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605844 NORMAS LEGALES Domingo 4 de diciembre de 2016 / El Peruano TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD Nº DE ORDEN DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIÓN (*) PLAZO PARA RESOLVER INICIO DEL PROCEDIMIENTO AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER Número y Denominación Formulario / Ubicación En % UIT En S/ Identifi cación y Estado Civil, Art. 26º (12.07.1995). -Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, Portal Art. 11º (30.01.1999). Institucional -Constitución Política del Perú, Art. 12º (30.12.1993). de ESSALUD 3 CONSTANCIA DE NACIMIENTO Presentar: Formulario de 0.2% 7.9 Cinco (05) Unidad/División/Ofi cina Jefe de Unidad/ División/Ofi cina Gestión días hábiles de Admisión, Registros de Admisión, Registros Médicos, Base Legal: 1. Formulario de Gestión Múltiple o solicitud fi rmada por el asegurado Múltiple Médicos, Referencia y Referencia y Contrarreferencia. - Ley Nº 26842, Ley General de Salud (20.07.1997), Art. 29°, titular y/o padre o madre o tutor del menor o representante legal. Contrarreferencia. modifi cado por la Única Disposición Complementaria Modifi catoria 2. Mostrar Documento de Identidad original vigente (DNI, Carné de Unidad/División/ del Establecimiento de de la Ley Nº 30024, Ley que crea el Registro Nacional de Extranjería o Pasaporte). Ofi cina de Admisión Salud de ESSALUD, en Historias Clínicas Electrónicas (25.05.2013). 3. Comprobante de pago por derecho de trámite (original)(1). Registros Médicos donde el asegurado es R.M. Nº 389-2004-MINSA, Art. 1º (23.04.2004). 4. En caso que el titular delegue su representación o no se encuentre Referencia y atendido -Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en capacidad de poder manifestar su voluntad, la representación se Contrarreferencia de Art. 44º, Art. 107º, numeral 154.1 del Art. 154º (11.04.2001). ejercerá conforme a lo siguiente: los Establecimientos -R.M. Nº 766-2010/MINSA, que aprueba la Directiva a. Cuando la persona usuaria tenga capacidad de ejercicio podrá de Salud de Administrativa Nº 166-MINSA-OGEI.V.01, Procedimiento delegar su representación a cualquier persona capaz,a través de una ESSALUD para el fl ujo de los Formularios de Hechos Vitales del Nacido carta poder con fi rma certifi cada por fedatario institucional o notario Vivo y de Defunción", numeral 6.1 de la Directiva (09.10.2010). o juez de paz, en forma anticipada a la situación que le impida -R.M. Nº 148-2012/MINSA, que aprueba la Directiva manifestar su voluntad. Portal Administrativa Nº 190-MINSA-OGEI.V.01, procedimiento b. Cuando la persona usuaria tenga capacidad de ejercicio y Institucional para el registro del Certifi cado de Nacido Vivo en todos los y eventualmente no pueda expresar su voluntad, su representación de ESSALUD establecimientos de salud del país, numeral 6.2.2 de la Directiva será ejercida, conforme los lazos de consanguinidad o afi nidad (06.03.2012) establecidos en la norma civil. -Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de c. Cuando la persona usuaria haya sido declarada por el juez como Identifi cación y Estado Civil, Art. 26º (12.07.1995). absoluta o relativamente incapaz para manifestar su voluntad, será -Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, representada por aquellos que ejerzan la curatela, conforme lo Art. 11º (30.01.1999). establece el Código Civil. Así también los menores de edad serán -Constitución Política del Perú, Art. 12º (30.12.1993). representados por quienes ejerzan la patria potestad y tutela. -D.S.Nº 027-2015-SA, Reglamento de la Ley Nº 29414, Ley que d. Cuando la persona usuaria sea un menor de edad de 16 años o establece los Derechos de las Personas Usuarias de los Servicios más y su incapacidad relativa haya cesado por matrimonio o por la de Salud, Art. 5º (13.08.2015). obtención de título ofi cial que lo autorice a ejercer una profesión u -Constitución Política del Perú, Art. 12º (30.12.1993). ofi cio, conforme a lo establecido en el Código Civil, no requerirá Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales, Art. 17º representación. (03.07.2011). Al precitado requisito deberá adicionar : 5. Copia simple del Documento de Identidad del paciente y solicitante o copia del documento que acredite la representación legal señalada en el literal c. Notas: (1) Pago en efectivo en la Caja del Establecimiento de Salud. 4 COPIA DE HISTORIA CLÍNICA Presentar: Formulario de 0.0025% 0.10 Cinco (05) Unidad/División/Ofi cina Jefe de Unidad/ División/Ofi cina 1. Presentar Formulario de Gestión Múltiple o solicitud Gestión días hábiles de Admisión, Registros de Admisión, Registros Médicos, Base Legal: fi rmada por el paciente titular o familiar directo (cónyuge, Múltiple Médicos, Referencia y Referencia y Contrarreferencia. - Ley Nº 26842, Ley General de Salud (20.07.1997), Art. 29°, hijos, padres o hermanos) o representante legal. Contrarreferencia.