Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2016 (04/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de febrero de 2016 /

El Peruano

SEXTO: En ese orden de ideas, el artículo sétimo de la Resolución Administrativa N° 344-2015-P-CSJV/PJ de fecha 25 de noviembre de 2016, estableció que a partir del 01 de diciembre de 2015, las demandas ingresadas por procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales, sean de conocimiento, en adición a sus funciones, del Primer, Segundo, Tercer Juzgado Civil de Ventanilla; Juzgado Mixto Transitorio del Distrito de Mi Perú; y Juzgado Mixto Transitorio de los Distrito de Ancón y Santa Rosa, manteniendo su competencia territorial. SÉTIMO.- Por lo expuesto, realizando una interpretación sistematica de las Resoluciones Administrativas N° 371-2015-CE-PJ y N° 319-2015-CEPJ, emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se colige con respecto a la carga que afronta el Juzgado de Familia Transitorio de Ventanilla, que los expedientes correspondientes a materia de familia deberán ser redistribuidos al Primer y Segundo Juzgado Permanente de Ventanilla; mientras que los expedientes en materia civil, procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales, deberán ser redistribuidos entre Primer, Segundo, Tercer Juzgado Civil de Ventanilla; Juzgado Mixto Transitorio del Distrito de Mi Perú; y Juzgado Mixto Transitorio de los Distrito de Ancón y Santa Rosa, manteniendo su competencia territorial. OCTAVO: El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, correspondiéndole emprender una política de cautela por una pronta y eficiente administración de justicia con la finalidad de garantizar la mejor organización y funcionamiento de Órganos Jurisdiccionales en pro de los justiciables; asimismo, como director de la política interna de su Distrito Judicial, se encuentra facultado para adoptar las medidas administrativas correspondientes, en aras de mejorar y optimizar la conducción de la Corte de Justicia a su cargo. Por tales consideraciones y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER, la redistribucion de expedientes judiciales a cargo del Juzgado de Familia Transitorio de Ventanilla, se realice hasta el 29 de enero de 2016, conforme se detalla a continuación: - Redistribución de Expedientes en Forma Aleatoria: Especialidad Familia Órganos Jurisidiccionales Primer Juzgado de Familia de Ventanilla Segundo Juzgado de Familia de Ventanilla

Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Comisión Nacional de Productividad Judicial, Presidencia de la Junta de Fiscales del Callao, Presidencia de la Junta de Fiscales de Lima Norte, Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, Ppr de Familia del Poder Judicial, Comisión Especial para el Diseño, Conduccion, Coordinación, Supervision y Evaluacion del Proceso de Adecuación de la Ley N° 30364; y a los Magistrados interesados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA Presidenta 1340965-1

Dan por concluidas designaciones de magistradas y designan Jueza Supernumeraria del Juzgado Mixto de los Distritos de Ancón y Santa Rosa
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 31-2016-P-CSJV/PJ Ventanilla, 29 de enero de 2016 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 371-2015-CE-PJ de fecha 23 de diciembre de 2015; Resoluciones Administrativas N° 181-2015-P-CSJV/PJ de fecha 30 de junio de 2015 y N° 312-2015-P-CSJV/PJ de fecha 03 de noviembre de 2015; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Mediante Resolución Administrativa N° 181-2015-P-CSJV/PJ de fecha 30 de junio de 2015, se dispuso designar, a partir del 01 de julio de 2015, a la señora doctora María Margarita Grados Grados, como Jueza Supernumeraria del Juzgado Mixto Transitorio de los Distritos de Ancón y Santa Rosa. SEGUNDO: Por Resolución Administrativa N° 312-2015-P-CSJV/PJ de fecha 03 de noviembre de 2015, se designó, a partir del 09 de noviembre de 2015, a la señora doctora Ynés Gladys Cadillo Mercado, como Jueza Supernumeraria del Juzgado de Familia Transitorio de Ventanilla. TERCERO: El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolución Administrativa N° 371-2015-CE-PJ de fecha 23 de diciembre de 2015, estableció la reubicación y conversión, a partir del 01 de febrero hasta el 31 de julio de 2016, del Juzgado de Familia Transitorio del Distrito Judicial de Ventanilla como Juzgado Civil Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Tacna. CUARTO: Por Resolución Administrativa Nº 178-2015-P-CSJV/PJ de fecha 30 de junio de 2015, se oficializó el Acuerdo de Sala Plena del 24 de junio de 2015, referido a la aprobación de la relación de abogados aptos para el desempeño de cargos como Jueces Supernumerarios en esta Corte Superior de Justicia, siendo que la señora doctora Ynés Gladys Cadillo Mercado se encuentra comprendida en la relación como abogados aptos para integrar la lista Jueces Especializados de este Distrito Judicial. Asimismo, la señora doctora Ynés Gladys Cadillo Mercado se ha desempeñado como Jueza Supernumeraria en diversos órganos jurisdiccionales en otros Distritos Judiciales; además, ejerció los cargos de Secretario Judicial y Asistente de Juez producto de sus años al servicio de este Poder del Estado e igualmente tiene diversos cursos y actividades de capacitación y actualización en diversas materias del derecho. En ese orden de ideas, es pertinente resaltar la producción del Juzgado de Familia Transitorio de Ventanilla en el año judicial 2015, puesto que alcanzó adecuados niveles de producción entre los órganos jurisdiccionales que integran esta Corte Superior de Justicia.

- Redistribución de Expedientes manteniendo su competencia territorial: Órganos Jurisidiccionales Primer Juzgado de Civil de Ventanilla Segundo Juzgado de Civil de Ventanilla Civil, Procesos Tercero Juzgado de Civil de Ventanilla Contenciosos Administrativos Laborales Juzgado Mixto Transitorio del Distrito de Mi Perú y Previsionales Juzgado Mixto Transitorio de los Distrito de Ancón y Santa Rosa Artículo Segundo.- DISPONER que la redistribución dispuesta en el artículo primero, deberá acompañar los cuadernos, anexos y cargos de notificación completos, debidamente cosidos y escritos, en el estado en que se encuentren. Artículo Tercero.- DISPONER que notificada la presente resolución, la Oficina de Administración Distrital, en coordinacion con el Área de Informática y Estadística de esta Corte Superior de Justicia, deberán adoptar las medidas pertinentes para la adecuación del sistema de ingreso de expedientes y escritos a los órganos jurisdiccionales que correspondan. Artículo Cuarto.- PÓNGASE la presente Resolución Administrativa a conocimiento del Señor Presidente del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Especialidad

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