGAR ROMARIONI, al cargo de dirección de Secretario General, Nivel N2, de la Secretaría General. Artículo Segundo.- Modificar el Cuadro de Asignación de Personal de la Superintendencia, de acuerdo a lo establecido en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1421056-1

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