Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2016 (30/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 264

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NORMAS LEGALES

Viernes 30 de diciembre de 2016 /

El Peruano

suscribir en nombre y representación de la municipalidad, todo tipo de convenios con organizaciones e instituciones, públicas, privadas, organizaciones no gubernamentales ONG, entidades cooperantes nacionales e internacionales para que en forma desinteresada y voluntaria apoyen acciones a favor de los beneficios del CIAM. Artículo Sexto: DE LA SOSTENIBILIDAD Para garantizar la sostenibilidad, el CIAM, será incorporado en la estructura, instrumentos de gestión y partidas presupuestales determinadas por Ley. Artículo Septimo: DE LOS INSTRUMENTOS DE TRABAJO El CIAM, elaborará su Plan de Trabajo para garantizar su correcto funcionamiento y asegurar los derechos de los beneficiarios. Artículo Octavo: DE LA COMUNIDAD Corresponde a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, de manera directa o a través del CIAM, la sensibilización, información y fomento permanente a la ciudadanía de la condición de persona adulta mayor, y la necesidad de brindarle un trato diligente, respetuoso y solidario, fomentando su participación como miembro activo de la comunidad. Artículo Noveno: La presente ordenanza regirá a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El PeruaNº Artículo Décimo: DEROGAR toda norma o disposición municipal que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. Mando se registre, publique y cumpla. PEDRO EDWIN MARTÍNEZ TALAVERA Alcalde 1468634-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA
Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Santa María
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Municipalidad Distrital de Santa María mediante Oficio Nº 0343-2016-ALC/MDSM, recibido el 29 de diciembre de 2016) ORDENANZA MUNICIPAL N° 009-2015-MDSM/A Santa María, 1 de julio de 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Santa María en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, visto el Informe Legal N°000257-2015-OAJ-MDSM, referente al Proyecto de Ordenanza Municipal QUE APRUBA EL NUEVO TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ TUPA, DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA , y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194° de la constitución política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tiene autonomía política,

económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponden al concejo las funciones normativas, fiscalizadoras y a la alcaldía las funciones ejecutivas; Que el numeral 36.1 del Art. 36° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General señala los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA. Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es el documento de gestión pública que compila los procedimientos administrativos y servicios exclusivos que regula y brinda una entidad pública. Este documento debe estar a disposición de los ciudadanos de acuerdo a ley, a fin de que estos puedan hacer gestiones que consideren pertinentes en igualdad de condiciones y con suficiente información. Que el Art. 38° de la misma ley, establece que el TUPA se aprueba con Ordenanza Municipal, para el caso de las municipalidades, las mismas que se encuentran obligadas a publicar el íntegro del mismo cada dos (2) años; Que, el Art. 40° de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades establece que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, esta Gestión Municipal en observación de las normas antes indicadas y en aplicación de los principios de legalidad, celeridad, eficacia, economía y simplicidad previstos en la Ley N°27444, considera necesario emitir y publicar el TUPA de la Municipalidad Distrital de Santa María. Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2007-PCM, se establece la metodología de simplificación administrativa y su implementación para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad; Que, bajo este contexto y de análisis de los elementos que comprende el proyecto del TUPA presentado por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización encargada de la elaboración del Nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Santa María., se tiene que, los requisitos, la base legal, costos, calificación y aprobación de los procedimientos del tupa se encuentran adecuados con lo normado por Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo N° 079-2007PCM, Decreto Supremo N° 062-2009-PCM ­ Ley del Silencio Administrativo y normatividad referida a cada procedimiento; Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2013PCM se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, constituyéndose en el principal instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establece la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país; Que, mediante Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país; Que, mediante Resolución Ministerial N° 088-2015PCM, Aprueban TUPA Modelo de los procedimientos administrativos de licencia de funcionamiento e inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones para las municipalidades provinciales y distritales; Que, de conformidad a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los numerales 8 y 9 del Art. 9° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL NUEVO TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ TUPA, DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA Artículo Primero.- DEROGAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Distrital de Santa María aprobado con Ordenanza Municipal N° 007-2012, así como sus ampliatorias, modificatorias y todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza.

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