Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2016 (28/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

El Peruano / Jueves 28 de julio de 2016
Entidad Área Sub área

NORMAS LEGALES
Cobertura Reglas, Directrices, Principios y Observaciones de la ONU

595461
Resolución Asamblea General /Año

Ministerio del Interior

Policía Nacional del Perú

Nacional* Se implementará Comisarías progresivamente (sección por distritos familia) judiciales y sujeto al presupuesto asignado. Comisarías Lima y Provincias de Familia.

Observaciones finales al examen de los informes presentados por los estados partes en virtud del artículo 44 CRC/C/PER/CO/3 (2006) de la Convención sobre los Derechos del Niño. Comité de los Derechos del Niño4. Observación General No.10 sobre los derechos del niño en la justicia de niñas, niños y adolescentes. Comité de los CRC/C/GC/10 (2007) Derechos del Niño. Observación General No.12 sobre derechos del niño a ser CRC/C/GC/12 (2009) escuchado. Comité de los Derechos del Niño. Observación General No. 14 sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración especial. CRC/C/GC/14 (2013) Comité de los Derechos del Niño. Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder. 40/34, 29 (1985).

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Consejo Nacional de Política Criminal Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia Gerencia de Seguridad Ciudadana Defensa Pública

Nacional Nacional Nacional Nacional Nacional

Gobiernos Locales Sociedad Civil

Principios Básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas La Habana, 27 agosto de fuego por los funcionarios encargados de hacer Cumplir 1990. la Ley.

Organización de Estados Americanos. III. MARCO NORMATIVO. El Perú ha suscrito y ratificado, un conjunto de normas y directrices del sistema universal y regional de derechos humanos, referidas al tratamiento integral del adolescente en conflicto con la ley penal. A continuación presentamos un listado de los principales instrumentos jurídicos en este campo: 1. Internacionales. Declaraciones y Convenciones.
Nombre Pacto Internacional de derechos civiles y políticos. Protocolo Facultativo al Pacto Internacional de derechos civiles y políticos. Declaración Universal de los Derechos Humanos Vigor 28 de julio 1978 3 de enero 1981 10 de diciembre 1948 Ratificación 12 abril 1978 9 de setiembre1980 15 diciembre 1959 7 de diciembre de 1978 Ámbito Derechos humanos Derechos humanos Derechos humanos Derechos humanos Derechos del niño Principios de la OEA Condición Jurídica y Derechos Humanos del Niño. Resolución /Año Opinión Consultiva OC17/2002 (2002).

Principios y buenas prácticas sobre la protección de las 131 periodo ordinario de personas privadas de la libertad en las Américas. Comisión sesiones. (2008) Interamericana de Derechos Humanos.

Reglas y Declaraciones de Foros Especializados.
Foros Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condiciones de vulnerabilidad. Cumbre Judicial Iberoamericana Declaración de Lima sobre Justicia Juvenil Restaurativa. Primer Congreso Mundial de Justicia Juvenil Restaurativa. Declaración Restaurativa Iberoamericana de Justicia Juvenil Lugar / Año Brasil 2008. Lima 2009. Cartagena 2010.

Convención Americana sobre 18 de julio de Derechos Humanos, de 22 de 1978 noviembre de 1969.

Una compilación amplia de normas, directrices, reglas, informes y prácticas sobre justicia juvenil restaurativa, puede consultarse en los siguientes documentos: - Recopilación de reglas y normas de las Naciones Unidas en la esfera de la prevención del delito y la justicia penal5. - Manual sobre programas de justicia penal restaurativa. Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito6. - Caja de Herramientas. Justicia Juvenil Restaurativa. Encuentros, Casa de la Juventud ­ Fundación Tierra de Hombres Lausanne7.

Convención sobre los derechos 2 de 4 de septiembre del niño, de 20 de noviembre de septiembre de de 1990 1989. 1990

Reglas, Directrices y Observaciones ­ Organización de las Naciones Unidas.
Reglas, Directrices, Principios y Observaciones de la ONU Reglas mínimas de las Naciones Unidas sobre las medidas no privativas de la libertad. Reglas de Tokio. Reglas de Naciones Unidas para la protección de los menores privados de la libertad. Reglas de La Habana. Reglas de Naciones Unidas sobre la administración de Justicia de Menores. Reglas de Beijing. Reglas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes. Reglas de Bangkok. Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil. Reglas de Riad. Directrices sobre la Administración de Justicia de Menores. Directrices de Viena. Principios básicos sobre la utilización de programas de justicia restaurativa en materia penal. Resolución Asamblea General /Año 45/110 de 1990

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45/133 de 1990 40/33 de 1985 65/229 del 2011 45/112 de 1990 1997/30 ECOSOC 2002/12 ECOSOC

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Recomendaciones del Comité: a) Establecer un sistema funcional de medidas socioeducativas y recurrir a la privación de libertad solo como último recurso y por el periodo más breve; b) Cumplimiento de normas internacionales relativas a superficie, ventilación, aire fresco, luz natural y artificial, alimentación adecuada, agua potable y condiciones de higiene en los centros juveniles y similares; c) Mantener contacto regular entre los adolescentes privados de la libertad y sus familiares, d) informar a los padres del lugar de detención de sus hijos; e) Personal penitenciario capacitación sobre los derechos del niño y sus necesidades especiales. Adaptación del autor. https://www.unodc.org/pdf/criminal_justice/Compendium_UN_Standards_ and_Norms_CP_and_CJ_Spanish.pdf https://www.unodc.org/documents/justice-and-prison-reform/Manual_ sobre_programas_de_justicia_restaurativa.pdf http://www.justiciajuvenilrestaurativa.org/otras_publicaciones/caja_ herramientas.pdf

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