Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2016 (15/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 114

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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de julio de 2016 /

El Peruano

Estando a lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 20º, Inc. 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de todos los inmuebles de la jurisdicción distrital de San Martín de Porres, a partir del 15 y hasta el 31 de Julio del año en curso, con ocasión de celebrarse el Centésimo Nonagésimo Quinto (195º) Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- DISPONER que todas las áreas administrativas de la Entidad cumplan con la difusión e implementación del presente Decreto, en lo que les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1404559-1

Estando a lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 20º, inciso 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la fecha de realización del Sorteo al Vecino Puntual Sanmartiniano al 16 de Setiembre del 2016; Artículo Segundo.- AMPLIAR lo dispuesto en el Artículo 2º de la Ordenanza 408-MDSMP, a efectos que participen del sorteo, todas aquellas personas que hayan cumplido con el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio corriente hasta el 31 de agosto de 2016. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1404561-1

Prorrogan fecha de realización del Sorteo al Vecino Puntual Sanmartiniano
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2016/MDSMP San Martín de Porres, 13 de julio de 2016 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Memorándum Nº 858-2016-GM-MDSMP de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 1115-2016GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 081-2016-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Nº 307-2016-SGRTGAT/MDSMP de la Sub Gerencia de Registro Tributario; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607 y Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 408-MDSMP se aprobó el Sorteo al Vecino Puntual Sanmartiniano, el cual tiene por finalidad reconocer y premiar el pago oportuno del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2016, estableciéndose en su artículo 1º como fecha de realización del sorteo el 15 de Julio del presente año; Que, mediante Informe Nº 307-2016-SGRT-GAT/ MDSMP la Subgerencia de Registro Tributario señala que es política de la actual administración reconocer la responsabilidad y muestra de cultura tributaria de aquellos vecinos que vienen cumpliendo sus obligaciones tributarias puntualmente y de incentivar dicho cumplimiento, fomentando de esta manera la cultura tributaria, en ese sentido y teniendo en cuenta la gran acogida de contribuyentes, considera necesario otorgar un tratamiento especial para los vecinos que aún vienen cumpliendo con sus obligaciones tributarias y se prorrogue la fecha de realización del Sorteo al Vecino Puntual Sanmartiniano para el 16 de setiembre de los corrientes, opinión esta que es compartida por la Gerencia de Administración Tributaria según se indica en el Informe Nº 081-2016-GAT/MDSMP; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 1115-2016-GAJ/MDSMP teniendo en cuenta lo anteriormente indicado señala que se cumple con los requisitos de orden legal que hacen factible prorrogar la fecha de realización del Sorteo al Vecino Puntual Sanmartiniano para el 16 de setiembre de 2016;

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Autorizan la realización de Matrimonio Civil Comunitario por aniversario del distrito
ORDENANZA Nº 360-MDS Surquillo, 28 de Junio del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 195º numerales 4) y 10) de la Constitución Política del Perú modificada por las Leyes de Reforma Constitucional y los artículos 248º y siguientes del Código Civil, en uso de las atribuciones previstas en el numeral 3) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA REALIZACION DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO POR 67° ANIVERSARIO DEL DISTRITO DE SURQUILLO Artículo 1º.- OBJETO DE LA DISPOSICIÓN: Autorícese la realización de un Matrimonio Civil Comunitario con ocasión de las celebraciones por el Sexagésimo Sétimo Aniversario de Creación Política del Distrito de Surquillo. Artículo 2º.- REDUCCIÓN Y EXONERACIÓN DE DERECHOS: Establecer en S/ 60.00 (Sesenta y 00/100 Soles) el pago por todo concepto que deberán abonar las parejas contrayentes que cumplan con los requisitos para participar en la ceremonia autorizada en el artículo 1º, dejándose en suspenso la tasa contenida en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA- para el presente caso. Asimismo, las parejas contrayentes se encuentran exoneradas del pago de las tarifas respectivas por el otorgamiento de Certificado Médico Pre ­ Nupcial y Consejería Preventiva. Artículo 3º.- DISPENSA DE PUBLICACIÓN: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 252° del Código Civil, autorizar al Alcalde para que dispense a los contrayentes de la publicación del aviso por periódico del matrimonio civil a que alude el Artículo 250° del Código Civil, siempre que se presenten todos los requisitos que exige el Artículo 248º del Código Civil, así como los requisitos que el TUPA exige para dicho fin, correspondiendo en todo caso, a la Sub Gerencia

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