Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2016 (04/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

Nº DE ORDEN

DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD DERECHO DE REQUISITOS TRAMITACIÓN (*) Número y Denominación Formulario / Ubicación En % UIT En S/ PLAZO PARA RESOLVER INICIO DEL PROCEDIMIENTO AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER

1 Formulario de Gestión Múltiple Mesa de Parte / Oficina de Trámite Documentario Portal Institucional de ESSALUD 6.070% 239.8 Treinta (30) días hábiles(2) Mesa de Parte /Oficina de Trámite Documentario del Establecimiento de Salud donde se haya constituido una Comisión Médica Calificadora de la Incapacidad(3). Comisión Médica Calificadora de la Incapacidad

El Peruano / Domingo 4 de diciembre de 2016

CERTIFICADO MÉDICO PARA EL TRÁMITE DE PENSIÓN DE INVALIDEZ Para: Asegurados por incapacidad temporal prolongada establecida en la Ley Nº 26790 y por prórroga de pensión.

Base Legal: - Decreto Ley Nº 19990, Ley del Sistema Nacional de Pensiones, Art.26º, modificado por Art. 1º de la Ley Nº 27023 (24.12.1998). - Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, Art.11º (30.01.1999). - Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General Art. 44º, Art. 107º y numeral 154.1 del Art.154º(11.04.2001). - D.S. N° 166-2005-EF, medidas complementarias para la aplicación de la Ley N° 27023, art. 1º y 2° (07.12.2005). - R.M. N° 478-2006/MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria Nº 003-MINSA/DGSP-V.01: "Aplicación Técnica del Certificado Médico requerido para el otorgamniento de pensión de invalidez -D.S. Nº 166-2005-EF", Art.1º y 2º (22.05.2006). -Constitución Política del Perú, Art. 12º (30.12.1993).

Presentar: 1. Formulario de Gestión Múltiple o solicitud del asegurado titular, curador o representante. 2. Mostrar Documento de Identidad original vigente (DNI, Carne de Extranjería o Pasaporte) de la persona a ser evaluada. 3. Comprobante de pago por derecho de Evaluación Médica(1).

NORMAS LEGALES

Notas: (1) Pago en efectivo en la Caja del Establecimiento de Salud. No incluye el costo de examenes auxiliares y/o interconsultas adicionales que requiera la Comisión Médica Calificadora de la Incapacidad para determinar la condición de incapacidad del paciente evaluado, debiendo ser asumidos por el solicitante. (2) La atención del procedimiento será de acuerdo a la capacidad resolutiva de las Redes Asistenciales de ESSALUD. El plazo establecido no incluye el tiempo que demande la ejecución de interconsultas médicas y/o exámenes auxiliares de ayuda al diagnóstico, que adicionalmente requiera la Comisión Médica Calificadora de la Incapacidad. (3) Ver Anexo Establecimientos de Salud que cuentan con Comisiones Médicas Calificadoras de la Incapacidad (Res. Nº 1241-GG-ESSALUD-2015). 2 CONSTANCIA DE DEFUNCIÓN Formulario de Gestión Múltiple Unidad/División/ Oficina de Admisión Registros Médicos Referencia y Contrarreferencia de los Establecimientos de Salud de ESSALUD 0.2% 7.9 Cinco (05) días hábiles Unidad/División/Oficina de Admisión, Registros Médicos, Referencia y Contrarreferencia. del Establecimiento de Salud de ESSALUD, en donde el asegurado es atendido Jefe de Unidad/ División/Oficina de Admisión, Registros Médicos, Referencia y Contrarreferencia.

Base Legal: - Ley Nº 26842, Ley General de Salud (20.07.1997), Art. 29°, modificado por la Única Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30024, Ley que crea el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas (25.05.2013). -Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Art. 44º, Art. 107º numeral 154.1 del Art. 154º (11.04.2001). -R.M. Nº 766-2010/MINSA, que aprueba la Directiva Administrativa Nº 166-MINSA/OGEI-V.01 "Procedimiento para el flujo y calidad de los Formularios de Hechos Vitales del Nacido Vivo y de Defunción, numeral 6.1 de la Directiva (9.10.2010) -Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de

Presentar: 1. Formulario de Gestión Múltiple o solicitud simple requiriendo Constancia de Defunción, firmado por el familiar directo (Cónyuge, hijos, padres o hermanos). 2. Mostrar Documento de Identidad vigente (DNI, Carné de Extranjería o Pasaporte). 3. Comprobante de pago por derecho de trámite (original)(1).

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