Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2016 (15/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 126

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NORMAS LEGALES
DECRETA:

Viernes 15 de julio de 2016 /

El Peruano

Que, el numeral 13.3 del precitado artículo 13 dispone que las transferencias de recursos que se aprueben en el marco de lo establecido en el indicado artículo, destinada a financiar proyectos de inversión con un monto de inversión mayor o igual a TRES MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 3 000 000,00), que no correspondan a proyectos de inversión pública ejecutados por Empresas del Estado bajo el ámbito de FONAFE o por una entidad prestadora de servicios de saneamiento (EPS), se efectuará sólo hasta por un ochenta por ciento (80%) del valor total pactado, para ser transferido en el Año Fiscal 2016; Que, los numerales 13.4 del artículo 13 y 14.3 del artículo 14 de la Ley Nº 30372, establecen que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; además, las entidades receptoras de las transferencias informarán a la entidad del Gobierno Nacional que transfiere los recursos el avance físico y financiero de la ejecución del proyecto; Que, de otro lado, mediante Resolución Directoral Nº 009-2016-EF/52.01, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas determina las operaciones de endeudamiento a las que aplica el artículo 14 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, mediante los Informes Nºs. 112, 117, 134, 121, 119, 135, 140, 138 y 144-2016-OGPPM-OPF/MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización indica que el pliego Ministerio de Salud cuenta con los recursos necesarios para efectuar la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas y de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, para el financiamiento de doscientos seis (206) proyectos de inversión pública de infraestructura sanitaria, los cuales cuentan con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, así como con el registro en el Banco de Proyectos del SNIP del informe de consistencia del estudio definitivo o expediente técnico detallado, o con el registro de Variaciones en la Fase de Inversión, o el registro de la Verificación de Viabilidad, a los que se refiere la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral Nº 0032011-EF/68.01 y modificatorias; asimismo, se precisa que para la ejecución de los proyectos a cargo de los pliegos del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, el Ministerio de Salud ha suscrito los convenios respectivos con dichas entidades; en virtud de lo cual a través de los Oficios Nºs. 1308, 1311, 1497, 1321, 1322, 1508, 1523, 1525 y 1526 -2016-SG/ MINSA, el Ministerio de Salud solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas del pliego Ministerio de Salud a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, y de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma total de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 210 274 948,00), para el financiamiento de doscientos seis (206) proyectos de inversión pública de infraestructura sanitaria, con cargo a las Fuentes de Financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito respectivamente, en el marco de lo dispuesto en las normas indicadas en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en los artículos 13 y 14 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y las Leyes Nºs. 30454 y 30458;

Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 210 274 948,00), del pliego Ministerio de Salud a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para financiar la ejecución de doscientos seis (206) proyectos de inversión pública de infraestructura sanitaria, y de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 011 : Ministerio de Salud 001 : Administración Central - MINSA

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 78 073 333,00

GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos No Financieros FUENTE DE FINANCIAMIENTO

3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 132 201 615,00 --------------------TOTAL EGRESOS 210 274 948,00 ============ En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos No Financieros

A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.0. Reserva de Contingencia PLIEGO 8 081 652,00 131 : Instituto Nacional de Salud ACTIVIDAD

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 4 437 376,00

GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos No Financieros PLIEGO

137 : Instituto de Gestión de Servicios de Salud

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 8 338 199,00 --------------------20 857 227,00 ============

GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos No Financieros SUBTOTAL

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