Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2016 (26/02/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Viernes 26 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

579055

el cargo de Intendente Regional de Cajamarca de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ Sunafil, clasificado como empleado de confianza. Artículo 3°.- Notificar la presente resolución a los servidores antes citados, así como a la Oficina General de Administración, para las acciones pertinentes. Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Sunafil (www.sunafil.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ERNESTO BENITES SARAVIA Superintendente (e) Nacional de Fiscalización Laboral 1349130-1

VISTO: El proveído Nº 226, de fecha 09 de febrero del 2015, procedente de la oficina de Presidencia de la Universidad Nacional de Jaén; Oficio Nº 014-2016-OVPIVCO-UNJ, de fecha 09 de febrero del 2016, procedente de la Oficina del Vicepresidente de Investigación de la Universidad Nacional de Jaén; Acuerdo de Sesión extraordinaria, de fecha 12 de febrero del 2015; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 18º, de la Constitución Política del Perú, establece "... que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y las leyes". Que, mediante Ley Nº 29304 de fecha 19 de diciembre del 2008, se crea la Universidad Nacional de Jaén, como persona jurídica de derecho público interno, y con Resolución Nº 647-2011-CONAFU del 22 de Diciembre del 2011, se aprueba la Autorización de Funcionamiento Provisional de la Universidad Nacional de Jaén. Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 039-2015-MINEDU, de fecha 24 de julio de 2015, se constituye a la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén, integrada por: Dr. Edwin Julio Palomino Cadenas, Presidente; Dr. Manuel Fernando Coronado Jorge, Vicepresidente Académico; y Dr. Manuel Antonio Canto Sáenz, Vicepresidente de Investigación. Que, mediante Ley Nº 27619 " Ley que Regula la Autorización De Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos" , en su artículo 1º regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público, señalando que los viajes al exterior se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva entidad, asimismo en el artículo 4º señala que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior serán calculados conforme a la escala de viáticos por países aprobada mediante decreto supremo. Así también el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que los gastos que por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la escala de viáticos establecida por Ley. Que, según el artículo 5º de la Ley Universitaria Nº 30220, establece como principios que rigen las universidades a la Internacionalización y la Pertinencia de la enseñanza e investigación con la realidad social. Asimismo ,el artículo 6º de la Ley Universitaria Nº 30220, señala que son fines de la Universidad: 6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la Humanidad 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística 6.6 Difundir el conocimiento universal en beneficio de la humanidad. Que, el artículo 5º de nuestro Estatuto señala centro de los fines de la Universidad Nacional de Jaén b) Conservar, acrecentar y transmitir la cultura universal, con sentido crítico y creativo y con especial afirmación de los valores nacionales. c) Atender la formación profesional integral, la investigación científica y las actividades de Extensión Universitaria de la población, así como la producción de bienes y la prestación de servicios en áreas de su competencia. Estas actividades se orientan básicamente al beneficio de todos los sectores de la sociedad. De la misma forma el artículo 150º de nuestro Estatuto indica como funciones y atribuciones del Rector: c) Dirigir las actividades académicas, administrativas, económicas y financieras de la Universidad; Suscribir contratos, actos y convenios a nombre de la universidad. Que, con Oficio Nº 014-2016-OVPIV-CO-UNJ, de fecha 09 de febrero del 2016, el Vicepresidente de Investigación de la Universidad Nacional de Jaén, Dr. Manuel Antonio Canto Sáenz solicita la aprobación de viaje del Presidente de la Comisión Organizadora y el Vicepresidente de Investigación; a la ciudad de Loja, Zamora y Cuenca a partir del día 28 y 29 de febrero, 01, 02, 03 y 04 de marzo del presente año, dicho viaje tiene la finalidad de coordinar sobre los convenios con la Universidad de Loja, Cuenca, Municipalidad de Zamora y sistematizar lo referente a la colaboración con el Instituto Binacional (IBIDESPE). Los gastos valorados a la Bolsa de Viaje son los siguientes:

ORGANOS AUTONOMOS

CONTRALORIA GENERAL
Encargan funciones de Contralor General de la República al Vicecontralor General
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 075-2016-CG Lima, 25 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 33° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, dispone que el Vicecontralor General de la República, es el segundo funcionario de rango del Sistema Nacional de Control y reemplaza al Contralor General en caso de ausencia o impedimento temporal y ejerce las funciones que éste le delega; Que, el Contralor General de la República, hará uso de su descanso vacacional del 26 de febrero al 1 de marzo de 2016, por lo que a fin de asegurar la continuidad de la función rectora que compete a este Organismo Superior de Control, resulta necesario encargar al Vicecontralor General de la República, las funciones inherentes al Despacho Contralor, garantizando el normal funcionamiento de la institución; En uso de las facultades conferidas en los artículos 32° y 33° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar al Vicecontralor General de la República, CPC. Edgar Arnold Alarcón Tejada, las funciones del cargo de Contralor General de la República, a partir del 26 de febrero de 2016 y en tanto dure la ausencia del Titular de este Organismo Superior de Control, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 1349634-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén a Ecuador, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE JAÉN RESOLUCIÓN Nº 52-2016-CO-UNJ Jaén, 12 de febrero del 2016

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.