Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2016 (30/12/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 254

610712

NORMAS LEGALES

Viernes 30 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Ratifican la Ordenanza N° 023-2016-MDCH de la Municipalidad distrital de Chancay, que establece los arbitrios de limpieza pública, parques y áreas verdes y serenazgo para el ejercicio 2017
ACUERDO DE CONCEJO Nº 081-2016-MPH-CM Huaral, 16 de diciembre de 2016 EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el expediente sobre el pedido de Ratificación de la Ordenanza N° 023-2016-MDCH/A, que Establece los Arbitrios de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Áreas Verdes y Serenazgo para el Ejercicio 2017; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley Nº 27680 y Ley N° 30305, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobiernos Promotores del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el tercer párrafo del artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone lo siguiente: "Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para vigencia". Que, de acuerdo a la Sentencia del Tribunal Fiscal, recaída en el expediente N° 0053-2004-PI/TC, en su punto VII Fundamentos de Constitucionalidad Formal, en su literal B. El bloque de la constitucionalidad como parámetro de control de la producción normativa municipal, establece: "que no resulta contrario ni a la garantía institucional de la autonomía municipal, ni tampoco al principio de legalidad en materia tributaria. Por cuanto la ratificación de Ordenanzas distritales por los municipios provinciales coadyuva a los objetivos de una política integral y uniforme acorde con el principio de igualdad que consagra el artículo 74° de la Constitución (Numeral 2). Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 68° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, las municipalidades pueden imponer entre otras tasas, la de arbitrios, que es aquella que se paga por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente, definición que guarda concordancia con lo que establece la Norma II del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF. Que, la Municipalidad Provincial de Huaral, mediante Ordenanza Municipal N° 010-2016-MPH, aprobó el Procedimiento para la Ratificación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ámbito de la Provincia de Huaral. Que, mediante Ordenanza Municipal N° 0232016-MDCH, de fecha 27 de Setiembre de 2016 la Municipalidad Distrital de Chancay aprobó los arbitrios de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Áreas Verdes y Serenazgo para el Ejercicio 2017. Que, mediante Oficio N° 335-2016-MDCH/A el señor Juan Álvarez Andrade, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chancay solicita ratificación de la Ordenanza Municipal N° 023-2016-MDCH y remite todos los antecedentes. Que, mediante Oficio N° 197-2016-MDCH/OSG el Secretario General de la Municipalidad Distrital de Chancay remite copia certificada del Acta de Sesión de

Concejo en la cual se aprobó la ordenanza que establece los arbitrios de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Áreas Verdes y Serenazgo. Que, mediante Informe Técnico N° 025-2016-MPHGRAT la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Huaral informa que revisada los antecedentes que motivaron la Ordenanza Municipal N° 023-2016-MDCH, se aprecia que éste cumple con todas las disposiciones legales y jurisprudencia que regulan los arbitrios municipales, por lo que considera viable ratificar la citada ordenanza municipal. Que, mediante el Dictamen correspondiente la Comisión de Administración, Economía y Planeamiento del Concejo Municipal ha evaluado y recomienda la ratificación de la Ordenanza N° 023-2016-MDCH/A, Ordenanza que Establece los Arbitrios de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Áreas Verdes y Serenazgo para el Ejercicio 2017. ESTANDO A LO EXPUESTO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIEREN LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES LEY N° 27972, CON EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE REGIDORES CORRESPONDIENTE Y, CON EL VOTO UNÁNIME DE LOS SEÑORES MIEMBROS DEL CONCEJO MUNICIPAL Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA; ACORDÓ: Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza N° 0232016-MDCH, "Ordenanza que Establece los Arbitrios de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Áreas Verdes y Serenazgo para el Ejercicio 2017", emitido por la Municipalidad Distrital de Chancay de la Provincia de Huaral, Departamento de Lima. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y a las demás unidades orgánicas, en lo que corresponda. Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas, unidad orgánica dependiente de la Gerencia de Administración y Finanzas, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el portal de la Municipalidad Provincial de Huaral (www. munihuaral.gob.pe). Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, y cúmplase. ANA AURORA KOBAYASHI KOBAYASHI Alcaldesa de Huaral 1468293-1

Ratifican la Ordenanza N° 025-2016-MDCH que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en playas del distrito de Chancay
ACUERDO DE CONCEJO Nº 082-2016-MPH-CM Huaral, 16 de diciembre de 2016. EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el expediente sobre el pedido de Ratificación de la Ordenanza N° 025-2016-MDCH, que Aprueba la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Distrito de Chancay; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley Nº 27680 y Ley N° 30305, en

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.