Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 254

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NORMAS LEGALES
VISTO:

Sábado 31 de diciembre de 2016 /

El Peruano

DESISTIMIENTO DE RECURSOS 3.1 Tratándose de personal natural ADMINISTRATIVOS Adjuntar copia de carta poder especial para desistimiento.

GERENCIA DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL SUGERENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 1 PERMISO DE OPERACIÓN A PERSONAS JURÍDICAS PARA PRESTAR EL SERVICIO CON VEHÍCULOS MENORES 5 (Eliminado) Y VIALIDAD:

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MODIFICACIÓN DEL REGISTRO MUNICIPAL DE VEHÍCULOS MENORES POR CAMBIO DE DATOS RESPECTO DEL: 4 (Eliminado) -TRANSPORTADOR AUTORIZADO -CONDUCTOR -VEHÍCULOS MENORES, INCLUYE BAJA DE VEHÍCULOS MODIFICACIÓN DEL REGISTRO MUNICIPAL DE VEHÍCULOS MENORES POR CAMBIO DE 3 (Eliminado) DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL

En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; el Dictamen Conjunto N° 001-2016-CEPyP-MDB y CDUTySFL-MDB de las Comisiones de Economía, Presupuesto, Planificación y la Comisión de Desarrollo Urbano, Transporte y Saneamiento Físico Legal de la Municipalidad Distrital de Breña, la Carta N° 17362016-SG/MDB de la Secretaria General que contiene el Informe N° 141-2016-GM/MDB de la Gerencia Municipal, el Informe N° 153-2016-GPPROPICI/MDB de la Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización, OPI y Cooperación Interinstitucional, el Informe N° 593-2016GAJ/MDB, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe N° 380-2016-SGOP-GDU/MDB de la Subgerencia de Obras Privadas; sobre el proyecto de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ 2016 de la Subgerencia de Obras Privadas de la Municipalidad Distrital de Breña; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305, Ley de Reforma de los artículos 191°, 194° y 203° de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiernos Regionales y de los Alcaldes, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...); Que, conforme lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales son los órganos de representación del vecindario, que promueven la adecuada prestación de los servicios públicos y su desarrollo integral sostenible y armónico, que tienen entre sus funciones específicas exclusivas, entre otras, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias; Que, el numeral 38.1 del artículo 38° del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 dispone que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, mediante Decreto Supremo N° 400-2015-EF se aprobaron los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivo a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016; Que, mediante Resolución Directoral N° 0032016-EF/50.01 se aprobaron los instructivos para el cumplimento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016; Que, por Decreto Supremo N° 009-2016-VIVIENDA publicado en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 23 de julio de 2016, se modifica el Reglamento de Licencia de Habilitación Urbana y Licencias de edificación, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA y modificado por los Decretos Supremos N°s. 012-2013-VIVIENDA y 014-2015-VIVIENDA; Que, la Subgerencia de Obras Privadas mediante Informe N° 380-2016-SGOP-GDU/MDB, con fecha 21 de noviembre de 2016 remite la propuesta de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativo acorde al nuevo cambio normativo del Decreto Supremo N°0092016-VIVIENDA, a fin de dar cumplimiento a la actividad 1: "Actualización de medios de difusión y orientación adecuada a los administrados sobre el procedimiento de Licencia de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones en base a la normativa vigente" de la Meta N° 25 "Emitir la Licencia de Edificaciones y Habilitaciones Urbanas en los plazos señalados en el instructivo, de conformidad con lo regulado en las normas vigentes y publicar la información vinculada con el procedimiento en el Portal Web Institucional"; Que, la Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización, OPI y Cooperación Interinstitucional con Informe N° 153-2016-GPPROPICI/MDB, señala que luego de la revisión de la propuesta de modificación del TUPA

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Artículo Tercero.- MODIFICAR; el Texto Único de Procedimientos Administrativos en relación a la denominación del procedimiento que se detalla en anexo adjunto, de acuerdo a lo siguiente: N° DE ORDEN DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA SUBGERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS: SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD 8 NUMERACIÓN MUNICIPAL

Articulo Cuarto.ENCARGAR, el estricto cumplimiento del presente Decreto a las áreas administrativas de la Entidad Municipal que correspondan. Artículo Quinto.- ENCARGAR; a la Gerencia de Tecnologías de la Información, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y del anexo adjunto en el Portal Institucional de la Municipalidad del Distrital de Ate, así como en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www.psce.gob.pe) de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2008-PCM. Artículo Sexto.- DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1468778-1

MUNICIPALIDAD DE BREÑA
Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad
ORDENANZA N° 477-MDB Breña, 29 de diciembre de 2016 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE BREÑA

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