Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 265

El Peruano / Sábado 31 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

611823

GM-GPE de la Gerencia de Planificación Estratégica, el Informe N° 411-2016-MSB-GM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; sobre la Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Borja; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 38°, numeral 38.1 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, prescribe que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por ordenanza municipal en el caso del gobierno local; Que, conforme lo establece la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales son órganos de representación del vecindario, que promueven la adecuada prestación de los servicios públicos y su desarrollo integral sostenible y armónico, que tiene entre sus funciones, específicas exclusivas, entre otros, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias; Que, mediante Ordenanza N° 416-2008-MSB-A, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Distrital de San Borja, ratificado por Acuerdo de Concejo Metropolitano N° 472-MML, y actualizado a la normativa vigente con Decreto de Alcaldía N° 005-2012-MSB-A de fecha 29 de febrero de 2012, que aprobó la adecuación a la nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones; con Decreto de Alcaldía N° 025-2014-MSB-A que simplifica los procedimientos administrativos; así también, con Decreto de Alcaldía N°010-2015-MSB-A, que adecua los procedimientos a la Ley N° 29022 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0032015-MTC; y finalmente con los Decretos de Alcaldía N° 02-2015-MSB-A y N° 04-2016-MSB-A, con los cuales se adecuaron las tasas a la Unidad Impositiva Tributaria de dichos años; Que, mediante Resolución Ministerial N° 088-2015PCM, publicada el 02 de abril de 2015, la Presidencia del Concejo de Ministros (PCM) aprobó el TUPA modelo referido a los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE), que son tramitados por los municipios provinciales y distritales del país, el cual constituye una herramienta de simplificación administrativa que permitirá mejorar la calidad, la eficiencia y la oportunidad de los procedimientos y servicios administrativos que los ciudadanos realizan ante los gobiernos locales, eliminándose obstáculos o costos innecesarios para los ciudadanos al gestionar trámites ante dichos municipios, siendo de aplicación obligatoria; Que, la Gerencia de Planificación Estratégica, con Informe N° 150-2016-MSB-GM-GPE de fecha 14 de diciembre de 2016, informó sobre los planes de Instructivos para el mejoramiento de la Gestión Municipal del año 2016; donde indica que las Municipalidades Tipo A, entre ella la Municipalidad Distrital de San Borja con el Ubigeo N° 150130, deberán cumplir con la Meta 23 "Emitir pronunciamiento sobre las condiciones de seguridad en los plazos señalados en el instructivo y publicar la información vinculada con el procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones en el Portal Web Institucional"; con la Meta 24 "Exigir los requisitos contemplados en la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, emitir la licencia en los plazos consignados en el instructivo y publicar en el Portal Web Institucional la información vinculada con el procedimiento"; y, con la Meta 25 "Emitir la Licencia de Edificaciones y habilitaciones Urbanas en los plazos señalados en el instructivo, de conformidad con lo regulado en las normas vigentes y publicar la información vinculada con el procedimiento en el Portal Web Institucional la información vinculada con el procedimiento", precisándose, que se incluyen en la presente Ordenanza (48) cuarenta y ocho) procedimientos administrativos

a cargo de la Unidad de Obras Privadas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, los que se encuentran previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Ordenanza 416-2008-MSB, ratificado por Acuerdo de Concejo Metropolitano N° 472-MML, en los que no se han incluido más requisitos, ni tampoco se han modificado los derechos administrativos, sino, ha sido necesario adaptar el término del requisito "certificado de habilidad profesional", por "declaración jurada de habilidad"; y asimismo el nombre de la entidad Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) por Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción de Riesgos de Desastres (CENEPRED), situación recurrente en cada uno de los cuarenta y ocho procedimientos, de ahí que se consignen las tasas respectivas, en razón a su ratificación por la Municipalidad Metropolitana de Lima con exige el último párrafo del artículo 40° de la Ley N° 27972; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 411-2016-MSB-GM-GAJ de fecha 14 de diciembre de 2016, concluyó que es viable la aprobación de los procedimientos administrativos - TUPA de las Unidades de Defensa Civil, Licencias Comerciales y Autorizaciones y Obras Privadas, por ajustarse a las normas legales vigentes, cuyo cumplimiento es obligatorio para las entidades públicas, señalando que además permitirá cumplir las Metas 23, 24 y 25 que se han dispuesto para las Municipalidades Tipo A como es la Municipalidad Distrital de San Borja; por lo que corresponde su aprobación por parte del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9°, numeral 8 y artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA Artículo Primero.- Aprobar los 128 procedimientos administrativos, de las Unidades Orgánicas de Defensa Civil, Licencias Comerciales y Autorizaciones, y Obras Privadas contenidos en el Cuadro del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Borja que figuran en el anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Precisar que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con las autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos en donde se desarrollen actividades económicas, recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, y sus modificatorias así como en el TUPA modelo aprobado mediante Resolución Ministerial N° 088-2015-PCM. En cumplimiento de las formalidades previstas en las normas vigentes corresponde disponer la publicación en el portal institucional y en la sede institucional de los procedimientos administrativos de licencias de funcionamiento, así como los planos de zonificación e índice de usos (compatibilidad de usos), esto último con la finalidad de facilitar la adecuada formalización de las solicitudes de licencias de funcionamiento. Artículo Tercero.- Precisar que los procedimientos administrativos atendidos por la Unidad de Defensa Civil recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 048-2011-PCMy sus modificatorias, así como lo dispuesto en el TUPA modelo aprobado mediante Resolución Ministerial N° 088-2015-PCM. Artículo Cuarto.- Precisar que los procedimientos administrativos atendidos por la Unidad de Obras Privadas recogen única y exclusivamente los requisitos, evaluación, plazos y demás formalidades previstas en la Ley N° 29090, Ley que Regulación y Habilitaciones

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