Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2016 (26/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Viernes 26 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDOS

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la subsanación y previa verificación de la validez del acto de notificación. Artículo Segundo.- REQUERIR a todos los miembros del Concejo Distrital de Pachaconas, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac, para que en el plazo de tres días hábiles, luego de notificado el presente auto, notifiquen el acuerdo de concejo, observando las formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asimismo, dicho concejo deberá remitir a este órgano colegiado los documentos en original o en copia certificada, concernientes a las actuaciones relevantes realizadas durante el trámite de la solicitud de vacancia, bajo apercibimiento de cursar copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Apurímac, sin necesidad de cursar requerimiento de información adicional, a fin de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial penal de turno para que evalúe su conducta de acuerdo con sus competencias. Artículo Tercero.- EXHORTAR a los miembros del Concejo Distrital de Pachaconas, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac, para que adecúen sus procedimientos de vacancia y, en especial, los actos de notificación, de conformidad con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA FERNÁNDEZ ALARCÓN AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Marallano Muro Secretaria General (e) 1349508-1

1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor la declara el concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes a este. 2. De autos se verifica que la autoridad afectada no asistió a las sesiones ordinarias de fechas 9 y 26 de octubre, así como 13 de noviembre de 2015. Es así que, con fecha 11 de diciembre de 2015, el concejo distrital declara la vacancia del regidor Alejandro Justo Iglesias debido a que incurrió en la causal de inasistencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas, contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la LOM. La decisión se formalizó en el Acuerdo de Concejo Nº 003-2015-MDCH, de fecha 11 de diciembre de 2015 (fojas 10 a 12), el cual se notificó el 22 de diciembre de 2015 (fojas 9). 3. Asimismo, la secretaria general de la Municipalidad Distrital de Chuquis informó que el "caso de la vacancia del señor Alejandro Justo Iglesias, que ha sido declarado el día 11 de diciembre del año 2015, y hasta el viernes 15 de enero de 2016, no presentó ningún documento del caso, como reconsideración o apelación" (fojas 7). 4. En consecuencia, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, se debe convocar a Nicanor Primo Puente, identificado con DNI Nº 06227492, candidato no proclamado de la organización política Partido Democrático Somos Perú, para completar el número de regidores del Concejo Distrital de Chuquis, provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco. 5. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamación de resultados de fecha 28 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huamalíes, con motivo de las elecciones municipales del año 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE

Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor del Concejo Distrital de Chuquis, provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco
RESOLUCIÓN Nº 0066-2016-JNE Expediente Nº J-2016-00057-C01 CHUQUIS - DOS DE MAYO - HUÁNUCO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, tres de febrero de dos mil dieciséis VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Lincoln Alberto Pablo Fuentes, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chuquis, provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco, recibida el 2 de febrero de 2016, debido a que se declaró la vacancia del regidor Alejandro Justo Iglesias, por la causal de inasistencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas, contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Mediante Oficio Nº 19-2016-MDCH.A, recibido el 1 de febrero de 2016, Lincoln Alberto Pablo Fuentes, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chuquis, informó que el 11 de diciembre de 2015 el concejo distrital declaró la vacancia del regidor Alejandro Justo Iglesias por la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), debido a que no asistió a tres sesiones ordinarias consecutivas. Esta decisión se formalizó en el Acuerdo de Concejo Nº 003-2015-MDCH, del 11 de diciembre de 2015.

Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Alejandro Justo Iglesias, en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Chuquis, provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Alejandro Justo Iglesias, como regidor del Concejo Distrital de Chuquis, provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco, emitida con motivo de las elecciones municipales de 2014. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Nicanor Primo Puente, identificado con DNI Nº 06227492, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Chuquis, provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco, a fin de completar el periodo municipal 2015-2018, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que lo faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA FERNÁNDEZ ALARCÓN AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1349508-2

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