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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016 (04/12/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 52

605846 NORMAS LEGALES Domingo 4 de diciembre de 2016 / El Peruano TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD Nº DE ORDEN DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIÓN (*) PLAZO PARA RESOLVER INICIO DEL PROCEDIMIENTO AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER Número y Denominación Formulario / Ubicación En % UIT En S/ de los familiares directos (cónyuge, hijos, padres o hermanos) excluyentemente y en este orden, debiendo acreditarse como tal. Notas: (1) Pago en efectivo en la Caja del Establecimiento de Salud - La copia de historia clínica o Epicrisis sólo será proporcionada al titular de la misma o a su Representante Legal. 5 DUPLICADO DE CERTIFICADO DE INCAPACIDAD Presentar: Formulario de 0.2303% 9.1 Cinco (05) Unidad/División/Ofi cina Jefe de Unidad/ División/Ofi cina TEMPORAL PARA EL TRABAJO - CITT 1. Presentar Formulario de Gestión Múltiple o solicitud Gestión días hábiles de Admisión, Registros de Admisión, Registros Médicos, fi rmada por el paciente titular o familiar directo (cónyuge, Múltiple Médicos, Referencia y Referencia y Contrarreferencia. Base Legal: hijos, padres o hermanos) o el representante legal. Contrarreferencia. - Ley Nº 26842, Ley General de Salud, Art. 13º (20.07.1997), 2. El paciente titular deberá mostrar Documento de Unidad/División/ del Establecimiento de Art. 29º modifi cado por la Única Disposición Complementaria Identidad original vigente (DNI, Carné de Extranjería Ofi cina de Admisión Salud de ESSALUD, en Modifi catoria de la Ley Nº 30024, Ley que crea el Registro o Pasaporte). Registros Médicos donde el asegurado es Nacional de Historias Clínicas Electrónicas (25.05.2013). 3. Comprobante de pago por derecho de trámite (original)(1). Referencia y atendido -Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Contrarreferencia de Art. 107º, numeral 154.1 del Art. 154º (11.04.2001). 4. En caso el duplicado de CITT sea solicitado por un familiar los Establecimientos -Resolución de Gerencia General Nº 1311-GG-ESSALUD-2014, directo o representante, la representación se ejercerá conforme de Salud de que aprueba la Directiva Nº 15-GG-ESSALUD-2014 "Normas a lo siguiente: ESSALUD y procedimientos para la emisión, registro y control de las a. Cuando la persona usuaria tenga capacidad de ejercicio podrá certifi caciones médicas por incapacidad y maternidad en delegar su representación a cualquier persona capaz, a través de una ESSALUD", numeral 6.2.1.8.3 (09.02.2015). carta poder con fi rma certifi cada por fedatario institucional o notario Portal -Decreto Legislativo N° 295, Código Civil Art.14 y 45°(25.07.1984). o juez de paz, en forma anticipada a la situación que le impida Institucional -D.S.Nº 027-2015-SA, Reglamento de la Ley Nº 29414, Ley que manifestar su voluntad. de ESSALUD establece los Derechos de las Personas Usuarias de los Servicios b. Cuando la persona usuaria tenga capacidad de ejercicio y de Salud, Art. 5º (13.08.2015). y eventualmente no pueda expresar su voluntad, su representación -Constitución Política del Perú, Art. 12º (30.12.1993). será ejercida, conforme los lazos de consanguinidad o afi nidad Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales, Art. 17º establecidos en la norma civil. (03.07.2011). c. Cuando la persona usuaria haya sido declarada por el juez como absoluta o relativamente incapaz para manifestar su voluntad, será representada por aquellos que ejerzan la curatela, conforme lo establece el Código Civil. Así también los menores de edad serán representados por quienes ejerzan la patria potestad y tutela. d. Cuando la persona usuaria sea un menor de edad de 16 años o más y su incapacidad relativa haya cesado por matrimonio o por la obtención de título ofi cial que lo autorice a ejercer una profesión u ofi cio, conforme a lo establecido en el Código Civil, no requerirá representación. Al precitado requisito deberá adicionar : 5. Copia simple del Documento de Identidad del paciente y solicitante o copia del documento que acredite la representación legal señalada en el literal c.