Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2016 (28/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 126

595468
5.8. 5.9. 5.10.

NORMAS LEGALES

Jueves 28 de julio de 2016 /

El Peruano

Participará en la toma de la declaración del adolescente, con la presencia de su abogado defensor y de sus padres y/o adultos responsables, según sea el caso. Si detecta que el/la adolescente se encuentra en situación de vulnerabilidad promoverá acciones ante diversas autoridades a efectos que procedan conforme a sus atribuciones. Cuando el adolescente no concurre a su citación, solicitará al Equipo Interdisciplinario que expida el Informe de Apreciación Inicial.

Procedimiento 6. Actuación del Equipo Interdisciplinario. El equipo interdisciplinario41: 6.1. 6.2. 6.3. Emitirá el Informe de Apreciación Inicial, para lo cual, si es necesario, se constituirá al domicilio del adolescente. El resultado será informado oralmente al Fiscal y posteriormente formalizado en un Informe de Apreciación Inicial en un plazo de 24 horas. El documento será ingresado y registrado en el Sistema Informático de Apoyo al Trabajo Fiscal (SIAFT), integrándose a la carpeta fiscal.

Procedimiento 7. Actuación de la Defensa Pública. La Dirección de Defensa Pública del Adolescente: 7.1. 7.2. 7.3. Se constituirá a la dependencia policial, cuando es requerido y tomará contacto con el adolescente a quien informará sobre sus derechos en el sistema de administración de justicia especializada. Participará en la diligencia de toma de declaración del adolescente. Realizará el seguimiento del caso ante la administración de justicia, brindando asesoría jurídica al adolescente, ejerciendo una defensa activa e interponiendo los recursos respectivos, conforme a sus normas internas.

Procedimiento 8. Determinación de la situación jurídica del adolescente. El Fiscal de Familia o Mixto, luego de realizada la declaración del adolescente, dispondrá la realización de las diligencias pertinentes para el esclarecimiento de los hechos y en atención al Informe de Apreciación Inicial del Equipo Interdisciplinario, dispondrá que ingrese a un proceso de evaluación psicosocial.

PROCEDIMIENTO DE ATENCION AL ADOLESCENTE SIN FLAGRANCIA Comisaria de origen Ministerio Público MINJUS Comisaría (Módulo)

Dependencia policial de origen

Fiscal de Familia o Mixta

MINJUS Defensa Pública

Módulo de atención al adolescente

Equipo Interdisciplinario

Inst. Medic. Legal

Adolescente citado

Padres y/o adultos responsables

Sala de entrevista Declaración del Adolescente

39 40

41

Esta comunicación se realizará por vía telefónica o por cualquier otro medio que garantice la comunicación oficial. Reglamento Interno del Programa de Justicia Juvenil Restaurativa. Resolución de la Fiscalía de la Nación 1706-2014-MP-FN. http://portal.mpfn.gob.pe/jjr/upload/ archivos/201407111352517647966b7343c29048673252e490f736.pdf Reglamento Interno del Programa de Justicia Juvenil Restaurativa. Resolución de la Fiscalía de la Nación 1706-2014-MP-FN. http://portal.mpfn.gob.pe/jjr/upload/ archivos/201407111352517647966b7343c29048673252e490f736.pdf

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