Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2016 (04/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Lunes 4 de julio de 2016

NORMAS LEGALES
VISTO:

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Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, el cargo de Ejecutor Coactivo se ejerce a tiempo completo y a dedicación exclusiva, correspondiendo efectuar la designación pertinente, previo concurso público de méritos; Que, estando a los resultados del Concurso Público Nº 188-2016; y, De conformidad con lo establecido en el inciso f) del numeral 7.3 del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi; RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación a la abogada Magda Cecilia García Sotelo en el cargo de Auxiliar Coactivo del Indecopi en mérito al Concurso Público N° 520-2015. Artículo Segundo.- Designar a la abogada Magda Cecilia García Sotelo en el cargo de Ejecutor Coactivo del Indecopi, con efectividad al 01 de Julio de 2016 en mérito al Concurso Público N° 188-2016. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1398572-3 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 118-2016-INDECOPI/COD Lima, 24 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que, resulta de necesidad institucional reforzar el normal funcionamiento de la ejecución coactiva de las multas impuestas por los órganos resolutivos del Indecopi; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, el cargo de Ejecutor Coactivo se ejerce a tiempo completo y a dedicación exclusiva, correspondiendo efectuar la designación pertinente, previo concurso público de méritos; Que, estando a los resultados del Concurso Público Nº 188-2016; y, De conformidad con lo establecido en el inciso f) del numeral 7.3 del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi; RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación al abogado Orlando Adolfo Garnica Quispe en el cargo de Auxiliar Coactivo del Indecopi en mérito al Concurso Público N° 520-2015. Artículo Segundo.- Designar al abogado Orlando Adolfo Garnica Quispe en el cargo de Ejecutor Coactivo del Indecopi, con efectividad al 01 de Julio de 2016 en mérito al Concurso Público N° 188-2016. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1398572-4

El Informe Nº 19-2016/GCT de fecha 28 de junio de 2016, emitido por la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales (GCT); CONSIDERANDO: Que, mediante Carta DN N° 101 de fecha 31 de mayo de 2016, el Director Nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) de Chile, extendió invitación al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, para su participación en el acto protocolar por el lanzamiento del Acuerdo del Procedimiento Acelerado de Patentes (PPH) entre las oficinas de propiedad industrial de la República de Colombia, la República de Chile, Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú que se llevará a cabo el día 30 de junio de 2016 en la ciudad de Puerto Varas, Chile, durante la reunión de Ministros en el marco de la Cumbre Presidencial de Alianza del Pacífico (AP). Que, en el marco del mencionado evento, se prevé la suscripción de una declaración por parte de los representantes de los distintos países, denominada "Declaración Conjunta de los Jefes de las Oficinas de Propiedad Industrial de la Alianza del Pacífico". Que, adicionalmente el INAPI puso en conocimiento del INDECOPI la realización de la reunión de coordinación de Jefes de las Oficinas mencionadas, programada para el día 1 de julio de 2016, a llevarse a cabo en la misma ciudad, a fin de discutir la implementación de los proyectos de cooperación en curso e identificar nuevos proyectos para el segundo semestre del año 2016, Que, en el mes de mayo del año 2013, en el marco de las reuniones de la VII Cumbre de la Alianza del Pacífico, en Cali, Colombia, los Ministros de Relaciones Exteriores de los países Miembros suscribieron el "Acuerdo para el establecimiento del Fondo de Cooperación de la Alianza del Pacífico", el cual permite el desarrollo conjunto de proyectos en diferentes áreas. Que, en ese contexto, surge el grupo de trabajo sobre Propiedad Intelectual con el mandato de preparar e implementar un plan de trabajo con acciones conjuntas y específicas de cooperación entre las oficinas de propiedad intelectual, a objeto de compartir experiencias y extender la colaboración y los nexos de comunicación entre ellas, a fin de lograr un mejor aprovechamiento del sistema de propiedad intelectual en beneficio de los usuarios del mismo; Que, atendiendo a lo expuesto y, teniendo en cuenta que los temas a discutir serán los relacionados al sistema de patentes, se considera necesaria la participación del señor Manuel Javier Castro Calderón, Director de la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías (DIN) del INDECOPI; dado que poseen dentro de su área de trabajo, el grado de especialización y experiencia necesaria para atender los requerimientos del referido evento, siendo que podrá brindar el respaldo técnico necesario a la delegación peruana a fin de destacar la posición peruana; Que, asimismo, resulta de gran importancia la participación del representante del INDECOPI, debido a la necesidad de participar en el acto protocolar, en la suscripción de la declaración antes descrita y la reunión de jefes de oficina,; Que, en vista de lo señalado, resulta importante contar con la participación del señor Manuel Castro Calderón en el mencionado viaje de representación, en virtud a la relevancia que tiene para el país continuar con el proceso de negociación e implementación de acciones conjuntas de cooperación en el marco de la Alianza del Pacífico en temas de Propiedad Intelectual; Que, la participación del referido representante permitirá estrechar lazos de cooperación con los países que conforman la Alianza del Pacífico, a fin de compartir experiencias y analizar las posibilidad de gestionar actividades de manera conjunta; Que, en atención a las consideraciones expresadas, el viaje de representación del citado funcionario resulta de interés nacional debido a que el mismo se efectúa en el marco de las acciones de negociación de un acuerdo comercial de importancia para la República del Perú, por lo cual se estima necesario autorizar la participación

Autorizan viaje de funcionario del Indecopi a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 120-2016-INDECOPI/COD Lima, 24 de junio de 2016

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