Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2016 (10/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Viernes 10 de junio de 2016 /

El Peruano

AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban documento denominado "Estrategia por Resultados del Sector Agricultura y Riego" y crean Grupo de Trabajo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0255-2016-MINAGRI Lima, 7 de junio de 2016 VISTOS: El Oficio Nº 0269-2016-MINAGRI-DGESEP-107DSEP de fecha 24 de mayo de 2016, de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, sobre aprobación de la Estrategia por Resultados del Sector Agricultura y Riego y conformación de la Comisión Sectorial para la Gestión de dicha Estrategia; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, tiene por finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, mediante el numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece como funciones que los Ministerios, entre otras, las de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, por Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, la misma que establece en el numeral 3.2, como uno de los pilares centrales de la Política de Modernización de la Gestión Pública, el sistema de información, seguimiento, evaluación y gestión del conocimiento; Que, a través del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley Nº 30048, se determina que el Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno, vinculadas al ámbito de su competencia; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2016-MINAGRI, se aprobó la Política Nacional Agraria, que tiene como objetivo general, lograr el incremento sostenido de los ingresos y medios de vida de los productores y productoras agrarios, priorizando la agricultura familiar, sobre la base de mayores capacidades y activos más productivos y con un uso sostenible de los recursos agrarios en el marco de procesos de creciente inclusión social y económica de la población rural, contribuyendo a la seguridad alimentaria y nutricional; Que, dentro de los lineamientos estratégicos en el marco del Eje de Política 12: Desarrollo Institucional, se encuentra implementar un sistema integrado de seguimiento y evaluación de los programas y proyectos en el sector agrario (evidencias, estudios, experiencias y modelos exitosos y resultados); Que, los artículos 48 y 52, literal a), del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, establecen que la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, a través de su Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas, está a cargo de efectuar el seguimiento y la supervisión del cumplimiento de las políticas nacionales

y sectoriales, planes sectoriales, normas en materia agraria, y de los objetivos de los programas y proyectos especiales del Ministerio; por lo que es necesario contar con un instrumento que permita articular las actividades de seguimiento y evaluación que realizan los órganos, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos al Ministerio de Agricultura y Riego orientadas al logro de los objetivos del Sector; Que, con el Oficio de visto, sustentado en el Informe N° 006-2016-MINAGRI-DGESEP-DSEP, la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, ha propuesto la aprobación del documento denominado "Estrategia por Resultados del Sector Agricultura y Riego" que le permita priorizar y articular las acciones necesarias para el logro de los objetivos del Sector Agricultura y Riego, especialmente los vinculados a la Política Nacional Agraria, conformándose la Comisión Sectorial para la Gestión de la referida Estrategia; Que, de conformidad con el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; precisa que para otras funciones que no sean las referidas, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo; Que, a través del Informe N° 514 -2016-MINAGRIOGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha considerado que lo que corresponde es la conformación del Grupo de Trabajo denominado "Comisión Sectorial para la Gestión de la Estrategia por Resultados del Sector Agricultura y Riego", que se encargue de la implementación de la Estrategia por Resultados, a fin de garantizar su cumplimiento por parte de los órganos, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos al Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado mediante Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Estrategia por Resultados Sector Agricultura y Riego Aprobar el documento denominado "Estrategia por Resultados del Sector Agricultura y Riego", cuyo texto en noventa y tres (93) folios, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, la misma que es de obligatorio cumplimiento, y de alcance a los órganos, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos al Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 2.- Del Grupo de Trabajo, su conformación y plazo de vigencia Crear el Grupo de Trabajo, de carácter temporal, denominado "Comisión Sectorial para la Gestión de la Estrategia por Resultados del Sector Agricultura y Riego", adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego, la misma que estará conformado por los siguientes miembros: - El Viceministro de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, quien lo presidirá. - El Director General de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas. - El Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. - El Director General de la Dirección General de Políticas Agrarias. El plazo de vigencia de la referida Comisión es de dos (02) años, contados a partir de su fecha de instalación, pudiendo ser prorrogado. Artículo 3.- De la Secretaría Técnica La Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas ejercerá la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo creado en el artículo 2 precedente.

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