Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2016 (04/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Lunes 4 de julio de 2016 /

El Peruano

Que, en ese sentido, es necesario emitir la Resolución Presidencial que apruebe el Reglamento para la Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre y otras Directivas de Supervisión como parte del proceso de desarrollo y fortalecimiento del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre ­ OSINFOR; En uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, y con los vistos del Secretario General (e), del Director (e) de Supervisión de Concesiones Forestales y de Fauna Silvestre, del Director (e) de Supervisión de Permisos y Autorizaciones Forestales y de Fauna Silvestre, y de los Jefes (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para la Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre; la Directiva de Supervisión para Títulos Habilitantes con Fines Maderables, la Directiva para Supervisión del Manejo de Fauna Silvestre; y, la Directiva para Supervisión de Títulos Habilitantes para Productos Forestales diferentes a la Madera, Ecoturismo y Conservación, que en Anexos forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que el Reglamento y las Directivas de Supervisión aprobados en el artículo precedente, entrarán en vigencia a los treinta (30) días calendario, contados desde la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, quedando sin efecto las Resoluciones Presidenciales Nº 154-2009-0SINFOR en el extremo de la Castaña; Nº 200-2010-0SINFOR, Nº 125-2012-OSINFOR; Nº 005-2013-OSINFOR; Nº 006-2013-OSINFOR; Nº 049-2013-OSINFOR en el extremo de Concesiones Maderables y Castaña; Nº 050-2013-OSINFOR; y, Nº 063-2013-OSINFOR. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnología de la Información, la publicación de la presente Resolución y su Anexos en el portal electrónico Institucional del OSINFOR (www.osinfor.gob.pe), el mismo día de la publicación de la resolución aprobatoria en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAXIMO SALAZAR ROJAS Presidente Ejecutivo (e) 1399023-2

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, el cargo de Ejecutor Coactivo se ejerce a tiempo completo y a dedicación exclusiva, correspondiendo efectuar la designación pertinente, previo concurso público de méritos; Que, estando a los resultados del Concurso Público Nº 159-2016; y, De conformidad con lo establecido en el inciso f) del numeral 7.3 del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi; RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación al abogado Carlos Eduardo Pajares Méndez en el cargo de Ejecutor Coactivo del Indecopi en mérito al Concurso Público N° 274-2015. Artículo Segundo.- Designar al abogado Carlos Eduardo Pajares Méndez en el cargo de Ejecutor Coactivo del Indecopi, con efectividad al 01 de Julio de 2016 en mérito al Concurso Público N° 159-2016. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1398572-1 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 116-2016-INDECOPI/COD Lima, 24 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que, resulta de necesidad institucional reforzar el normal funcionamiento de la ejecución coactiva de las multas impuestas por los órganos resolutivos del Indecopi; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, el cargo de Auxiliar Coactivo se ejerce a tiempo completo y a dedicación exclusiva, correspondiendo efectuar la designación pertinente, previo concurso público de méritos; Que, estando a los resultados del Concurso Público Nº 160-2016; y, De conformidad con lo establecido en el inciso f) del numeral 7.3 del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi; RESUELVE:

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Dan por concluidas designaciones y designan Ejecutores Coactivos y Auxiliar Coactivo del Indecopi
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 115-2016-INDECOPI/COD Lima, 24 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que, resulta de necesidad institucional reforzar el normal funcionamiento de la ejecución coactiva de las multas impuestas por los órganos resolutivos del Indecopi;

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación al abogado Victor Hugo León Soto en el cargo de Auxiliar Coactivo del Indecopi en mérito al Concurso Público N° 258-2015. Artículo Segundo.- Designar al abogado Victor Hugo León Soto en el cargo de Auxiliar Coactivo del Indecopi, con efectividad al 01 de Julio de 2016 en mérito al Concurso Público N° 160-2016. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1398572-2 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 117- 2016 - INDECOPI/COD Lima, 24 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que, resulta de necesidad institucional reforzar el normal funcionamiento de la ejecución coactiva de las multas impuestas por los órganos resolutivos del Indecopi;

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